DOT. CLAVES Y REFERENCIAS PARA LA APLICACIÓN DE LAS DOT.
Anexos de referencia para el Modelo Territorial.
Anexo 1. Criterios para el cálculo provisional de la oferta de suelo residencial hasta la aprobación de los planes territoriales parciales.
El objetivo básico de este Anexo es la referenciación de los municipios a los que el modelo territorial asigna acciones específicas así como el establecimiento de criterios para la cuantificación del suelo residencial de los municipios de la CAPV y orientar así al planeamiento territorial de desarrollo. No obstante, podrá procederse a un cálculo simplificado que permita orientar la cuantificación de suelo en el planeamiento municipal hasta la entrada en vigor de los Planes Territoriales Parciales de la siguiente forma:
Con carácter estrictamente orientativo y transitorio, pueden utilizarse los indicadores y coeficientes que figuran en este Anexo.
Los valores asignados a los indicadores contenidos en este Anexo no tienen carácter normativo sino que constituye un material de referencia que se incorpora a las DOT a tenor de los establecido en el artículo 7.2. de la Ley 4/1990 de 31 de mayo de Ordenación del Territorio del País Vasco. En consecuencia, estos indicadores podrán ser actualizados por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente.
Al margen de las referencias cuantitativas que puedan obtenerse a través del procedimiento indicado en el Capítulo 12, Necesidades de Vivienda y Cuantificación de la Oferta de Nuevo Suelo Residencial, la aprobación de las propuestas de desarrollo residencial del planeamiento de los municipios de la CAPV se basará en la interpretación de la coherencia de lo propuesto con los criterios, objetivos y determinaciones territoriales de las DOT.
Los Planes Territoriales Parciales deben proponer una cuantificación concreta para el nuevo suelo residencial en el planeamiento de cada municipio de forma directa o a través de un método sencillo y operativo. Los criterios aquí señalados deben servir como referencia para la definición de estas determinaciones por parte de los PTPs.
Crecimiento Selectivo
En ciertos municipios estas DOT proponen crecimientos urbanos importantes en el contexto de las estrategias de equilibrio territorial. El horizonte temporal con el que estas DOT prevén la configuración del nuevo modelo territorial es más amplio que el que orienta las determinaciones del planeamiento municipal. Para hacer posible una articulación de las determinaciones a medio plazo del planeamiento municipal en relación con los objetivos a largo plazo de las DOT, se proponen los siguientes mecanismos provisionales relativos a la cuantificación del crecimiento selectivo.
Si el municipio adopta como figura de planeamiento la de Plan General de Ordenación Urbana, el número de viviendas a prever correspondiente al componente de crecimiento selectivo podrá ser el 15% del total previsto para cada municipio en el Anexo 1.1. El suelo correspondiente a estas viviendas deberá estar clasificado como suelo urbanizable no programado, reduciendo la capacidad del suelo urbano y urbanizable programado al número de viviendas resultantes de la aplicación del resto de los componentes regulados en este capítulo. Sólo cuando se haya redactado el PTP podrán desarrollarse globalmente las operaciones de crecimiento selectivo.
Si el municipio adopta como figura de planeamiento la de Normas Subsidiarias, el número de viviendas a prever correspondiente al componente de crecimiento selectivo podrá ser el 15% del total previsto para cada municipio en el Anexo 1.1. No obstante, tal previsión deberá ir acompañada de un análisis en las Normas relativo a "orden de prioridades con fijación de los plazos para su ejecución" definido en el apartado 1.j. del artículo 78 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1.992, del que se desprendan las condiciones que han de darse en la ejecución de las Normas para que este suelo pueda ser desarrollado.
Hábitats Alternativos
En el Anexo 1.1 de este capítulo se sugieren provisionalmente y de forma orientativa unas cifras correspondientes al número de viviendas previsto para cada uno de los Hábitats Alternativos propuestos por las DOT. Dado que la conformación del Modelo Territorial es una estrategia a largo plazo y que el planeamiento municipal debe, sin embargo, establecer determinaciones para un plazo menor, los planes municipales podrán prever suelo para estos desarrollos urbanísticos hasta una extensión máxima equivalente al 15% de las viviendas propuestas para cada uno de los Hábitats Alternativos referidos en el citado Anexo 1.1. El desarrollo total de cada uno de estos Hábitats Alternativos exigirá la previa entrada en vigor del PTP correspondiente.
