Registro de prestadores del servicio de comunicación audiovisual de Euskadi

Descripción


Trámites para los prestadores del servicio de comunicación audiovisual.


Proyecto técnico

Trámite para la presentación telemática de proyectos técnicos de estaciones de radiodifusión (radio y televisión).

En cumplimiento del Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico, a partir del día 2 de junio de 2020 los proyectos y solicitudes de puesta en servicio presentados a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco no serán remitidos a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, deberá ser el titular o su representante debidamente autorizado quién los presente directamente en la sede electrónica de la mencionada Secretaría de Estado.

¿Quién tiene que presentar el proyecto técnico?

  • Para radio FM: el titular de la licencia.
  • Para TDT Local: el gestor del múltiplex.

Solicitud de puesta en servicio

Trámite para la presentación telemática de solicitudes de puesta en servicio de estaciones de radiodifusión (radio y televisión). 

En cumplimiento del Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico, a partir del día 2 de junio de 2020 los proyectos y solicitudes de puesta en servicio presentados a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco no serán remitidos a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, deberá ser el titular o su representante debidamente autorizado quién los presente directamente en la sede electrónica de la mencionada Secretaría de Estado.

¿Quién tiene que presentar la solicitud de puesta en servicio?

  • Para radio FM: el titular de la licencia.
  • Para TDT local: el gestor del múltiplex.

¿Qué tipo de solicitud de puesta en servicio tengo que presentar?

  • Puesta en servicio con certificación sustitutiva (PSCS): si la estación es tipo ER2, ER4 o ER5 con PRA ≤100 W.
  • Puesta en servicio con inspección (PSI): si la estación es tipo ER1, ER3 o ER5 con PRA > 100 W

Normativa aplicable



Proyecto técnico

Normativa estatal Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones Normativa estatal Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico. Normativa estatal Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital. Normativa estatal Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con modulación de frecuencia. Normativa estatal Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local. Normativa estatal Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas. Normativa estatal Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la radiodifusión sonora digital terrestre. Normativa estatal Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones Locales. Normativa estatal Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones

Solicitud de puesta en servicio

Normativa estatal Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones. Normativa estatal Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico. Normativa estatal Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas. Normativa estatal Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones. Normativa estatal Resolución de 4 de mayo de 2017, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se determinan los tipos de estaciones radioeléctricas para los que se requiere una certificación sustitutiva del acto de reconocimiento técnico previo a la autorización para la puesta en servicio. Normativa estatal Resolución de 28 de julio de 2017, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se aprueban los modelos relacionados con la autorización para la puesta en servicio de determinadas estaciones que hacen uso del dominio público radioeléctrico. Normativa estatal Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital. Normativa estatal Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia. Normativa estatal Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la televisión digital local. Normativa estatal Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrenal. Normativa estatal Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones locales.

Comunicación de inicio de emisión

Organismos


Organismo que gestiona

  • Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Gabinete y Medios de Comunicación Social

Información de contacto


Datos de contacto

Departamento de Cultura y Política Lingüística

Dirección de Gabinete y Medios de Comunicación Social 

Servicio de Medios de Comunicación Social

Teléfono: 945 01 95 49

Código(s)

  • Proyecto técnico: 0127008
  • Solicitud de puesta en servicio: 0127009
  • Comunicación de inicio de emisión: 0127006

Presentación de proyecto técnico


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Otros trámites


Presentación de solicitud de puesta en servicio


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Otros trámites


Comunicación de inicio de emisión


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Otros trámites