Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024, de la Secretaria General de Unión Europea y Acción Exterior, por la que se convocan becas de formación de jóvenes en el área de Unión Europea y Acción Exterior para 2024-2025.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Lehendakaritza
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 136
- Nº orden: 3379
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 03/07/2024
- Fecha de publicación: 11/07/2024
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Educación
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Institucional; Función pública
Texto legal
El Decreto 12/2019, de 29 de enero, regula las becas de formación de jóvenes en el área de Unión Europea y Acción Exterior (Boletín Oficial del País Vasco número 23, de 1 de febrero de 2019).
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 del citado Decreto, procede convocar las becas de formación de jóvenes en el área de Unión Europea y Acción Exterior para 2024-2025, que se encuentran incluidas en el Plan estratégico Cuatrienal de subvenciones de Lehendakaritza 2024-2027, aprobado por Resolución de 12 de febrero de 2024 del Secretario General de Coordinación y Comunicación Social y publicado en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/proyecto/plan-estrategico-de-subvenciones-de-lehendakaritza-2024
Las becas convocadas contribuyen a impulsar la formación de jóvenes en el ámbito de Acción Exterior y a fomentar la inteligencia competitiva y el conocimiento en materia de internacionalización, siendo este último uno de los objetivos estratégicos del Plan estratégico Cuatrienal de subvenciones de Lehendakaritza 2024-2027.
En su virtud,
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 12/2019, de 29 de enero, por el que se regulan las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior (Boletín Oficial del País Vasco número 23, de 1 de febrero de 2019) y en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de publicación. Para general conocimiento también se publicará en www.euskadi.eus.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de julio de 2024.
La Secretaria General de Unión Europea y Acción Exterior,
MARIA ÁNGELES ELORZA ZUBIRIA.
(Véase el .PDF)
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Historia normativa (2)
- Véase: RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2024, del Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior, por la que se adjudican las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior, para 2024-2025.
- Véase: DECRETO 12/2019, de 29 de enero, por el que se regulan las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior.