[AT] Tramitación de instalaciones de alta tensión.
Descripción
Tramitación de instalaciones eléctricas de alta tensión.
AT-A
Declaración responsable para la puesta en servicio de instalaciones nuevas de alta tensión liberalizadas, así como de sus modificaciones de importancia
AT-X
Otras comunicaciones relacionadas con instalaciones de alta tensión, diferentes a la comunicación de puesta en servicio de instalaciones nuevas o de sus modificaciones de importancia. Las comunicaciones que se pueden realizar a través de este procedimiento son:
- Baja de la instalación
- Fuera de servicio
- Cambio de transformador por otro de características similares (modificación no sustancial)
- Contrato con nueva empresa mantenedora
- Reanudación del servicio
- Cambio de titularidad de instalaciones liberalizadas
- Transmisión/cambio de titularidad de instalaciones no liberalizadas que cuentan con la correspondiente autorización administrativa de transmisión.
- Otras comunicaciones. Esta ruta se utilizará para solicitar la confirmación de la adecuada presentación de la garantía económica necesaria para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de consumo de electricidad, conforme al artículo 23.bis del RD 1183/2020.
AT-Y
Solicitud de autorizaciones administrativas necesarias para la construcción, modificación, cierre o transmisión de una instalación de alta tensión no liberalizada y para las infraestructuras eléctricas de las estaciones de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3 MW.
AT-V
Solicitud del acta de puesta en servicio o acta de cierre de una instalación de alta tensión no liberalizada y de las infraestructuras eléctricas de las estaciones de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3 MW, que ya dispone de las autorizaciones administrativas previas necesarias.
[AT-CX] Comunicación de inspecciones periódicas de instalaciones de alta tensión
Comunicación del Certificado de inspección periódica obligatoria del organismo de control o del certificado de corrección de deficiencias.
A quién va dirigido
Cualquier persona física o jurídica privada así como administraciones públicas.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Araba
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa
Organismo que resuelve
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Araba
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa
Información de contacto
Datos de contacto
Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL DE ARABA
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tfno. 945 017770
Fax 945 017051
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL DE BIZKAIA
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno. 94 4031400
Fax 94 4031445
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL DE GIPUZKOA
Easo, 10
20006 Donostia / San Sebastián
Tfno. 943 022500
Fax 943 022542
Horario: Lunes a viernes: De 8:30 a 14:00h.
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
Solicitud y aportación de documentación
El titular deberá tener a disposición de la administración la siguiente documentación:
- Proyecto técnico
- Certificado de instalación eléctrica de alta tensión (Cert. Inst. ATL V2.1 (DOC, 201 KB))
- Certificado de Dirección de Obra (CDO-ATL-V3 (DOCX, 28 KB))
- Protocolo de ensayos del transformador
- Verificaciones con resultados favorables
- Contrato de mantenimiento
- Certificados de conformidad
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Documentación obligatoria:
El titular deberá tener a disposición de la administración la siguiente documentación:
- Proyecto técnico
- Certificado de instalación (Cert. Inst. ATL V2.1 (DOC, 201 KB))
- Certificado de Dirección de Obra (CDO ATL V3 (DOCX, 28 KB))
- Protocolo de ensayos del transformador
- Verificaciones con resultados favorables
- Contrato de mantenimiento
- Certificados de conformidad
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para realizar la solicitud, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Instalaciones de alta tensión liberalizadas:
- Baja de la instalación:
- Certificado de desmantelamiento del instalador
- Fuera de servicio:
- Certificado del instalador de fuera de servicio
- Cambio de transformador (modificación no sustancial):
- Protocolo de ensayos del transformador
- Contrato con nueva empresa mantenedora
- Contrato con la nueva empresa mantenedora
- Reanudación del servicio
- Informe de OC de instalación completa inspeccionada
- Contrato de mantenimiento
- Cambio de titularidad
- Contrato de mantenimiento con el nuevo titular
- Documento justificativo del cambio de titularidad
- Informe de inspección de OC en vigor
- Otras comunicaciones
- Otros documentos
Instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Transmisión/cambio de titularidad
- Referencia al expediente previo de autorización administrativa de transmisión
- Documento justificativo del cambio de titularidad
- Otras comunicaciones
- Otros documentos
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
-
Instalaciones de alta tensión liberalizadas:
- Baja de la instalación:
- Comunicación de baja de la instalación
- Certificado de desmantelamiento del instalador
- Fuera de servicio:
- Comunicación de fuera de servicio de la instalación
- Certificado del instalador de fuera de servicio
- Cambio de transformador (modificación no sustancial):
- Comunicación del cambio de transformador
- Protocolo de ensayos del transformador
- Cambio de empresa mantenedora
- Comunicación del cambio de empresa mantenedora
- Contrato con la nueva empresa mantenedora
- Reanudación del servicio
- Comunicación de la reanudación de servicio
- Informe de OC de instalación completa inspeccionada
- Contrato de mantenimiento
- Cambio de titularidad
- Comunicación de cambio de titularidad
- Contrato de mantenimiento con el nuevo titular
- Documento justificativo del cambio de titularidad
- Informe de inspección de OC en vigor
- Otras comunicaciones
- Comunicación descriptiva del cambio
- Otros documentos
Instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Transmisión/cambio de titularidad
- Referencia al expediente previo de autorización administrativa de transmisión
- Documento justificativo del cambio de titularidad
- Otras comunicaciones
- Otros documentos
Delegación Territorial de Álava
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Tel.: 945 017770
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Tel.: 94 4031400
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para realizar la solicitud, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
- Para la autorización administrativa de nuevas instalaciones de alta tensión no liberalizadas y sus modificaciones:
- Autorización administrativa
- Anteproyecto o proyecto
- Identificación de administraciones y organismos afectados
- Documentación de impacto ambiental (en su caso)
- Aprobación del proyecto
- Proyecto
- Separatas del proyecto (en formato CD o pen-drive)
- Declaración de utilidad pública
- Anteproyecto o proyecto
- Identificación de Administraciones y organismos afectados
- Relación de bienes y derechos de necesaria expropiación
- Para la autorización administrativa de cierre de instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Memoria
- Otros documentos
- Para la autorización administrativa de transmisión de instalaciones de alta tensión no liberalizadas
- Capacidad técnica del solicitante que debe ser el futuro titular.
