Viceconsejer韆 de Empleo e Inclusi髇
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Trabajo y Empleo
ORGANIGRAMA
Viceconsejer韆 de Empleo e Inclusi髇 | Alfonso Gurpegui Ruiz | |
Direcci髇 de Empleo e Inclusi髇 | Enrique Jose Ramos Vispo |
罵EAS / FUNCIONES
Corresponden a la Viceconsejer韆 de Empleo e Inclusi髇, adem醩 de las funciones de car醕ter general, las siguientes:
- Prestar asistencia t閏nica al Consejero o Consejera en el 醡bito de las funciones que tenga encomendadas, as como cu醤tas le atribuye el ordenamiento jur韉ico y aquellas que est閚 directamente relacionadas con las anteriores.
- Reforzar las pol韙icas del sector p鷅lico a favor del empleo.
- Impulsar los acuerdos alcanzados por los agentes sociales en los diversos foros de encuentro en materia de empleo, y colaborar en su desarrollo.
- Elaborar la planificaci髇 estrat間ica, el dise駉 y las directrices en materia de pol韙icas activas de empleo e intermediaci髇 laboral, en los t閞minos establecidos en el art韈ulo 6.1.a) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creaci髇, supresi髇 y modificaci髇 de los Departamentos de la Administraci髇 de la Comunidad Aut髇oma del Pa韘 Vasco y de determinaci髇 de funciones y 醨eas de actuaci髇 de los mismos.
- Colaborar con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en el establecimiento de acciones de intervenci髇 de car醕ter integral en las zonas m醩 desfavorecidas de Euskadi en t閞minos de empleo, declive y marginaci髇.
- Promover y coordinar las actuaciones de los organismos p鷅licos y privados que act鷈n en el 醡bito del Empleo y de la Inclusi髇 Social.
- Impulsar acciones vinculadas a la consecuci髇 de la inclusi髇 social de todos los colectivos y personas en riesgo grave de exclusi髇.
- Colaborar con la Viceconsejer韆 de Pol韙icas Sociales del Departamento de Igualdad, Justicia y Pol韙icas Sociales en el dise駉 y desarrollo de iniciativas dirigidas a la Inclusi髇 Social de todas las personas.
- Impulsar las iniciativas de las distintas comisiones y foros sectoriales en el 醡bito de la inclusi髇 social y proporcionar apoyo y asistencia a la Comisi髇 Interinstitucional para la Inclusi髇 Social, Comisi髇 Interdepartamental para la Inclusi髇 Social y al Consejo Vasco para la Inclusi髇 Social.
- Impulso del Plan Vasco para la Inclusi髇 Social.
- Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por las o los Directores de su Viceconsejer韆.
Funciones de car醕ter general para todas las Viceconsejer韆s del Departamento
A las Viceconsejeras y a los Viceconsejeros del Departamento de Trabajo y Empleo, bajo la dependencia directa y jer醨quica de la Consejera o el Consejero, con car醕ter general les corresponde el ejercicio de las siguientes competencias:
- Definir las pol韙icas de gesti髇 p鷅lica de la Viceconsejer韆 para cada una de las direcciones.
- Desarrollar los objetivos estrat間icos asignados a la Viceconsejer韆 por el Departamento, enfunci髇 de la estrategia del Gobierno.
- Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejer韆.
- Representar al Departamento por delegaci髇 de su titular.
- Coordinar, impulsar, programar y supervisar todos los 髍ganos y actividades de la Viceconsejer韆 y de las Direcciones que dependan de la misma, dictando las oportunas circulares,instrucciones y 髍denes de servicio sobre la organizaci髇 y funcionamiento de los servicios y 髍ganos dependientes.
- Elaborar y proponer a la Consejera o al Consejero pol韙icas de actuaci髇 y proyectos de disposiciones, as como la asistencia t閏nica en el 醡bito de las funciones que tenga encomendadas.
- Proponer los proyectos de los servicios dependientes de la Viceconsejer韆, definiendo las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboraci髇 del Anteproyecto de Presupuestos.
- Inspeccionar y controlar el funcionamiento de los centros directivos y organismos dependientes de la Viceconsejer韆.
- Resolver los recursos que se interpongan contra resoluciones y actos administrativos dictados por los 髍ganos que dependan de la Viceconsejer韆.
- Asumir la responsabilidad de la normalizaci髇 lingstica en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los 醡bitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estrat間ica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
- Ejercer la potestad sancionadora en el 醡bito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como muy graves de acuerdo con la legislaci髇 aplicable, salvo atribuci髇 expresa a otro 髍gano.
- Las competencias que les atribuya expresamente el ordenamiento jur韉ico vigente y las que tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas de forma general a las Viceconsejeras y a los Viceconsejeros.
