Neumáticos fuera de uso
El neumático fuera de uso (NFU) está clasificado como residuo no peligroso (código LER 160103). Los neumáticos, como residuo, tienen principalmente dos orígenes:
- Neumático de reposición: el que proviene de reemplazar los neumáticos usados de un vehículo.
- Neumático que se genera en el proceso de desguace de un vehículo fuera de uso (VFU).
El Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso, establece que la responsabilidad de la correcta gestión de los NFU es de los responsables de su puesta en el mercado nacional de los neumáticos, ya sean fabricantes, importadores o adquirientes en otro Estado de la UE.
La eliminación de los neumáticos fuera de uso en vertederos está prohibida desde julio del 2006.
En la corriente de neumáticos fuera de uso se aplica el principio de responsabilidad ampliada del productor. Los productores de neumáticos están obligados a adoptar las medidas necesarias para que los neumáticos puestos en el mercado por ellos sean recogidos de forma selectiva y tengan una correcta gestión medioambiental una vez quedan fuera de uso.
Los productores pueden cumplir las obligaciones establecidas acogiéndose a uno de los dos sistemas que permite la ley, por medio de sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
Los sistemas integrados de gestión de neumáticos fuera de uso autorizados en el País Vasco son los siguientes:
AUTORIZACIONES
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