Plan Estratégico de Gobernanza, Innovación Pública y Gobierno Digital, ARDATZ 2030
Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
RESUMEN
Objeto
La Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación actuará en:
- El fomento de la paz y la convivencia
- El desarrollo e impulso de los planes de Gogora y la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo
- Las políticas de gestión de la diversidad
ORGANIGRAMA
Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación | Jose Antonio Rodriguez Ranz | |
Dirección de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad | Noemi Ostolaza Arcauz |
ÁREAS / FUNCIONES
Corresponde a la Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes competencias:
- Diseñar y dirigir una estrategia interdepartamental de fomento de una cultura de paz y convivencia fundamentada en la dignidad humana y en el compromiso con los derechos humanos.
- Diseñar y promover la continuidad, desarrollo y ampliación de las políticas de solidaridad, reconocimiento y atención a todas las víctimas.
- Diseñar y dirigir programas de actuación centrados en la respuesta a los retos emergentes de los derechos humanos, la convivencia y la gestión positiva de la diversidad.
- Diseñar y promover políticas educativas, de sensibilización, o formación en los ámbitos relacionados con los apartados precedentes.
- Impulsar el diseño y desarrollo del Plan de actuación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, Gogora.
- Impulsar el diseño y desarrollo del Plan Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
- Colaborar e interactuar con entidades, asociaciones e instituciones en el desarrollo de los mismos fines, especialmente con el Parlamento Vasco.
Artículo 5.- Viceconsejeros y Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.
A los Viceconsejeros y las Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero o de la Consejera titular les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes atribuciones:
- Desarrollar los objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería por el Departamento, en función de la estrategia del Gobierno.
- Programar, dirigir, impulsar, supervisar y coordinar las actuaciones de la Viceconsejería y de las Direcciones que dependan de la misma, así como la emisión de instrucciones y órdenes de servicio sobre la organización y funcionamiento de los servicios y órganos dependientes.
- Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejería.
- Proponer al Consejero o a la Consejera la normativa y planes de actuación de la Viceconsejería.
- Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
- Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por los Directores o las Directoras de la Viceconsejería.
- Asumir la responsabilidad de la normalización lingüística en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
- Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
- Y, en general, cuantas funciones les atribuya el ordenamiento jurídico vigente.
Datos de contacto
Dirección
Teléfono/s
Correo/s electrónico/s
CARGOS
ENTIDADES RELACIONADAS
Entidades superiores
Entidades dependientes
Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
RESUMEN
Objeto
La Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación actuará en:
- El fomento de la paz y la convivencia
- El desarrollo e impulso de los planes de Gogora y la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo
- Las políticas de gestión de la diversidad
ÁREAS / FUNCIONES
Corresponde a la Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes competencias:
- Diseñar y dirigir una estrategia interdepartamental de fomento de una cultura de paz y convivencia fundamentada en la dignidad humana y en el compromiso con los derechos humanos.
- Diseñar y promover la continuidad, desarrollo y ampliación de las políticas de solidaridad, reconocimiento y atención a todas las víctimas.
- Diseñar y dirigir programas de actuación centrados en la respuesta a los retos emergentes de los derechos humanos, la convivencia y la gestión positiva de la diversidad.
- Diseñar y promover políticas educativas, de sensibilización, o formación en los ámbitos relacionados con los apartados precedentes.
- Impulsar el diseño y desarrollo del Plan de actuación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, Gogora.
- Impulsar el diseño y desarrollo del Plan Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
- Colaborar e interactuar con entidades, asociaciones e instituciones en el desarrollo de los mismos fines, especialmente con el Parlamento Vasco.
Artículo 5.- Viceconsejeros y Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.
A los Viceconsejeros y las Viceconsejeras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero o de la Consejera titular les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes atribuciones:
- Desarrollar los objetivos estratégicos asignados a la Viceconsejería por el Departamento, en función de la estrategia del Gobierno.
- Programar, dirigir, impulsar, supervisar y coordinar las actuaciones de la Viceconsejería y de las Direcciones que dependan de la misma, así como la emisión de instrucciones y órdenes de servicio sobre la organización y funcionamiento de los servicios y órganos dependientes.
- Analizar el impacto social y determinar las modificaciones o desarrollo precisos en los objetivos de las distintas direcciones de la Viceconsejería.
- Proponer al Consejero o a la Consejera la normativa y planes de actuación de la Viceconsejería.
- Definir dentro de la Viceconsejería, las necesidades de recursos materiales y humanos, en orden a la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos.
- Resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por los Directores o las Directoras de la Viceconsejería.
- Asumir la responsabilidad de la normalización lingüística en su Departamento e impulsar el uso del euskera como lengua de servicio y lengua de trabajo en los ámbitos de su competencia, de conformidad con la Agenda Estratégica del Euskera aprobada por el Consejo de Gobierno.
- Asumir la responsabilidad de la promoción de la igualdad de mujeres y hombres en su Departamento y en los ámbitos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno.
- Y, en general, cuantas funciones les atribuya el ordenamiento jurídico vigente.