Procedimientos. Gestión PRL en los centros
Coordinación de Actividades Empresariales
Este procedimiento debe aplicarse siempre que la Dirección del centro contrate la realización de obras o servicios por empresas o personal autónomo. Su objetivo es lograr una eficaz protección del personal trabajador propio o ajeno que pueda concurrir en los centros docentes públicos no universitarios dependientes del Departamento de Educación, garantizando así el cumplimiento de lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de enero (BOE, 31-01-2004)
En caso de que el centro preste o ceda instalaciones a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para cualquier actividad, no será de aplicación este procedimiento. En estos casos, la dirección del centro únicamente deberá informar sobre las medidas de emergencia.
- Procedimiento
- Flujograma
- Documentos y anexos
- Documento 1 - Información de la empresa externa o trabajador autónomo o trabajadora autónoma al centro
- Documento 2 - Declaración jurada de la empresa externa o trabajador autónomo o trabajadora autónoma
- Documento 3 - Modelo de acta de la reunión inicial de coordinación empresarial
- Anexo I - Normas generales de seguridad para empresas contratadas
- Anexo II - Relación no exhaustiva de riesgos generales y de factores de riesgo que pudieran encontrarse en el centro