Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

Plan Estratégico de Gobernanza, Innovación Pública y Gobierno Digital, ARDATZ 2030

Viceconsejer韆 de Justicia

RESUMEN

Objeto

A la Viceconsejer韆 de Justicia, le corresponde el ejercicio de las competencias departamentales referidas a:

  • La atenci髇 de las relaciones con el Poder Judicial
  • La provisi髇 de los medios para el funcionamiento de la misma
  • Los establecimientos penitenciarios, en especial su organizaci髇, funcionamiento y ejecuci髇 de la legislaci髇 penitenciaria, asumiendo el ejercicio de las facultades que 閟te atribuya a los 髍ganos centrales de la Administraci髇 Penitenciaria
  • El ejercicio de las competencias en materia de menores infractores
  • El nombramiento en Notar韆s y Registros de la Propiedad
  • Garantizar ?en el 醡bito de la Administraci髇 de Justicia? el ejercicio de los derechos recogidos en la normativa b醩ica de normalizaci髇 del euskera

罵EAS / FUNCIONES

Corresponde a la Viceconsejería de Justicia, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes competencias:

  1. Atender las relaciones con el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y demás Instituciones y Órganos que actúan en la Administración de Justicia, así como con las corporaciones y organizaciones representativas del notariado, registradores y registradoras, abogacía, procuraduría, procuradores, judicatura, fiscalía y letrados y letradas de la Administración de Justicia.
  2. Proveer, en general, de medios personales y materiales necesarios para el funcionamiento de la Administración de Justicia, así como planificar su organización y el desempeño de actividades.
  3. Impulsar las medidas que contribuyan al desarrollo del Estado de Derecho y a la consolidación de la Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  4. Garantizar, en el ámbito de la Administración de Justicia, el ejercicio de los derechos reconocidos a la ciudadanía por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, así como impulsar el proceso de euskaldunización de la Administración de Justicia.
  5. Coordinar la ejecución de las medidas dispuestas por la Autoridad Judicial, especialmente respecto a las personas menores infractoras.
  6. Planificar el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de Instituciones y Establecimientos penitenciarios.

Artículo 5.- Viceconsejeros y Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

A los Viceconsejeros y las Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero o de la Consejera titular les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Desarrollar los objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería por el Departamento, en función de la estrategia del Gobierno.
  2. Programar, dirigir, impulsar, supervisar y coordinar las actuaciones de la Viceconsejería y de las Direcciones que dependan de la misma, así como la emisión de instrucciones y órdenes de servicio sobre la organización y funcionamiento de los servicios y órganos dependientes.
  3. Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejería.
  4. Proponer al Consejero o a la Consejera la normativa y planes de actuación de la Viceconsejería.
  5. Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
  6. Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por los Directores o las Directoras de la Viceconsejería.
  7. Asumir la responsabilidad de la normalización lingüística en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
  8. Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
  9. Y, en general, cuantas funciones les atribuya el ordenamiento jurídico vigente.

Datos de contacto

Direcci髇

Donostia-San Sebasti醤, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
羖ava
A帽adir a la libreta de direcciones
A帽adir a la libreta de direcciones
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CARGOS

Ana Agirre Zurutuza
(03/10/2020 - 26/06/2024) Viceconsejera de Justicia

Viceconsejer韆 de Justicia

RESUMEN

Objeto

A la Viceconsejer韆 de Justicia, le corresponde el ejercicio de las competencias departamentales referidas a:

  • La atenci髇 de las relaciones con el Poder Judicial
  • La provisi髇 de los medios para el funcionamiento de la misma
  • Los establecimientos penitenciarios, en especial su organizaci髇, funcionamiento y ejecuci髇 de la legislaci髇 penitenciaria, asumiendo el ejercicio de las facultades que 閟te atribuya a los 髍ganos centrales de la Administraci髇 Penitenciaria
  • El ejercicio de las competencias en materia de menores infractores
  • El nombramiento en Notar韆s y Registros de la Propiedad
  • Garantizar ?en el 醡bito de la Administraci髇 de Justicia? el ejercicio de los derechos recogidos en la normativa b醩ica de normalizaci髇 del euskera

罵EAS / FUNCIONES

Corresponde a la Viceconsejería de Justicia, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes competencias:

  1. Atender las relaciones con el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y demás Instituciones y Órganos que actúan en la Administración de Justicia, así como con las corporaciones y organizaciones representativas del notariado, registradores y registradoras, abogacía, procuraduría, procuradores, judicatura, fiscalía y letrados y letradas de la Administración de Justicia.
  2. Proveer, en general, de medios personales y materiales necesarios para el funcionamiento de la Administración de Justicia, así como planificar su organización y el desempeño de actividades.
  3. Impulsar las medidas que contribuyan al desarrollo del Estado de Derecho y a la consolidación de la Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  4. Garantizar, en el ámbito de la Administración de Justicia, el ejercicio de los derechos reconocidos a la ciudadanía por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, así como impulsar el proceso de euskaldunización de la Administración de Justicia.
  5. Coordinar la ejecución de las medidas dispuestas por la Autoridad Judicial, especialmente respecto a las personas menores infractoras.
  6. Planificar el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de Instituciones y Establecimientos penitenciarios.

Artículo 5.- Viceconsejeros y Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

A los Viceconsejeros y las Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero o de la Consejera titular les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Desarrollar los objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería por el Departamento, en función de la estrategia del Gobierno.
  2. Programar, dirigir, impulsar, supervisar y coordinar las actuaciones de la Viceconsejería y de las Direcciones que dependan de la misma, así como la emisión de instrucciones y órdenes de servicio sobre la organización y funcionamiento de los servicios y órganos dependientes.
  3. Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejería.
  4. Proponer al Consejero o a la Consejera la normativa y planes de actuación de la Viceconsejería.
  5. Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
  6. Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por los Directores o las Directoras de la Viceconsejería.
  7. Asumir la responsabilidad de la normalización lingüística en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
  8. Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
  9. Y, en general, cuantas funciones les atribuya el ordenamiento jurídico vigente.

Datos de contacto

Direcci髇

Donostia-San Sebasti醤, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
羖ava
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CARGOS

Ana Agirre Zurutuza
(03/10/2020 - 26/06/2024) Viceconsejera de Justicia