Segunda Residencia
El planeamiento municipal sólo podrá clasificar suelo para el desarrollo de segunda residencia por implicaciones de modelo (véase Anexo 1.4) tras la aprobación del Plan Territorial Parcial correspondiente.
Anexo 1.1. Referencias Cuantitativas para las Estrategias de Crecimiento Selectivo y Hábitats de Descongestión
El PTS de Promoción Pública de Viviendas y los Planes Territoriales Parciales asumirán como referencias el papel que las DOT asignan a los municipios y áreas urbanas señaladas a continuación en el Modelo Territorial.
El Plan Territorial Parcial de cada Area Funcional establecerá una cuantificación definitiva de las referencias provisionales aportadas en este Anexo.
Crecimiento Selectivo
Balmaseda-Zalla (2.500+2.500)
Durango-Abadiño (800+800)
Igorre (2.500)
Laguardia (1.600)
Markina-Xemein-Etxebarría (750)
Mungia (3.500)
Orduña (1.400)
Salvatierra (2.500)
Tolosa-Ibarra (Crecimiento sobre sí mismo orientado hacia la rehabilitación y renovación del parque de viviendas actual)
Eje Getxo-Sopelana-Barrika-Plentzia-Górliz (a definir, cuantificar y programar por el PTP del Bilbao Metropolitano).
En general, se propone un crecimiento urbano equilibrado de las cabeceras de las Areas Funcionales de Gipuzkoa en función de la capacidad de acogida de cada una de ellas, de la capacidad de absorción de crecimiento residencial endógeno y de acciones específicas de potenciación. El PTP correspondiente ordenará los crecimientos residenciales de cada una de las cabeceras con estos criterios.
Hábitats Alternativos
Arantzazu (200)
Arrazua-Ubarrundia (300)
Areatza (200)
Asparrena (300)
Ataun (200)
Artea (200)
Zeanuri (200)
Zigoitia (300)
Dima (300)
Ezkio-Itsaso (200)
Gabiria (200)
Galdames (300)
Gordexola (300)
Hondarribia (300)
Iruña de Oca (300)
Legutiano (300)
Markina-Xemein-Etxebarría (300)
Mungia (1.800) Repartidos por el PTP en el Area Funcional
Oiartzun (600) En diversos puntos del término municipal
Sopuerta (300)
Zuia (300)
Eje Vitoria-Gasteiz-Miranda (crecimiento difuso de pequeños núcleos del entorno de las nuevas zonas industriales previstas)
Los Planes Territoriales Parciales podrán proponer otros Hábitats Alternativos, fundamentalmente en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, tras un análisis de la capacidad de acogida de los municipios receptores (Especialmente en las Areas Funcionales de Mondragón-Bergara, Tolosa y Zarautz-Azpeitia.)
Anexo 1.2. Hipótesis de Variaciones en el Tamaño Medio Familiar
AÑO
TMF
1993
3,26
1994
3,23
1995
3,19
1996
3,15
1997
3,11
1998
3,07
1999
3,04
2000
3,00
Nota: Si bien ésta es la evolución del Tamaño Medio Familiar en el conjunto de la CAPV y pudiera adoptarse como criterio el hecho de que en los próximos años, (hasta el 2000) tal Tamaño alcance el orden de 3,00, existen municipios en los que es preciso matizar tal hecho, bien porque ya poseen en la actualidad un Tamaño cercano a 3,00 y en tal sentido tras el período de vigencia se alcanzará un Tamaño inferior, o bien porque su Tamaño actual es todavía alto y dista mucho del coeficiente medio de la CAPV y hasta el año 2000 no es previsible que lleguen a alcanzar el Tamaño Medio de 3,00.
Anexo 1.3. Corrección de la Rigidez de la Oferta
Niveles de la Jerarquía Urbana de la CAPV
En la fase de análisis y diagnóstico de las DOT se definió el concepto de "Area Urbana Integrada" con un carácter puramente instrumental para hacer referencia a asentamientos urbanos relativamente compactos pertenecientes a diversos términos municipales. Son asentamientos que operan en el sistema de ciudades de la Comunidad Autónoma como si fueran una sola ciudad en cuanto a su tamaño funcional y en relación con su papel en la jerarquía urbana. El concepto de Area Urbana Integrada señalado en este anexo no tiene ninguna implicación propositiva en las DOT.
