Departamento de Salud

Viceconsejería de Políticas Sociales

RESUMEN

Objeto

La Viceconsejería de Políticas Sociales tiene como cometido principal la planificación, la supervisión y evaluación, en materia de:

  • Servicios sociales y bienestar social, y especialmente, su participación en el Sistema Vasco de Servicios Sociales
  • Política familiar ?o de familia? y comunitaria
  • Política de infancia y adolescencia
  • Voluntariado y acción voluntaria
  • Inmigración y asilo

ÁREAS / FUNCIONES

Corresponden a la Viceconsejería de Políticas Sociales, además de las funciones que con carácter general le atribuye el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes:

  1. La planificación, supervisión y evaluación de la política pública en las siguientes áreas de actuación:
    • servicios sociales y bienestar social
    • envejecimiento y reto demográfico
    • política familiar y comunitaria
    • política de infancia y adolescencia
    • voluntariado
    • inmigración y asilo
    • atención a personas solicitantes de protección internacional
    • migraciones
  2. La coordinación entre las políticas sectoriales y las políticas transversales responsabilidad de la Viceconsejería.
  3. Colaboración interinstitucional e interdepartamental en las áreas de actuación que son responsabilidad de la Viceconsejería.
  4. La promoción del consenso interinstitucional, el diálogo social, la colaboración profesional, la solidaridad cívica, el trabajo en red, la gestión del conocimiento y la participación ciudadana en el ámbito de la intervención y las políticas sociales.
  5. El impulso del desarrollo, aplicación y, en su caso, modificación de la legislación en las materias de competencia de la Viceconsejería.
  6. El análisis y seguimiento de las distintas formas de exclusión social y pobreza.
  7. Impulsar las actuaciones en relación con el Plan Vasco de Inclusión Social en coordinación con la Viceconsejería competente en la materia.

Artículo 5.- Viceconsejeros y Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

A los Viceconsejeros y las Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero o de la Consejera titular les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Desarrollar los objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería por el Departamento, en función de la estrategia del Gobierno.
  2. Programar, dirigir, impulsar, supervisar y coordinar las actuaciones de la Viceconsejería y de las Direcciones que dependan de la misma, así como la emisión de instrucciones y órdenes de servicio sobre la organización y funcionamiento de los servicios y órganos dependientes.
  3. Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejería.
  4. Proponer al Consejero o a la Consejera la normativa y planes de actuación de la Viceconsejería.
  5. Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
  6. Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por los Directores o las Directoras de la Viceconsejería.
  7. Asumir la responsabilidad de la normalización lingüística en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
  8. Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
  9. Y, en general, cuantas funciones les atribuya el ordenamiento jurídico vigente.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava

Correo/s electrónico/s

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CARGOS

Lide Amilibia Bergaretxe
(10/09/2020 - 26/06/2024) Viceconsejera de Políticas Sociales

Viceconsejería de Políticas Sociales

RESUMEN

Objeto

La Viceconsejería de Políticas Sociales tiene como cometido principal la planificación, la supervisión y evaluación, en materia de:

  • Servicios sociales y bienestar social, y especialmente, su participación en el Sistema Vasco de Servicios Sociales
  • Política familiar ?o de familia? y comunitaria
  • Política de infancia y adolescencia
  • Voluntariado y acción voluntaria
  • Inmigración y asilo

ÁREAS / FUNCIONES

Corresponden a la Viceconsejería de Políticas Sociales, además de las funciones que con carácter general le atribuye el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes:

  1. La planificación, supervisión y evaluación de la política pública en las siguientes áreas de actuación:
    • servicios sociales y bienestar social
    • envejecimiento y reto demográfico
    • política familiar y comunitaria
    • política de infancia y adolescencia
    • voluntariado
    • inmigración y asilo
    • atención a personas solicitantes de protección internacional
    • migraciones
  2. La coordinación entre las políticas sectoriales y las políticas transversales responsabilidad de la Viceconsejería.
  3. Colaboración interinstitucional e interdepartamental en las áreas de actuación que son responsabilidad de la Viceconsejería.
  4. La promoción del consenso interinstitucional, el diálogo social, la colaboración profesional, la solidaridad cívica, el trabajo en red, la gestión del conocimiento y la participación ciudadana en el ámbito de la intervención y las políticas sociales.
  5. El impulso del desarrollo, aplicación y, en su caso, modificación de la legislación en las materias de competencia de la Viceconsejería.
  6. El análisis y seguimiento de las distintas formas de exclusión social y pobreza.
  7. Impulsar las actuaciones en relación con el Plan Vasco de Inclusión Social en coordinación con la Viceconsejería competente en la materia.

Artículo 5.- Viceconsejeros y Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

A los Viceconsejeros y las Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero o de la Consejera titular les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Desarrollar los objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería por el Departamento, en función de la estrategia del Gobierno.
  2. Programar, dirigir, impulsar, supervisar y coordinar las actuaciones de la Viceconsejería y de las Direcciones que dependan de la misma, así como la emisión de instrucciones y órdenes de servicio sobre la organización y funcionamiento de los servicios y órganos dependientes.
  3. Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejería.
  4. Proponer al Consejero o a la Consejera la normativa y planes de actuación de la Viceconsejería.
  5. Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
  6. Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por los Directores o las Directoras de la Viceconsejería.
  7. Asumir la responsabilidad de la normalización lingüística en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
  8. Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
  9. Y, en general, cuantas funciones les atribuya el ordenamiento jurídico vigente.

Datos de contacto

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Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava

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Lide Amilibia Bergaretxe
(10/09/2020 - 26/06/2024) Viceconsejera de Políticas Sociales