Registro de sanciones

Descripción


La Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en adelante LEPAR, establece en su Título V un régimen sancionador. En él se tipifican las conductas constitutivas de infracción (artículos 51-53) y las sanciones que les corresponden (artículos 55-57).

Los órganos autonómicos competentes sancionan las infracciones muy graves, y respecto al resto de infracciones la competencia será autonómica o municipal conforme al reparto de atribuciones en materia de inspección y control.

La LEPAR determina la obligación de intercomunicarse entre los órganos competentes del Gobierno Vasco y la administración local la apertura de expedientes sancionadores, informándose recíprocamente de los expedientes que tramiten en el plazo de diez días contados a partir de la incoación.(Artículo 62.6 LEPAR).

Se inscriben en este registro las sanciones impuestas por las autoridades municipales o autonómicas competentes en la materia, que comunicarán la resolución sancionadora y los datos objeto de inscripción cuando la sanción adquiera firmeza en vía administrativa. En el caso de sanciones de multa reducidas por asunción de responsabilidad y pago se inscriben igualmente dichas sanciones.

A tal efecto se crea este registro informatizado adscrito a la Dirección de Juego y Espectáculos del Gobierno Vasco cuyo objeto es la inscripción y cancelación en el mismo de las sanciones firmes en vía administrativa impuestas por las autoridades municipales o autonómicas por infracciones en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, con la finalidad exclusiva de apreciar la reincidencia en la instrucción de expedientes sancionadores resueltos por las mismas, conforme a sus respectivos ámbitos competenciales.

Tramitación

Para la transmisión a la Dirección de Juego y Espectáculos del Gobierno Vasco de la información relativa a la apertura de expedientes sancionadores por los órganos competentes de la administración local en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, se cumplimentará un breve formulario en el que constan los siguientes datos:

a) Datos identificativos de la persona infractora.

b) Lugar y fecha de la infracción.

c) Infracción cometida, especificando el artículo de la ley en el que está
tipificada.

d) Sanción o sanciones impuestas.

e) Fecha en la que se produce la firmeza de la sanción.

A quién va dirigido


Ayuntamientos

Información de contacto


Datos de contacto

Área de Asesoría Jurídica. Dirección de Juego y Espectáculos

Teléfono: 945018909 – 945018833

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Registro de sanciones: 1077303

Consulta y registro de sanciones


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


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