Plan Estratégico de Gobernanza, Innovación Pública y Gobierno Digital, ARDATZ 2030
Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
ORGANIGRAMA
ÁREAS / FUNCIONES
- La Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes, bajo la superior dirección del Consejero del Departamento, dirige y coordina las siguientes áreas de actuación:
- Ferrocarriles.
- Red viaria.
- Transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable.
- Aeropuertos, helipuertos.
- A la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:
- Diseñar y desarrollar los instrumentos dirigidos a la ordenación, concertación y coordinación en materia de infraestructuras y de transportes.
- Formular las políticas de planificación de las infraestructuras de transporte.
- Ordenar las actividades con incidencia en el transporte y sus infraestructuras.
- Otorgar las autorizaciones y adoptar resoluciones atribuidas a su ámbito competencial.
- Establecer directrices de coordinación y, en su caso, resolver conflictos entre los operadores ferroviarios y el gestor de las infraestructuras de transporte ferroviario.
- La Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes ejercerá las competencias que se derivan de la adscripción al Departamento del ente público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, y de las sociedades públicas Eusko Trenbideak-Ferrocarriles Vascos, S.A. y Euskotren Participaciones, S.A.
- De la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes dependen directa y jerárquicamente la Dirección de Planificación del Transporte y la Dirección de Infraestructuras del Transporte.
Artículo 7.- Viceconsejeras y Viceconsejeros del Departamento.
Corresponde a las Viceconsejeras y Viceconsejeros del Departamento, dentro de su ámbito competencial y bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:
- Planificar, dirigir, coordinar, impulsar y supervisar las actuaciones de la Viceconsejería, así como de las Direcciones y demás órganos y unidades administrativas dependientes de la misma, dictando las oportunas instrucciones y órdenes de servicio para tal fin.
- Definir, elaborar y proponer al Consejero políticas de actuación asignadas a su área funcional, desarrollar objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería, en función de la estrategia del Gobierno y medir el impacto social logrado.
- Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
- Promover proyectos de disposiciones de carácter general, planes, programas y actuaciones significativas.
- Iniciar y resolver los expedientes sancionadores a los que corresponde la imposición de sanciones tipificadas como muy graves.
- La autorización de los gastos en las expropiaciones forzosas tramitadas en su ámbito de actuación, cualquiera que fuera su cuantía.
- Velar por una representación eficaz y coordinada de la Viceconsejería y sus Direcciones en proyectos, redes, asociaciones, organismos e instituciones, también a nivel europeo e internacional.
- Impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
- Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Viceconsejeros y las Viceconsejeras de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
CARGOS
Luis Pedro Marco de la Peña
(18/09/2020 - 26/06/2024) Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes
ENTIDADES RELACIONADAS
Entidades superiores
Entidades dependientes
Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
Organigrama
Áreas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
ÁREAS / FUNCIONES
- La Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes, bajo la superior dirección del Consejero del Departamento, dirige y coordina las siguientes áreas de actuación:
- Ferrocarriles.
- Red viaria.
- Transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable.
- Aeropuertos, helipuertos.
- A la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:
- Diseñar y desarrollar los instrumentos dirigidos a la ordenación, concertación y coordinación en materia de infraestructuras y de transportes.
- Formular las políticas de planificación de las infraestructuras de transporte.
- Ordenar las actividades con incidencia en el transporte y sus infraestructuras.
- Otorgar las autorizaciones y adoptar resoluciones atribuidas a su ámbito competencial.
- Establecer directrices de coordinación y, en su caso, resolver conflictos entre los operadores ferroviarios y el gestor de las infraestructuras de transporte ferroviario.
- La Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes ejercerá las competencias que se derivan de la adscripción al Departamento del ente público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, y de las sociedades públicas Eusko Trenbideak-Ferrocarriles Vascos, S.A. y Euskotren Participaciones, S.A.
- De la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes dependen directa y jerárquicamente la Dirección de Planificación del Transporte y la Dirección de Infraestructuras del Transporte.
Artículo 7.- Viceconsejeras y Viceconsejeros del Departamento.
Corresponde a las Viceconsejeras y Viceconsejeros del Departamento, dentro de su ámbito competencial y bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:
- Planificar, dirigir, coordinar, impulsar y supervisar las actuaciones de la Viceconsejería, así como de las Direcciones y demás órganos y unidades administrativas dependientes de la misma, dictando las oportunas instrucciones y órdenes de servicio para tal fin.
- Definir, elaborar y proponer al Consejero políticas de actuación asignadas a su área funcional, desarrollar objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería, en función de la estrategia del Gobierno y medir el impacto social logrado.
- Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
- Promover proyectos de disposiciones de carácter general, planes, programas y actuaciones significativas.
- Iniciar y resolver los expedientes sancionadores a los que corresponde la imposición de sanciones tipificadas como muy graves.
- La autorización de los gastos en las expropiaciones forzosas tramitadas en su ámbito de actuación, cualquiera que fuera su cuantía.
- Velar por una representación eficaz y coordinada de la Viceconsejería y sus Direcciones en proyectos, redes, asociaciones, organismos e instituciones, también a nivel europeo e internacional.
- Impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
- Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Viceconsejeros y las Viceconsejeras de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
CARGOS
Luis Pedro Marco de la Peña
(18/09/2020 - 26/06/2024) Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes