Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

Plan Estratégico de Gobernanza, Innovación Pública y Gobierno Digital, ARDATZ 2030

Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa

罵EAS / FUNCIONES

  1. Adem醩 de las funciones gen閞icas de las direcciones del Departamento, a la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa le corresponden las siguientes funciones y 醨eas de actuaci髇 correspondientes al 醡bito de competencia de la Viceconsejer韆 de Educaci髇:
    1. Impulsar la convivencia positiva como eje vertebrador de una escuela diversa para una sociedad cohesionada.
    2. Profundizar en el desarrollo una escuela coeducativa que incluya la perspectiva de g閚ero y el respeto a la diversidad afectivo-sexual desde un planteamiento integral que contribuya a la prevenci髇 de la violencia sexista.
    3. Promover el acceso, permanencia, progreso y acreditaci髇 de todo el alumnado, incluyendo el de reciente incorporaci髇 al sistema educativo.
    4. Impulsar el aprendizaje y la participaci髇 de todo el alumnado para que alcance el mayor y m醩 equilibrado desarrollo personal, acad閙ico y social en un entorno inclusivo.
    5. Promover la formaci髇 de las asesor韆s de etapa, de los servicios de apoyo a la inclusi髇 y del profesorado de los centros que contribuya a desarrollar pr醕ticas inclusivas eficaces que faciliten el desarrollo competencial de todo el alumnado con la Direcci髇 de Aprendizaje e Innovaci髇 Educativa.
    6. Fomentar y coordinar el desarrollo de programas espec韋icos que den una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.
    7. Organizar y coordinar las estructuras de asesoramiento y apoyo y las y los profesionales especializados en la respuesta a la diversidad.
    8. Promover la interacci髇 con el sistema sanitario y social para conseguir el bienestar psicosocial de todo el alumnado.
    9. Impulsar los procesos de tr醤sito personalizado, as como la prevenci髇 del absentismo y abandono escolar para todo el alumnado.
    10. Promover la detecci髇, evaluaci髇 y respuesta temprana a las necesidades espec韋icas de apoyo educativo, incluidas las del alumnado con altas capacidades.
    11. Proponer y evaluar medidas y apoyos relativos al alumnado con las necesidades espec韋icas de apoyo educativo que promuevan el aprovechamiento integral y eficiente de los recursos.
    12. Definir y establecer criterios para la planificaci髇 y provisi髇 de apoyos para el alumnado con necesidades educativas especiales que requiera atenci髇 diferenciada en relaci髇 a los servicios complementarios.
    13. Desarrollar acciones para la compensaci髇 de desigualdades a trav閟 de planes de educaci髇 compensatoria que faciliten la incorporaci髇 socio- laboral.
  2. En las materias espec韋icas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educaci髇 depender醤 funcionalmente de la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direcci髇 de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jer醨quicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educaci髇:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direcci髇.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los 髍ganos de los que dependan los planes o programas de actuaci髇 en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las 醨eas atribuidas a su competencia.
  5. La contrataci髇, autorizaci髇 y la aprobaci髇 del gasto y el control en la correcta ejecuci髇 de los contratos menores de su 醨ea de actuaci髇, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposici髇 Adicional Segunda.
  6. Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de cada direcci髇; todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de R間imen Jur韉ico y Servicios en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Direcci髇

Donostia-San Sebasti醤, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
羖ava
A帽adir a la libreta de direcciones
A帽adir a la libreta de direcciones
A帽adir a la libreta de direcciones

CARGOS

Lucia Torrealday Berrueco
(06/03/2021 - 26/06/2024) Directora para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa

ENTIDADES RELACIONADAS

Entidades superiores

Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa

罵EAS / FUNCIONES

  1. Adem醩 de las funciones gen閞icas de las direcciones del Departamento, a la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa le corresponden las siguientes funciones y 醨eas de actuaci髇 correspondientes al 醡bito de competencia de la Viceconsejer韆 de Educaci髇:
    1. Impulsar la convivencia positiva como eje vertebrador de una escuela diversa para una sociedad cohesionada.
    2. Profundizar en el desarrollo una escuela coeducativa que incluya la perspectiva de g閚ero y el respeto a la diversidad afectivo-sexual desde un planteamiento integral que contribuya a la prevenci髇 de la violencia sexista.
    3. Promover el acceso, permanencia, progreso y acreditaci髇 de todo el alumnado, incluyendo el de reciente incorporaci髇 al sistema educativo.
    4. Impulsar el aprendizaje y la participaci髇 de todo el alumnado para que alcance el mayor y m醩 equilibrado desarrollo personal, acad閙ico y social en un entorno inclusivo.
    5. Promover la formaci髇 de las asesor韆s de etapa, de los servicios de apoyo a la inclusi髇 y del profesorado de los centros que contribuya a desarrollar pr醕ticas inclusivas eficaces que faciliten el desarrollo competencial de todo el alumnado con la Direcci髇 de Aprendizaje e Innovaci髇 Educativa.
    6. Fomentar y coordinar el desarrollo de programas espec韋icos que den una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.
    7. Organizar y coordinar las estructuras de asesoramiento y apoyo y las y los profesionales especializados en la respuesta a la diversidad.
    8. Promover la interacci髇 con el sistema sanitario y social para conseguir el bienestar psicosocial de todo el alumnado.
    9. Impulsar los procesos de tr醤sito personalizado, as como la prevenci髇 del absentismo y abandono escolar para todo el alumnado.
    10. Promover la detecci髇, evaluaci髇 y respuesta temprana a las necesidades espec韋icas de apoyo educativo, incluidas las del alumnado con altas capacidades.
    11. Proponer y evaluar medidas y apoyos relativos al alumnado con las necesidades espec韋icas de apoyo educativo que promuevan el aprovechamiento integral y eficiente de los recursos.
    12. Definir y establecer criterios para la planificaci髇 y provisi髇 de apoyos para el alumnado con necesidades educativas especiales que requiera atenci髇 diferenciada en relaci髇 a los servicios complementarios.
    13. Desarrollar acciones para la compensaci髇 de desigualdades a trav閟 de planes de educaci髇 compensatoria que faciliten la incorporaci髇 socio- laboral.
  2. En las materias espec韋icas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educaci髇 depender醤 funcionalmente de la Direcci髇 para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direcci髇 de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jer醨quicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educaci髇:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direcci髇.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los 髍ganos de los que dependan los planes o programas de actuaci髇 en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las 醨eas atribuidas a su competencia.
  5. La contrataci髇, autorizaci髇 y la aprobaci髇 del gasto y el control en la correcta ejecuci髇 de los contratos menores de su 醨ea de actuaci髇, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposici髇 Adicional Segunda.
  6. Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de cada direcci髇; todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de R間imen Jur韉ico y Servicios en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Direcci髇

Donostia-San Sebasti醤, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
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Lucia Torrealday Berrueco
(06/03/2021 - 26/06/2024) Directora para la Diversidad e Inclusi髇 Educativa

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Entidades superiores