Viceconsejería de Ciencia e Innovación

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 12.– Viceconsejería de Ciencia e Innovación.

Además de las funciones genéricas correspondientes a las viceconsejerías del departamento, la Viceconsejería de Ciencia e Innovación tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:

  1. Liderar la coordinación interdepartamental e interinstitucional en el ámbito del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, dinamizando la colaboración y el establecimiento de alianzas.
  2. Coordinar a los Departamentos del Gobierno en el desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030, así como dirigir la evaluación y el seguimiento de su implementación y definir las medidas de impulso y mejora derivadas de las mismas.
  3. Dirigir la integración y la colaboración entre agentes de su competencia de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  4. Impulsar iniciativas estratégicas orientadas a los objetivos generales del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 y desarrolladas por los diferentes departamentos del Gobierno o en colaboración entre ellos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a dichos departamentos.
  5. Liderar la sensibilización, divulgación, comunicación y promoción social de las actividades relacionadas con el desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.
  6. Impulsar y promover la internacionalización y la cooperación transfronteriza interregional del Sistema Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación, en coordinación con los departamentos del Gobierno y otras instituciones activas en esta materia.
  7. Promover la implantación de infraestructuras científico-tecnológicas singulares e impulsar la optimización de los recursos disponibles en esta materia orientado a la mejora del Sistema Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  8. Promover estudios e informes de diagnóstico, prospección y análisis sobre elementos que puedan contribuir al desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.
  9. Gestionar el Fondo de Innovación y promover nuevos programas estructurales o iniciativas de carácter experimental, que contribuyan a los objetivos del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.
  10. Actuar como secretario o secretaria del Consejo Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  11. Fomentar el desarrollo científico y tecnológico en beneficio del interés general, estableciendo actuaciones conjuntas con los departamentos de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad y Departamento de Salud, sin perjuicio de las competencias atribuidas a estos y otros departamentos.
  12. Ordenar, planificar, impulsar y coordinar las actividades de los diferentes departamentos del Gobierno en materia de investigación.
  13. Ordenar, planificar, impulsar y coordinar las actividades de los diferentes departamentos del Gobierno en materia de innovación, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos.
  14. Liderar la elaboración e impulsar el desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 y ser órgano de relación con los agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como con los foros de encuentros interinstitucionales en materia de investigación, salvo que esté atribuido a otro órgano.
  15. Promover y fomentar la cooperación entre la universidad, los centros de investigación, las empresas, los centros tecnológicos y otros agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en orden a optimizar los recursos en materia de investigación, la transferencia del conocimiento científico a la sociedad y la captación de recursos privados para las tareas de investigación, sin perjuicio de la competencia atribuida en esta materia al Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
  16. Liderar y promover la política de emprendimiento de base científica.
  17. Dirigir la política de generación, atracción, retención y repatriación de personal investigador y particularmente, impulsar y coordinar las actividades de la Fundación Vasca para la Ciencia Ikerbasque.
  18. Elaborar las directrices generales en la política de investigación e innovación, establecer áreas prioritarias, definir los objetivos científicos, tecnológicos y de innovación, y elaborar planes plurianuales de investigación, innovación e infraestructuras científicas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos en esta materia.
  19. Diseñar los instrumentos necesarios para la correcta ejecución de los planes de investigación e innovación en materia de programas y proyectos de investigación, selección y formación de recursos humanos y generación de infraestructuras, así como para su posterior evaluación, sin perjuicio de las competencias atribuidas en esta materia a otros departamentos.
  20. Promover medidas y acciones tendentes a facilitar la integración del Sistema Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación en el Sistema Europeo de Investigación, todo ello sin perjuicio de las competencias que en el ámbito de la tecnología y la innovación corresponden a otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  21. Promover medidas y acciones tendentes a potenciar la generación y el uso conjunto de las infraestructuras de investigación e innovación de la Comunidad Autónoma del País Vasco y cualesquiera otras funciones que le atribuya el ordenamiento jurídico vigente.
  22. Definir y liderar la política de digitalización y de implementación de la inteligencia artificial en materia de ciencia e innovación.
  23. Ser órgano de relación con otras administraciones en materia de programas complementarios y fondos europeos en el ámbito de ciencia e innovación.
  24. Coordinar las relaciones en materia de ciencia e innovación entre la Comunidad Autónoma del País Vasco y otras Comunidades Autónomas, así como las relaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el Estado y la Unión Europea.

