Lehendakaritza

Direcci髇 de Tecnolog韆 y Aprendizajes Avanzados

罵EAS / FUNCIONES

  1. Adem醩 de las funciones gen閞icas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Direcci髇 de Tecnolog韆 y Aprendizajes Avanzados tiene atribuidas las siguientes funciones y 醨eas de actuaci髇:
    1. Impulsar acciones que promuevan la capacidad creativa, innovadora y de pensamiento constructivo en el profesorado y en el alumnado de formaci髇 profesional.
    2. Promover la implantaci髇 generalizada de metodolog韆s activas de aprendizaje que refuerce la innovaci髇 metodol骻ica en la formaci髇 profesional del sistema educativo.
    3. Fomentar la cultura STEAM en los diferentes niveles de aprendizaje de la formaci髇 profesional.
    4. Impulsar y dirigir el avance y desarrollo de la digitalizaci髇 en la formaci髇 profesional del sistema educativo, siguiendo las directrices de la Viceconsejer韆 de Formaci髇 Profesional.
    5. Impulsar el desarrollo de proyectos de investigaci髇 aplicada en los centros de formaci髇 profesional, que podr醤 llevarse a cabo en colaboraci髇 con empresas, prioritariamente Pymes que respondan a las estrategias que se establezcan desde la Viceconsejer韆 de Formaci髇 Profesional.
    6. Impulsar la creaci髇 de entornos estrat間icos especializados y 醨eas de especializaci髇 que favorezcan la confluencia y colaboraci髇 efectivas en diferentes sectores productivos, entre los centros de formaci髇 profesional y las empresas, prioritariamente Pymes, microPymes y aut髇omos, con el objetivo de dar respuesta a los nuevos retos del empleo y la competitividad.
    7. Analizar, promover e implantar el uso de tecnolog韆s avanzadas actuales y de futuro, en los centros de formaci髇 profesional, dirigidas a mejorar las competencias del profesorado y del alumnado en entornos complejos.
    8. Dise馻r, aplicar y realizar planes de formaci髇 permanente del profesorado de formaci髇 profesional, con extensi髇 tanto a la actualizaci髇 como a la especializaci髇 del mismo.
    9. Dise馻r acciones de formaci髇 dirigidas a mejorar las competencias del profesorado para el desarrollo de diferentes metodolog韆s de aprendizaje en el aula.
    10. Dise馻r y realizar acciones dirigidas a la formaci髇 del profesorado, que les permita responder a entornos tecnol骻icamente muy avanzados.
    11. Planificar las acciones necesarias para el desarrollo de actividades, en el 醡bito no formal, de aprendizaje a lo largo de toda la vida, ajustadas a las necesidades de cada momento.
    12. Establecer las acciones necesarias para fomentar el esp韗itu emprendedor y la cultura empresarial en el alumnado de formaci髇 profesional, impulsando el emprendimiento personal y dot醤doles de la capacidad de iniciar nuevos proyectos empresariales.
    13. Fomentar el apoyo a los centros de formaci髇 profesional en el desarrollo de proyectos empresariales y la creaci髇 de empresas que integren la digitalizaci髇, la sostenibilidad, la innovaci髇, el compromiso social y estructuras organizativas basadas en las personas, de forma que se vaya regenerando, modernizando y ampliando el tejido productivo vasco.
    14. Planificar y dirigir las actuaciones para desarrollar modelos de gesti髇 y organizaci髇 innovadores en los centros de formaci髇 profesional, que posibiliten la gesti髇 de la complejidad, as como la investigaci髇 e innovaci髇 aplicadas en los mismos.
    15. Promover e impulsar las acciones necesarias para intervenir en los diferentes programas europeos e internacionales, relacionados con la formaci髇 profesional del sistema educativo.
  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educaci髇 tendr醤 una dependencia funcional de la Direcci髇 de Tecnolog韆 y Aprendizajes Avanzados.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direcci髇 de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jer醨quicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educaci髇:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direcci髇.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los 髍ganos de los que dependan los planes o programas de actuaci髇 en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las 醨eas atribuidas a su competencia.
  5. La contrataci髇, autorizaci髇 y la aprobaci髇 del gasto y el control en la correcta ejecuci髇 de los contratos menores de su 醨ea de actuaci髇, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposici髇 Adicional Segunda.
  6. Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de cada direcci髇; todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de R間imen Jur韉ico y Servicios en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Direcci髇

Donostia-San Sebasti醤, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
羖ava
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CARGOS