Nivel 1
Area Urbana Integrada de Bilbao (1.000)
Constituída por los municipios de:
Alonsotegi
Arrigorriaga
Barakaldo
Basauri
Bilbao
Derio
Erandio
Etxebarri
Galdakao
Getxo
Leioa
Loiu
Portugalete
Santurtzi
Sestao
Sondika
Valle de Trápaga-Trapagaran
Zamudio
Nivel 2
Area Urbana Integrada de Donostia-San Sebastián (351,8)
Constituída por los municipios de:
Donostia-San Sebastián
Lezo
Pasaia
Rentería
Vitoria-Gasteiz (259,7)
Nivel 3
Irún-Hondarribia 75,9
Eibar-Ermua 52,2
Durango 35,2
Mondragón 32,7
Nivel 4
Beasain-Ordizia-Lazkao 28,3
Hernani 25,2
Zarautz 24,7
Tolosa 24,5
Llodio 21,4
Bergara 20,0
Uretxu-Zumárraga 19,9
Gernika-Lumo 18,9Azpeitia 18,4
Bermeo 17,9
Nivel 5
Lasarte-Oria 15,5
Amorebieta-Echano 15,1
Oiartzun 14,8
Oñati 14,8
Zestoa 13,6
Andoain 13,0
Mungia 11,9
Elgoibar 11,6
Amurrio 11,1
Ondarroa 10,6
Azkoitia 9,5
Legazpi 9,4
Plentzia-Gorliz 9,0
Lekeitio 8,9
Deba 8,8
Múskiz 8,0
Sopelana 7,9
Zumaia 7,3
Balmaseda 7,2
Elorrio 6,8
Abanto y Ciérvana
Abanto-Zierbena 6,6
Zalla 6,5
Ortuella 6,5
Usurbil 5,9
Markina-Xemein 5,6
Aretxabaleta 5,3
Orio 4,9
Güeñes 4,87
Villabona 4,84
Zaldibar 4,63
Igorre 4,16
Salvatierra 4,11
Soraluce-Placencia de las Armas 4,11
Eskoriatza 4,10
Urnieta 4,03
Mutriku 3,89
Berriz 3,64
Ugao-Miraballes 3,55
Orduña 3,52
Berango 3,27
Lemoa 3,19
Carranza 2,08
Zierbena
Nivel 6
El resto de los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Nota: El máximo de los Tamaños Funcionales que es el correspondiente al Area Urbana de Bilbao, se ha identificado con el valor 1.000 y los Tamaños Funcionales de las otras ciudades o áreas urbanas son, por tanto, valores relativos a esta referencia.
Factor corrector de la rigidez de la Oferta
Los valores que se asignan al "Factor Corrector de la Rigidez de la Oferta" para los Municipios y Areas Urbanas Integradas de la Comunidad Autónoma del País Vasco son los siguientes:
Niveles Coeficiente de Rigidez (CR)
Niveles
Coeficiente de Rigidez(CR)
Nivel 1
0,10
Nivel 2
0,12
Nivel 3
0,15
Nivel 4
0,20
Nivel 5
0,25
Nivel 6
0,35
Anexo 1.4. Coeficientes de Segunda Residencia Propuestos
Nota 1: Estos coeficientes son provisionales hasta la entrada en vigor del Plan Territorial Parcial correspondiente.
Nota 2: Los coeficientes del 86 y 91 incorporan el fenómeno de la vivienda vacía lo cual deberá tenerse en cuenta a la hora de la interpretación del mismo.
Nota 3: En aquellos casos en que el Modelo Territorial propone un crecimiento de segunda residencia con fines de reequilibrio se indica expresamente. En el resto de los casos el crecimiento de segunda residencia tendrá como objetivo principal desde el punto de vista territorial el aprovechamiento de ventajas específicas.
CSR Propuesto
Area Funcional de Balmaseda-Zalla.