Dependen de la Viceconsejería de Ciencia e Innovación las direcciones de Política Científica y la Dirección de Innovación.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Adolfo Morais Ezquerro
(11/01/2025 - ) Viceconsejero de Ciencia e Innovación

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Entidades superiores

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Además de las funciones genéricas correspondientes a las viceconsejerías del departamento, la Viceconsejería de Ciencia e Innovación tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:

  1. Liderar la coordinación interdepartamental e interinstitucional en el ámbito del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, dinamizando la colaboración y el establecimiento de alianzas.
  2. Coordinar a los Departamentos del Gobierno en el desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030, así como dirigir la evaluación y el seguimiento de su implementación y definir las medidas de impulso y mejora derivadas de las mismas.
  3. Dirigir la integración y la colaboración entre agentes de su competencia de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  4. Impulsar iniciativas estratégicas orientadas a los objetivos generales del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 y desarrolladas por los diferentes departamentos del Gobierno o en colaboración entre ellos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a dichos departamentos.
  5. Liderar la sensibilización, divulgación, comunicación y promoción social de las actividades relacionadas con el desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.
  6. Impulsar y promover la internacionalización y la cooperación transfronteriza interregional del Sistema Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación, en coordinación con los departamentos del Gobierno y otras instituciones activas en esta materia.
  7. Promover la implantación de infraestructuras científico-tecnológicas singulares e impulsar la optimización de los recursos disponibles en esta materia orientado a la mejora del Sistema Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  8. Promover estudios e informes de diagnóstico, prospección y análisis sobre elementos que puedan contribuir al desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.
  9. Gestionar el Fondo de Innovación y promover nuevos programas estructurales o iniciativas de carácter experimental, que contribuyan a los objetivos del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.
  10. Actuar como secretario o secretaria del Consejo Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  11. Fomentar el desarrollo científico y tecnológico en beneficio del interés general, estableciendo actuaciones conjuntas con los departamentos de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad y Departamento de Salud, sin perjuicio de las competencias atribuidas a estos y otros departamentos.
  12. Ordenar, planificar, impulsar y coordinar las actividades de los diferentes departamentos del Gobierno en materia de investigación.
  13. Ordenar, planificar, impulsar y coordinar las actividades de los diferentes departamentos del Gobierno en materia de innovación, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos.
  14. Liderar la elaboración e impulsar el desarrollo del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 y ser órgano de relación con los agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como con los foros de encuentros interinstitucionales en materia de investigación, salvo que esté atribuido a otro órgano.
  15. Promover y fomentar la cooperación entre la universidad, los centros de investigación, las empresas, los centros tecnológicos y otros agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en orden a optimizar los recursos en materia de investigación, la transferencia del conocimiento científico a la sociedad y la captación de recursos privados para las tareas de investigación, sin perjuicio de la competencia atribuida en esta materia al Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
  16. Liderar y promover la política de emprendimiento de base científica.
  17. Dirigir la política de generación, atracción, retención y repatriación de personal investigador y particularmente, impulsar y coordinar las actividades de la Fundación Vasca para la Ciencia Ikerbasque.
  18. Elaborar las directrices generales en la política de investigación e innovación, establecer áreas prioritarias, definir los objetivos científicos, tecnológicos y de innovación, y elaborar planes plurianuales de investigación, innovación e infraestructuras científicas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos en esta materia.
  19. Diseñar los instrumentos necesarios para la correcta ejecución de los planes de investigación e innovación en materia de programas y proyectos de investigación, selección y formación de recursos humanos y generación de infraestructuras, así como para su posterior evaluación, sin perjuicio de las competencias atribuidas en esta materia a otros departamentos.
  20. Promover medidas y acciones tendentes a facilitar la integración del Sistema Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación en el Sistema Europeo de Investigación, todo ello sin perjuicio de las competencias que en el ámbito de la tecnología y la innovación corresponden a otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  21. Promover medidas y acciones tendentes a potenciar la generación y el uso conjunto de las infraestructuras de investigación e innovación de la Comunidad Autónoma del País Vasco y cualesquiera otras funciones que le atribuya el ordenamiento jurídico vigente.
  22. Definir y liderar la política de digitalización y de implementación de la inteligencia artificial en materia de ciencia e innovación.
  23. Ser órgano de relación con otras administraciones en materia de programas complementarios y fondos europeos en el ámbito de ciencia e innovación.
  24. Coordinar las relaciones en materia de ciencia e innovación entre la Comunidad Autónoma del País Vasco y otras Comunidades Autónomas, así como las relaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el Estado y la Unión Europea.

Dependen de la Viceconsejería de Ciencia e Innovación las direcciones de Política Científica y la Dirección de Innovación.

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