Residuos peligrosos
Un residuo se considera peligroso cuando presenta unas determinadas características de peligrosidad y, por tanto, es necesario someterlo a exigencias adicionales de control para evitar que pueda provocar daños a la salud o al medio ambiente, durante su producción y gestión.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular define residuo peligroso como aquel que presenta una o varias de las características de peligrosidad enumeradas en el Anexo I y aquél que sea calificado como residuo peligroso por el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa de la Unión Europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte. También se comprenden en esta definición los recipientes y envases que contengan restos de sustancias o preparados peligrosos o estén contaminados por ellos, a no ser que se demuestre que no presentan ninguna de las características de peligrosidad enumeradas en el Anexo I.
De forma general la determinación de si un residuo es peligroso o no se llevará a cabo de acuerdo con su descripción en la Lista Europea de Residuos (LER) . En esta lista los residuos peligrosos aparecen identificados mediante un asterisco. En el caso de que un residuo esté codificado en la LER como residuo peligroso y como no peligroso, la determinación de si se trata de uno u otro se hará comprobando si debido a su composición reúne una o más de las características de peligrosidad enumeradas en el Reglamento 1357/2014, de 18 de diciembre por el que se modifica el anexo III de la Directiva 2008/98 /CE . Si la composición del residuo no es conocida, la determinación de sus características de peligrosidad se deberá llevar a cabo mediante los métodos de ensayo que se describen en el Reglamento 440/2008 .
Europa
- Reglamento (CE) no 440/2008 de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, por el que se establecen métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)
- Reglamento (UE) n °1357/2014 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014 , por el que se sustituye el anexo III de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas
- Decisión de la Comisión de 3 de mayo de 2000 que sustituye a la Decisión 94/3/CE por la que se establece una lista de residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos y a la Decisión 94/904/CE del Consejo por la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa a los residuos peligrosos
- Comunicación de la Comisión Recogida separada de los residuos peligrosos de origen doméstico
Estado
- GUÍA DE CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO 1357/2014
- INFORME ESTUDIO ANALÍTICO: ESTUDIO DE INFLAMABILIDAD DE TIERRAS CONTAMINADAS CON GASOLINA, DIÉSEL Y FUEL PESADO Y ESTUDIO DE CARACTERIZACIÓN DE SUELOS COMO RESIDUOS INFLAMABLES (HP3) A PARTIR DEL CONTENIDO EN COMPONENTES BTEX-ALIFÁTICOS C6, C7-ESTIRENO
- INFORME ESTUDIO ANALÍTICO: CARACTERIZACIÓN DE SUELOS COMO RESIDUOS INFLAMABLES (HP3) EN FUNCIÓN DEL CONTENIDO EN COMPONENTES DE: BTEXS ? ALIFÁTICOS C6 Y C7 - ESTIRENO
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