Trucios-Turtzioz 2
Arcentales 2
Carranza (función de reequilibrio) 1,75
Lanestosa (función de reequilibrio) 3
Area Funcional de Beasain -Zumarraga
Ataun 1,5
Segura 1,5
Zaldibia 1,3
Zegama 1,5
Bilbao Metropolitano
Abanto (función de reequilibrio) 1,3
Barrika 3
Gorliz 4
Lemoniz 3
Muskiz 1,3
Plentzia 2,5
Sopelana 2,3
Zeberio (función de reequilibrio) 2
Zierbena (función de reequilibrio) 1,3
Area Funcional de Donostia-San Sebastián
Hondarribia 1,8
Oiartzun 1,5
Area Funcional de Zarautz-Azpeitia
Aia 2
Beizama 1,5
Getaria 2
Orio 1,5
Zarautz 1,8
Zumaia 1,5
Area Funcional de Durango
Elorrio 1,3
Mañaria 1,5
Area Funcional de Eibar
Deba 2,2
Mutriku 1,8
Area Funcional de Gernika-Markina
Aulesti 2
Bermeo 1,3
Barriatua 1,5
Busturia 2,5
Ea 3,5
Elantxobe 3
Gauteguiz de Arteaga 2
Ibarranguelua 3,5
Ispaster (función de reequilibrio) 3
Lekeitio (función de reequilibrio) 2,5
Mendata 2
Mendexa (función de reequilibrio) 3
Mundaka 3
Munitibar-Arbatzegi-Gerrikaitz 2
Muxika 1,5
Ondarroa 1,2
Sukarrieta 3
Area Funcional de Laguardia
Baños de Ebro 2
Elciego (función de reequilibrio) 2
Labastida 6
Laguardia (función de reequilibrio) 2
Lanciego 2
Lapuebla de Labarca 2
Leza (función de reequilibrio) 3
Moreda de Alava 2
Samaniego 2
Villabuena de Alava 2
Yecora (función de reequilibrio) 2
Area Funcional de Llodio
Artziniega (función de reequilibrio) 3
Ayala 2
Okondo 2
Orozko (función de reequilibrio) 2
Area Funcional de Mondragon-Bergara
Aramaio 1,5
Leintz-Gatzaga 1,5
Oñati 1,3
Area Funcional de Mungia
Arrieta 1,5
Bakio 5
Maruri 1,5
Meñaka 1,5
Area Funcional de Tolosa
Abaltzisketa 1,5
Albiztur 1,5
Amezketa 1,3
Bidegoyan 1,5
Area Funcional de Alava Central
Armiñon 2
Arraia-Maeztu 2
Arrazua-Ubarrundia 2
Asparrena 1,5
Barrundia 3
Berantevilla 2
Bernedo 2
Campezo (función de reequilibrio) 4
Zigoitia 2
Cuartango 4
Elburgo (función de reequilibrio) 2
Lagran 2
Legutiano (función de reequilibrio) 2
Otxandio 1,5
Peñacerrada-Urizaharra 2
Ribera Alta 3
Añana 4
San Millán 2
Ubide 2
Urcabustaiz 3
Valdegovia (función de reequilibrio) 4
Zalduondo (función de reequilibrio) 1,5
Zuia 2
Anexo 1.5. Cuadro para la cuantificación del suelo residencial. Cálculo Simplificado
COMPONENTE 1 (C1) Implicaciones del Modelo Territorial (MT)
Crecimiento Selectivo (CS) (Anexo 1.1)
Hábitat Alternativo (HAs.) (Anexo 1.1)
Segunda Residencia (SR) VOB (CSR-CSR91) (Anexo 1.4)
TOTAL COMPONENTE 1 =
COMPONENTE 2 (C2) Crecimiento Demográfico (CD)
Población en el año horizonte PH = PB (1+TAC)n
Crecimiento demográfico CD = PH - PB
Número de viviendas necesarias = CD/TMF(n) (Anexo 1.2)
TOTAL COMPONENTE 2 =
COMPONENTE 3 (C3) Variación de la Estructura Familiar (VEF)
Necesidad de nuevas viviendas PB/TMF(n) - VOB (Anexo 1.2)
TOTAL COMPONENTE 3 =
COMPONENTE 4 (C4) Corrección de la Rigidez de la Oferta (CRO)
Viviendas necesarias = (VOB+C2+C3) x CR (Anexo 1.3)
TOTAL COMPONENTE 4 =
COMPONENTE 5 (C5) Segunda Residencia (SR)
Crecimiento de Segunda Residencia = (C2+C3+C4) x (CSR-1) x 0,5 (Anexo 1.4)
TOTAL COMPONENTE 5 =
NUMERO MAXIMO DE VIVIENDAS A OFERTAR POR EL PLANEAMIENTO
TOTAL C1+C2+C3+C4+C5 =