Rikardo Lamadrid Intxaurraga
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Tecnolog韆 y Aprendizajes Avanzados

ENTIDADES RELACIONADAS

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  1. Adem醩 de las funciones gen閞icas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Direcci髇 de Tecnolog韆 y Aprendizajes Avanzados tiene atribuidas las siguientes funciones y 醨eas de actuaci髇:
    1. Impulsar acciones que promuevan la capacidad creativa, innovadora y de pensamiento constructivo en el profesorado y en el alumnado de formaci髇 profesional.
    2. Promover la implantaci髇 generalizada de metodolog韆s activas de aprendizaje que refuerce la innovaci髇 metodol骻ica en la formaci髇 profesional del sistema educativo.
    3. Fomentar la cultura STEAM en los diferentes niveles de aprendizaje de la formaci髇 profesional.
    4. Impulsar y dirigir el avance y desarrollo de la digitalizaci髇 en la formaci髇 profesional del sistema educativo, siguiendo las directrices de la Viceconsejer韆 de Formaci髇 Profesional.
    5. Impulsar el desarrollo de proyectos de investigaci髇 aplicada en los centros de formaci髇 profesional, que podr醤 llevarse a cabo en colaboraci髇 con empresas, prioritariamente Pymes que respondan a las estrategias que se establezcan desde la Viceconsejer韆 de Formaci髇 Profesional.
    6. Impulsar la creaci髇 de entornos estrat間icos especializados y 醨eas de especializaci髇 que favorezcan la confluencia y colaboraci髇 efectivas en diferentes sectores productivos, entre los centros de formaci髇 profesional y las empresas, prioritariamente Pymes, microPymes y aut髇omos, con el objetivo de dar respuesta a los nuevos retos del empleo y la competitividad.
    7. Analizar, promover e implantar el uso de tecnolog韆s avanzadas actuales y de futuro, en los centros de formaci髇 profesional, dirigidas a mejorar las competencias del profesorado y del alumnado en entornos complejos.
    8. Dise馻r, aplicar y realizar planes de formaci髇 permanente del profesorado de formaci髇 profesional, con extensi髇 tanto a la actualizaci髇 como a la especializaci髇 del mismo.
    9. Dise馻r acciones de formaci髇 dirigidas a mejorar las competencias del profesorado para el desarrollo de diferentes metodolog韆s de aprendizaje en el aula.
    10. Dise馻r y realizar acciones dirigidas a la formaci髇 del profesorado, que les permita responder a entornos tecnol骻icamente muy avanzados.
    11. Planificar las acciones necesarias para el desarrollo de actividades, en el 醡bito no formal, de aprendizaje a lo largo de toda la vida, ajustadas a las necesidades de cada momento.
    12. Establecer las acciones necesarias para fomentar el esp韗itu emprendedor y la cultura empresarial en el alumnado de formaci髇 profesional, impulsando el emprendimiento personal y dot醤doles de la capacidad de iniciar nuevos proyectos empresariales.
    13. Fomentar el apoyo a los centros de formaci髇 profesional en el desarrollo de proyectos empresariales y la creaci髇 de empresas que integren la digitalizaci髇, la sostenibilidad, la innovaci髇, el compromiso social y estructuras organizativas basadas en las personas, de forma que se vaya regenerando, modernizando y ampliando el tejido productivo vasco.
    14. Planificar y dirigir las actuaciones para desarrollar modelos de gesti髇 y organizaci髇 innovadores en los centros de formaci髇 profesional, que posibiliten la gesti髇 de la complejidad, as como la investigaci髇 e innovaci髇 aplicadas en los mismos.
    15. Promover e impulsar las acciones necesarias para intervenir en los diferentes programas europeos e internacionales, relacionados con la formaci髇 profesional del sistema educativo.
  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educaci髇 tendr醤 una dependencia funcional de la Direcci髇 de Tecnolog韆 y Aprendizajes Avanzados.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direcci髇 de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jer醨quicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educaci髇:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direcci髇.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los 髍ganos de los que dependan los planes o programas de actuaci髇 en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las 醨eas atribuidas a su competencia.
  5. La contrataci髇, autorizaci髇 y la aprobaci髇 del gasto y el control en la correcta ejecuci髇 de los contratos menores de su 醨ea de actuaci髇, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposici髇 Adicional Segunda.
  6. Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de cada direcci髇; todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de R間imen Jur韉ico y Servicios en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

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Rikardo Lamadrid Intxaurraga
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Tecnolog韆 y Aprendizajes Avanzados

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