VII. Periodo de Planificación (2023-2027). Planes de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco
Tramitaciones relacionadas con los planes de normalización del uso del euskera
De conformidad con lo establecido en los artículos 9.3 y 17.8 del Decreto 19/2024, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, todas las entidades que conforman el Sector Público Vasco (diputaciones, ayuntamientos y demás entidades del Sector Público Vasco) deben realizar los siguientes trámites con la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco a través de este procedimiento:
- Enviar el plan estratégico de la entidad
- Solicitar el informe preceptivo sobre el plan estratégico a la VPL
- Enviar el certificado de aprobación del plan de la entidad
- Enviar el certificado de aprobación de los criterios de uso de las lenguas oficiales de la entidad
Para el cumplimiento de lo establecido en el Decreto, todas las entidades utilizarán el expediente abierto desde el inicio y adjuntarán toda la documentación en el mismo.
Informes preceptivos de perfil lingüístico y/o fecha de preceptividad
Tal y como disponen los artículos 187.8 de la Ley 11/2022 de Empleo Público Vasco y el artículo 36 del Decreto 19/2024, las entidades vinculadas al Decreto 19/2024 solicitarán a la Viceconsejería de Política Lingüística el informe preceptivo. Las entidades podrán:
- Enviar la solicitud de informe
- Recibir el informe preceptivo