Venta de vivienda protegida
Si eres titular de una vivienda de protección oficial y estás pensando en venderla, en primer lugar debes saber que toda vivienda que esté calificada debe respetar siempre un proceso de venta específico, en el cual están claramente definidos, tanto los requisitos a cumplir por el adquiriente como los límites de precio máximo de venta que se pueden aplicar. Además, te interesa saber que puedes vendérsela a un/a particular u optar por ofrecérsela previamente a la administración de la CAPV.
Venta a la Administración
Si has decidido ofrecer tu vivienda de protección oficial a la Administración, es preciso que rellenes el siguiente formulario. Una vez lo hayas cumplimentado debidamente y hayas recopilado toda la documentación que en él se señala, deberás entregarlo en la oficina correspondiente de Zuzenean : Servicio de Atención Ciudadana.
La vivienda podrá ser adquirida directamente por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda o bien designar a la persona o personas compradoras.
La oferta de venta podrá no ser aceptada en los siguientes casos:
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Cuando el estado de la vivienda lo desaconseje.
- Cuando la oferta y demanda de vivienda del municipio de que se trate así lo aconseje.
Formulario para realizar la oferta de venta de vivienda protegida a la Administración (Pdf, 55 KB)
Venta a particulares
Cuando optes por vender la vivienda a particulares, debes tener en cuenta lo siguiente:
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Las personas compradoras deben cumplir las condiciones legales de acceso a vivienda de protección oficial señaladas por la normativa vigente.
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El contrato de compraventa debe incluir cláusulas de inserción obligatoria:
- Cláusulas para contratos de primera transmisión
- Cláusulas para contratos de segundas y posteriores transmisiones
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El precio de venta de la vivienda no puede ser superior al señalado por la normativa vigente. Aquí puedes acceder a un simulador de precio máximo de venta de una vivienda protegida.
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El contrato de compraventa debe ser visado por la Delegación Territorial correspondiente quien dará la conformidad al mismo para que sea elevado a escritura pública tras verificar que se respetan todas las condiciones anteriores.
En cualquier caso, debes tener en cuenta que el Departamento de Empleo y Políticas Sociales podrá ejercer los derechos de tanteo y retracto que la normativa en vigor le confiere.