- Asumir la responsabilidad de la promoci髇 de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los 醡bitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Aut髇oma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
Datos de contacto
Direcci髇
Correo/s electr髇ico/s
CARGOS
ENTIDADES RELACIONADAS
Entidades superiores
Entidades dependientes
Viceconsejer韆 de Empleo e Inclusi髇
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Trabajo y Empleo
罵EAS / FUNCIONES
Corresponden a la Viceconsejer韆 de Empleo e Inclusi髇, adem醩 de las funciones de car醕ter general, las siguientes:
- Prestar asistencia t閏nica al Consejero o Consejera en el 醡bito de las funciones que tenga encomendadas, as como cu醤tas le atribuye el ordenamiento jur韉ico y aquellas que est閚 directamente relacionadas con las anteriores.
- Reforzar las pol韙icas del sector p鷅lico a favor del empleo.
- Impulsar los acuerdos alcanzados por los agentes sociales en los diversos foros de encuentro en materia de empleo, y colaborar en su desarrollo.
- Elaborar la planificaci髇 estrat間ica, el dise駉 y las directrices en materia de pol韙icas activas de empleo e intermediaci髇 laboral, en los t閞minos establecidos en el art韈ulo 6.1.a) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creaci髇, supresi髇 y modificaci髇 de los Departamentos de la Administraci髇 de la Comunidad Aut髇oma del Pa韘 Vasco y de determinaci髇 de funciones y 醨eas de actuaci髇 de los mismos.
- Colaborar con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en el establecimiento de acciones de intervenci髇 de car醕ter integral en las zonas m醩 desfavorecidas de Euskadi en t閞minos de empleo, declive y marginaci髇.
- Promover y coordinar las actuaciones de los organismos p鷅licos y privados que act鷈n en el 醡bito del Empleo y de la Inclusi髇 Social.
- Impulsar acciones vinculadas a la consecuci髇 de la inclusi髇 social de todos los colectivos y personas en riesgo grave de exclusi髇.
- Colaborar con la Viceconsejer韆 de Pol韙icas Sociales del Departamento de Igualdad, Justicia y Pol韙icas Sociales en el dise駉 y desarrollo de iniciativas dirigidas a la Inclusi髇 Social de todas las personas.
- Impulsar las iniciativas de las distintas comisiones y foros sectoriales en el 醡bito de la inclusi髇 social y proporcionar apoyo y asistencia a la Comisi髇 Interinstitucional para la Inclusi髇 Social, Comisi髇 Interdepartamental para la Inclusi髇 Social y al Consejo Vasco para la Inclusi髇 Social.
- Impulso del Plan Vasco para la Inclusi髇 Social.
- Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por las o los Directores de su Viceconsejer韆.
Funciones de car醕ter general para todas las Viceconsejer韆s del Departamento
A las Viceconsejeras y a los Viceconsejeros del Departamento de Trabajo y Empleo, bajo la dependencia directa y jer醨quica de la Consejera o el Consejero, con car醕ter general les corresponde el ejercicio de las siguientes competencias:
- Definir las pol韙icas de gesti髇 p鷅lica de la Viceconsejer韆 para cada una de las direcciones.
- Desarrollar los objetivos estrat間icos asignados a la Viceconsejer韆 por el Departamento, enfunci髇 de la estrategia del Gobierno.
- Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejer韆.
- Representar al Departamento por delegaci髇 de su titular.
- Coordinar, impulsar, programar y supervisar todos los 髍ganos y actividades de la Viceconsejer韆 y de las Direcciones que dependan de la misma, dictando las oportunas circulares,instrucciones y 髍denes de servicio sobre la organizaci髇 y funcionamiento de los servicios y 髍ganos dependientes.
- Elaborar y proponer a la Consejera o al Consejero pol韙icas de actuaci髇 y proyectos de disposiciones, as como la asistencia t閏nica en el 醡bito de las funciones que tenga encomendadas.
- Proponer los proyectos de los servicios dependientes de la Viceconsejer韆, definiendo las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboraci髇 del Anteproyecto de Presupuestos.
- Inspeccionar y controlar el funcionamiento de los centros directivos y organismos dependientes de la Viceconsejer韆.
- Resolver los recursos que se interpongan contra resoluciones y actos administrativos dictados por los 髍ganos que dependan de la Viceconsejer韆.
- Asumir la responsabilidad de la normalizaci髇 lingstica en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los 醡bitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estrat間ica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
- Ejercer la potestad sancionadora en el 醡bito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como muy graves de acuerdo con la legislaci髇 aplicable, salvo atribuci髇 expresa a otro 髍gano.
- Las competencias que les atribuya expresamente el ordenamiento jur韉ico vigente y las que tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas de forma general a las Viceconsejeras y a los Viceconsejeros.
- Asumir la responsabilidad de la promoci髇 de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los 醡bitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Aut髇oma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.