Plan Estratégico de Gobernanza, Innovación Pública y Gobierno Digital, ARDATZ 2030
Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación > Viceconsejería de Educación
ÁREAS / FUNCIONES
- Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del Departamento, corresponden a la Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa las siguientes funciones y áreas de actuación:
- La planificación, impulso y desarrollo de la enseñanza en el ámbito competencial de la Viceconsejería de Educación, incluyendo el seguimiento de los programas de innovación educativa.
- Impulsar la elaboración de materiales didácticos para el desarrollo del currículo de las enseñanzas no universitarias.
- Realizar los análisis, los trabajos de evaluación y las propuestas de aplicación normativa encaminadas al correcto desarrollo del currículo educativo en los niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Impulsar planes de actuación y estrategia para el fomento de las competencias digitales del profesorado y del alumnado, mediante la formación en metodologías activas y en herramientas tecno-pedagógicas que puedan contribuir a la mejora de la didáctica y del proceso de enseñanza-aprendizaje, en el camino hacia la excelencia.
- Elaborar la propuesta de regulación de la evaluación de la enseñanza en coordinación con el ISEI-IVEI.
- Promover la cultura de la evaluación y aplicar procesos de evaluación del desempeño del profesorado y de la función directiva en coordinación con la Inspección de Educación.
- Identificar las innovaciones del sistema educativo a diferentes niveles, tanto curricular, metodológico, didáctico y organizativo de los centros, y medir su incidencia en los resultados académicos.
- Promover e impulsar las acciones necesarias para la participación en programas europeos y actos comunitarios en materia de enseñanza en el ámbito de competencia de la Viceconsejería de Educación.
- Promover la prestación de servicios de apoyo escolar, tanto en lo que se refiere a la corrección de recursos didácticos externos, como al apoyo intraescolar, en el contexto de los centros, en coordinación con la Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa.
- Diseñar, aplicar y evaluar el plan de formación continua del profesorado y de las direcciones, tanto en materia de reciclaje general como de determinadas especialidades, en función de las necesidades de los centros.
- Diseñar estrategias de apoyo al profesorado y a los centros educativos para impulsar el desarrollo profesional del profesorado y el trabajo en red entre ellos, en entornos que permitan un aprendizaje exitoso.
- Impulsar la cultura Steam en todas las etapas docentes d desde la perspectiva de género, con el fin de unificar las oportunidades y expectativas de los niños y niñas.
- Promover y dinamizar las posibilidades y contextos de uso del euskera en el ámbito educativo, tanto dentro como fuera del aula, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 10/1984, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.
- Gestionar las acciones y convenios necesarios para el desarrollo de los programas de apoyo a los centros.
- Coordinar con las universidades la tutorización de las prácticas del profesorado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
- Planificar, organizar y gestionar la educación a distancia y elaborar informes de autorización.
- En las materias señaladas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación dependerán funcionalmente de la Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa.
Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:
- Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
- Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
- Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
- Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
- La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.
CARGOS
Amaia Agirre Pinedo
(06/03/2021 - 26/06/2024) Directora de Aprendizaje e Innovación Educativa
Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación > Viceconsejería de Educación
Áreas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
ÁREAS / FUNCIONES
- Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del Departamento, corresponden a la Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa las siguientes funciones y áreas de actuación:
- La planificación, impulso y desarrollo de la enseñanza en el ámbito competencial de la Viceconsejería de Educación, incluyendo el seguimiento de los programas de innovación educativa.
- Impulsar la elaboración de materiales didácticos para el desarrollo del currículo de las enseñanzas no universitarias.
- Realizar los análisis, los trabajos de evaluación y las propuestas de aplicación normativa encaminadas al correcto desarrollo del currículo educativo en los niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Impulsar planes de actuación y estrategia para el fomento de las competencias digitales del profesorado y del alumnado, mediante la formación en metodologías activas y en herramientas tecno-pedagógicas que puedan contribuir a la mejora de la didáctica y del proceso de enseñanza-aprendizaje, en el camino hacia la excelencia.
- Elaborar la propuesta de regulación de la evaluación de la enseñanza en coordinación con el ISEI-IVEI.
- Promover la cultura de la evaluación y aplicar procesos de evaluación del desempeño del profesorado y de la función directiva en coordinación con la Inspección de Educación.
- Identificar las innovaciones del sistema educativo a diferentes niveles, tanto curricular, metodológico, didáctico y organizativo de los centros, y medir su incidencia en los resultados académicos.
- Promover e impulsar las acciones necesarias para la participación en programas europeos y actos comunitarios en materia de enseñanza en el ámbito de competencia de la Viceconsejería de Educación.
- Promover la prestación de servicios de apoyo escolar, tanto en lo que se refiere a la corrección de recursos didácticos externos, como al apoyo intraescolar, en el contexto de los centros, en coordinación con la Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa.
- Diseñar, aplicar y evaluar el plan de formación continua del profesorado y de las direcciones, tanto en materia de reciclaje general como de determinadas especialidades, en función de las necesidades de los centros.
- Diseñar estrategias de apoyo al profesorado y a los centros educativos para impulsar el desarrollo profesional del profesorado y el trabajo en red entre ellos, en entornos que permitan un aprendizaje exitoso.
- Impulsar la cultura Steam en todas las etapas docentes d desde la perspectiva de género, con el fin de unificar las oportunidades y expectativas de los niños y niñas.
- Promover y dinamizar las posibilidades y contextos de uso del euskera en el ámbito educativo, tanto dentro como fuera del aula, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 10/1984, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.
- Gestionar las acciones y convenios necesarios para el desarrollo de los programas de apoyo a los centros.
- Coordinar con las universidades la tutorización de las prácticas del profesorado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
- Planificar, organizar y gestionar la educación a distancia y elaborar informes de autorización.
- En las materias señaladas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación dependerán funcionalmente de la Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa.
Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:
- Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
- Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
- Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
- Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
- La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.
CARGOS
Amaia Agirre Pinedo
(06/03/2021 - 26/06/2024) Directora de Aprendizaje e Innovación Educativa