- Voluntad de cesión del titular actual al futuro titular.
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
-
- Para la autorización administrativa de nuevas instalaciones de alta tensión no liberalizadas y sus modificaciones:
- Autorización administrativa
- Solicitud de autorización administrativa
- Anteproyecto o proyectoo Identificación de administraciones y organismos afectados
- Documentación de impacto ambiental (en su caso)
- Aprobación del proyecto
- Solicitud de autorización administrativa
- Proyecto
- Separatas del proyecto (en formato CD o pen-drive)
- Declaración de utilidad pública
- Solicitud de autorización administrativa
- Anteproyecto o proyecto
- Relación de bienes y derechos de necesaria expropiación
- Identificación de Administraciones y organismos afectados
- Para la autorización administrativa de cierre de instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Solicitud de autorización administrativa
- Memoria
- Otros documentos opcionales
- Para la autorización administrativa de transmisión de instalaciones de alta tensión no liberalizadas
- Solicitud de autorización administrativa
- Capacidad técnica del solicitante que debe ser el futuro titular.
- Voluntad de cesión del titular actual al futuro titular.
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Delegación Territorial de Gipuzkoa
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20006-Donostia-San Sebastián
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General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para realizar la solicitud, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Pago de tasas y precios públicos
Con anterioridad a la apertura del expediente, el solicitante deberá proceder al pago de la tasa correspondiente, si procede, dependiendo del tipo de resolución que el Servicio de Energía deba emitir.
Esta tasa será de carácter autoliquidable.
La tasa únicamente será aplicable en caso de que el solicitante solicite la autorización administrativa para la puesta en marcha de la instalación.
La tramitación de la aprobación del proyecto, así como de la declaración de utilidad pública no conllevan en sí mismas la aplicación de una tasa.
Las autorizaciones administrativas para el cierre y/o la transmisión de la instalación tampoco implican el pago de tasa.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para hacer uso de esta modalidad de pago debe disponer de un aviso o requerimiento de pago, que incluye un código de barras. Si ha recibido el aviso o requerimiento de pago por el canal electrónico, debe imprimirlo para poder realizar el pago.
Puede pagar las tasas y precios públicos en:
- las oficinas de Zuzenean
- cualquier ventanilla de las entidades financieras adheridas
- cajeros automáticos con lectura óptica o captura de datos manual
Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Puesta en servicio de instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Certificador de Dirección de Obra (CDO ATNL V3 (DOCX, 52 KB))
Cierre de instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Certificado de desmantelamiento
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
-
- Solicitud de puesta en servicio o cierre de instalaciones de alta tensión no liberalizada
- Otros conforme a la siguiente lista:
- Además, el solicitante deberá presentar:
- Para la puesta en servicio de instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Solicitud de puesta en servicio
- Certificador de dirección de obra (CDO-ATNL-V3 (DOCX, 52 KB))
- Para el cierre de instalaciones de alta tensión no liberalizadas:
- Solicitud de cierre
- Certificado de desmantelamiento
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para realizar la solicitud, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Solicitud y aportación de documentación
Documentación obligatoria:
- Certificado de inspección o Certificado de corrección de deficiencias.
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Documentación obligatoria:
El titular deberá tener a disposición de la administración la siguiente documentación:
- Proyecto técnico
- Certificado de instalación (Cert. Inst. ATL V2.1 (DOC, 201 KB))
- Certificado de Dirección de Obra (CDO ATL V3 (DOCX, 28 KB))
- Protocolo de ensayos del transformador
- Verificaciones con resultados favorables
- Contrato de mantenimiento
- Certificados de conformidad
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para realizar la solicitud, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.