Plan Estratégico de Gobernanza, Innovación Pública y Gobierno Digital, ARDATZ 2030
Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educaci髇 > Viceconsejer韆 de Educaci髇
罵EAS / FUNCIONES
- Adem醩 de las funciones gen閞icas de las direcciones del Departamento, a la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa le corresponden las siguientes funciones y 醨eas de actuaci髇 correspondientes al 醡bito de competencia de la Viceconsejer韆 de Educaci髇:
- Impulsar la convivencia positiva como eje vertebrador de una escuela diversa para una sociedad cohesionada.
- Profundizar en el desarrollo una escuela coeducativa que incluya la perspectiva de g閚ero y el respeto a la diversidad afectivo-sexual desde un planteamiento integral que contribuya a la prevenci髇 de la violencia sexista.
- Promover el acceso, permanencia, progreso y acreditaci髇 de todo el alumnado, incluyendo el de reciente incorporaci髇 al sistema educativo.
- Impulsar el aprendizaje y la participaci髇 de todo el alumnado para que alcance el mayor y m醩 equilibrado desarrollo personal, acad閙ico y social en un entorno inclusivo.
- Promover la formaci髇 de las asesor韆s de etapa, de los servicios de apoyo a la inclusi髇 y del profesorado de los centros que contribuya a desarrollar pr醕ticas inclusivas eficaces que faciliten el desarrollo competencial de todo el alumnado con la Direcci髇 de Aprendizaje e Innovaci髇 Educativa.
- Fomentar y coordinar el desarrollo de programas espec韋icos que den una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.
- Organizar y coordinar las estructuras de asesoramiento y apoyo y las y los profesionales especializados en la respuesta a la diversidad.
- Promover la interacci髇 con el sistema sanitario y social para conseguir el bienestar psicosocial de todo el alumnado.
- Impulsar los procesos de tr醤sito personalizado, as como la prevenci髇 del absentismo y abandono escolar para todo el alumnado.
- Promover la detecci髇, evaluaci髇 y respuesta temprana a las necesidades espec韋icas de apoyo educativo, incluidas las del alumnado con altas capacidades.
- Proponer y evaluar medidas y apoyos relativos al alumnado con las necesidades espec韋icas de apoyo educativo que promuevan el aprovechamiento integral y eficiente de los recursos.
- Definir y establecer criterios para la planificaci髇 y provisi髇 de apoyos para el alumnado con necesidades educativas especiales que requiera atenci髇 diferenciada en relaci髇 a los servicios complementarios.
- Desarrollar acciones para la compensaci髇 de desigualdades a trav閟 de planes de educaci髇 compensatoria que faciliten la incorporaci髇 socio- laboral.
- En las materias espec韋icas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educaci髇 depender醤 funcionalmente de la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa.
Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direcci髇 de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jer醨quicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educaci髇:
- Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direcci髇.
- Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
- Proponer a los 髍ganos de los que dependan los planes o programas de actuaci髇 en las materias atribuidas a su competencia.
- Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las 醨eas atribuidas a su competencia.
- La contrataci髇, autorizaci髇 y la aprobaci髇 del gasto y el control en la correcta ejecuci髇 de los contratos menores de su 醨ea de actuaci髇, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposici髇 Adicional Segunda.
- Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de cada direcci髇; todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de R間imen Jur韉ico y Servicios en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a los Directores y Directoras del Gobierno.
CARGOS
Lucia Torrealday Berrueco
(06/03/2021 - 26/06/2024) Directora para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa
Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educaci髇 > Viceconsejer韆 de Educaci髇
羠eas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
罵EAS / FUNCIONES
- Adem醩 de las funciones gen閞icas de las direcciones del Departamento, a la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa le corresponden las siguientes funciones y 醨eas de actuaci髇 correspondientes al 醡bito de competencia de la Viceconsejer韆 de Educaci髇:
- Impulsar la convivencia positiva como eje vertebrador de una escuela diversa para una sociedad cohesionada.
- Profundizar en el desarrollo una escuela coeducativa que incluya la perspectiva de g閚ero y el respeto a la diversidad afectivo-sexual desde un planteamiento integral que contribuya a la prevenci髇 de la violencia sexista.
- Promover el acceso, permanencia, progreso y acreditaci髇 de todo el alumnado, incluyendo el de reciente incorporaci髇 al sistema educativo.
- Impulsar el aprendizaje y la participaci髇 de todo el alumnado para que alcance el mayor y m醩 equilibrado desarrollo personal, acad閙ico y social en un entorno inclusivo.
- Promover la formaci髇 de las asesor韆s de etapa, de los servicios de apoyo a la inclusi髇 y del profesorado de los centros que contribuya a desarrollar pr醕ticas inclusivas eficaces que faciliten el desarrollo competencial de todo el alumnado con la Direcci髇 de Aprendizaje e Innovaci髇 Educativa.
- Fomentar y coordinar el desarrollo de programas espec韋icos que den una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.
- Organizar y coordinar las estructuras de asesoramiento y apoyo y las y los profesionales especializados en la respuesta a la diversidad.
- Promover la interacci髇 con el sistema sanitario y social para conseguir el bienestar psicosocial de todo el alumnado.
- Impulsar los procesos de tr醤sito personalizado, as como la prevenci髇 del absentismo y abandono escolar para todo el alumnado.
- Promover la detecci髇, evaluaci髇 y respuesta temprana a las necesidades espec韋icas de apoyo educativo, incluidas las del alumnado con altas capacidades.
- Proponer y evaluar medidas y apoyos relativos al alumnado con las necesidades espec韋icas de apoyo educativo que promuevan el aprovechamiento integral y eficiente de los recursos.
- Definir y establecer criterios para la planificaci髇 y provisi髇 de apoyos para el alumnado con necesidades educativas especiales que requiera atenci髇 diferenciada en relaci髇 a los servicios complementarios.
- Desarrollar acciones para la compensaci髇 de desigualdades a trav閟 de planes de educaci髇 compensatoria que faciliten la incorporaci髇 socio- laboral.
- En las materias espec韋icas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educaci髇 depender醤 funcionalmente de la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa.
Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direcci髇 de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jer醨quicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educaci髇:
- Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direcci髇.
- Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
- Proponer a los 髍ganos de los que dependan los planes o programas de actuaci髇 en las materias atribuidas a su competencia.
- Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las 醨eas atribuidas a su competencia.
- La contrataci髇, autorizaci髇 y la aprobaci髇 del gasto y el control en la correcta ejecuci髇 de los contratos menores de su 醨ea de actuaci髇, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposici髇 Adicional Segunda.
- Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de cada direcci髇; todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de R間imen Jur韉ico y Servicios en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a los Directores y Directoras del Gobierno.
CARGOS
Lucia Torrealday Berrueco
(06/03/2021 - 26/06/2024) Directora para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa