Departamento de Salud

Direcci髇 de Gabinete

罵EAS / FUNCIONES

Corresponde a la Direcci髇 de Gabinete, la realizaci髇 de las siguientes funciones:

  1. La asistencia al Consejero en el ejercicio de sus funciones.
  2. El impulso, direcci髇 y coordinaci髇 del cumplimiento de los objetivos del Programa de Gobierno vinculados a los 醡bitos de actuaci髇 del Departamento, del calendario legislativo y del calendario de planes y programas, as como la coordinaci髇 de la evaluaci髇 de su cumplimiento.
  3. La planificaci髇 y seguimiento de la agenda del Consejero.
  4. La canalizaci髇 de las relaciones con el Parlamento Vasco, con el Ararteko y con otras Instituciones, sin perjuicio de las competencias que corresponden a Lehendakaritza.
  5. La organizaci髇 de los actos p鷅licos y oficiales del Departamento.
  6. La direcci髇 y coordinaci髇 de la actividad editora del Departamento, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Departamento de Gobernanza P鷅lica y Autogobierno.
  7. 燣a direcci髇 y coordinaci髇 de la pol韙ica de comunicaci髇 del Departamento, en colaboraci髇 con el personal eventual nombrado para el desempe駉 de esta funci髇, con la finalidad de facilitar la difusi髇 y divulgaci髇 de las actividades, decisiones y pol韙icas vinculadas al Departamento.

Funciones comunes a las Direcciones del Departamento

  1. Adem醩 de aquellas otras funciones recogidas de forma espec韋ica para cada una de las Direcciones del Departamento, corresponde a todas ellas, cada una dentro de su 醡bito competencial y bajo la dependencia directa y jer醨quica del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente, el ejercicio de las siguientes funciones:
    1. Desarrollar las pol韙icas de gesti髇 p鷅lica asignadas a sus 醨eas de actuaci髇 y desarrollar y aplicar los instrumentos de pol韙ica en las 醨eas funcionales de la Direcci髇.
    2. Elaborar y tramitar proyectos de disposiciones de car醕ter general, planes, programas y actuaciones significativas en las materias de su competencia.
    3. Negociar, elaborar y tramitar los convenios, protocolos generales y otros instrumentos de cooperaci髇 con otras administraciones y dem醩 personas p鷅licas o privadas en las materias propias de la Direcci髇, as como responsabilizarse de su ejecuci髇, seguimiento y evaluaci髇.
    4. Proponer la articulaci髇 de subvenciones, elaborar los documentos e instrumentos jur韉icos y econ髆icos en los que se regulan, y encargarse de su tramitaci髇, gesti髇, seguimiento y evaluaci髇.
    5. Proponer la cuant韆 de las tasas y precios p鷅licos propios de la Direcci髇 y efectuar, en su caso, la liquidaci髇 correspondiente.
    6. En materia de contrataci髇, les corresponde la redacci髇 de memorias y pliegos de bases t閏nicas en los expedientes de contrataci髇, el seguimiento y control de la correcta realizaci髇 de los contratos y la aprobaci髇 de las certificaciones de obra.
    7. En materia de transparencia y derecho de acceso a la informaci髇 p鷅lica, les corresponde el impulso de la publicidad activa y la resoluci髇 de las solicitudes de acceso a la informaci髇
      p鷅lica, en coordinaci髇 con la Direcci髇 de Servicios.
    8. En el marco del ejercicio de la potestad sancionadora, les corresponde la instrucci髇 de los expedientes sancionadores, excepto los que corresponden a las Delegaciones Territoriales de Vivienda. En este 醡bito corresponda a los y las Directores y Directoras iniciar y resolver los expedientes sancionadores a los que corresponde la imposici髇 de sanciones tipificadas como graves y leves, as como la imposici髇 de multas coercitivas, cualquiera que sea su cuant韆.
    9. Con car醕ter general, elaborar dict醡enes, informes y estudios en las 醨eas funcionales de su Direcci髇.
  2. Corresponde a las y los titulares de las Direcciones:
    1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la Direcci髇, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gesti髇, de acuerdo con las normas establecidas por los 髍ganos competentes.
    2. Programar, dirigir, impulsar, coordinar y supervisar las actividades de la Direcci髇, de conformidad con las instrucciones recibidas del 髍gano superior.
    3. Garantizar, en materia de protecci髇 de datos de car醕ter personal, el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden como responsable de los tratamientos de su Direcci髇.
    4. Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de su Direcci髇; Implementar los Criterios de Uso de las Lenguas Oficiales y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuaci髇 de la Direcci髇; Todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de Servicios y en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
    5. Definir en su 醡bito de actuaci髇 los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Aut髇oma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gesti髇 integrada de las pol韙icas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de Servicios y en colaboraci髇 con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
    6. Emitir las resoluciones pertinentes en los 醡bitos de su competencia, as como elevar las propuestas de resoluci髇 a los 髍ganos superiores cuando as proceda.
    7. Realizar propuestas, en materia de su competencia, a los 髍ganos superiores.
    8. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a las Directoras y Directores de la Administraci髇.
  3. Las Asesor韆s jur韉icas de las Direcciones desarrollar醤, cada una dentro de su 醡bito competencial, las funciones recogidas en el art韈ulo 4 de la Ley 7/2016, de 2 de junio, de Ordenaci髇 del Servicio Jur韉ico del Gobierno Vasco, excepto las de los apartados d), e) y f), que corresponden al Servicio jur韉ico de la Direcci髇 de Servicios.

Datos de contacto

Direcci髇

Donostia-San Sebasti醤, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
羖ava
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CARGOS

Esteban Elola Irulegui
(30/01/2021 - 26/06/2024) Director de Gabinete

ENTIDADES RELACIONADAS

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罵EAS / FUNCIONES

Corresponde a la Direcci髇 de Gabinete, la realizaci髇 de las siguientes funciones:

  1. La asistencia al Consejero en el ejercicio de sus funciones.
  2. El impulso, direcci髇 y coordinaci髇 del cumplimiento de los objetivos del Programa de Gobierno vinculados a los 醡bitos de actuaci髇 del Departamento, del calendario legislativo y del calendario de planes y programas, as como la coordinaci髇 de la evaluaci髇 de su cumplimiento.
  3. La planificaci髇 y seguimiento de la agenda del Consejero.
  4. La canalizaci髇 de las relaciones con el Parlamento Vasco, con el Ararteko y con otras Instituciones, sin perjuicio de las competencias que corresponden a Lehendakaritza.
  5. La organizaci髇 de los actos p鷅licos y oficiales del Departamento.
  6. La direcci髇 y coordinaci髇 de la actividad editora del Departamento, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Departamento de Gobernanza P鷅lica y Autogobierno.
  7. 燣a direcci髇 y coordinaci髇 de la pol韙ica de comunicaci髇 del Departamento, en colaboraci髇 con el personal eventual nombrado para el desempe駉 de esta funci髇, con la finalidad de facilitar la difusi髇 y divulgaci髇 de las actividades, decisiones y pol韙icas vinculadas al Departamento.

Funciones comunes a las Direcciones del Departamento

  1. Adem醩 de aquellas otras funciones recogidas de forma espec韋ica para cada una de las Direcciones del Departamento, corresponde a todas ellas, cada una dentro de su 醡bito competencial y bajo la dependencia directa y jer醨quica del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente, el ejercicio de las siguientes funciones:
    1. Desarrollar las pol韙icas de gesti髇 p鷅lica asignadas a sus 醨eas de actuaci髇 y desarrollar y aplicar los instrumentos de pol韙ica en las 醨eas funcionales de la Direcci髇.
    2. Elaborar y tramitar proyectos de disposiciones de car醕ter general, planes, programas y actuaciones significativas en las materias de su competencia.
    3. Negociar, elaborar y tramitar los convenios, protocolos generales y otros instrumentos de cooperaci髇 con otras administraciones y dem醩 personas p鷅licas o privadas en las materias propias de la Direcci髇, as como responsabilizarse de su ejecuci髇, seguimiento y evaluaci髇.
    4. Proponer la articulaci髇 de subvenciones, elaborar los documentos e instrumentos jur韉icos y econ髆icos en los que se regulan, y encargarse de su tramitaci髇, gesti髇, seguimiento y evaluaci髇.
    5. Proponer la cuant韆 de las tasas y precios p鷅licos propios de la Direcci髇 y efectuar, en su caso, la liquidaci髇 correspondiente.
    6. En materia de contrataci髇, les corresponde la redacci髇 de memorias y pliegos de bases t閏nicas en los expedientes de contrataci髇, el seguimiento y control de la correcta realizaci髇 de los contratos y la aprobaci髇 de las certificaciones de obra.
    7. En materia de transparencia y derecho de acceso a la informaci髇 p鷅lica, les corresponde el impulso de la publicidad activa y la resoluci髇 de las solicitudes de acceso a la informaci髇
      p鷅lica, en coordinaci髇 con la Direcci髇 de Servicios.
    8. En el marco del ejercicio de la potestad sancionadora, les corresponde la instrucci髇 de los expedientes sancionadores, excepto los que corresponden a las Delegaciones Territoriales de Vivienda. En este 醡bito corresponda a los y las Directores y Directoras iniciar y resolver los expedientes sancionadores a los que corresponde la imposici髇 de sanciones tipificadas como graves y leves, as como la imposici髇 de multas coercitivas, cualquiera que sea su cuant韆.
    9. Con car醕ter general, elaborar dict醡enes, informes y estudios en las 醨eas funcionales de su Direcci髇.
  2. Corresponde a las y los titulares de las Direcciones:
    1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la Direcci髇, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gesti髇, de acuerdo con las normas establecidas por los 髍ganos competentes.
    2. Programar, dirigir, impulsar, coordinar y supervisar las actividades de la Direcci髇, de conformidad con las instrucciones recibidas del 髍gano superior.
    3. Garantizar, en materia de protecci髇 de datos de car醕ter personal, el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden como responsable de los tratamientos de su Direcci髇.
    4. Definir en su 醡bito los objetivos del Plan de Normalizaci髇 Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gesti髇 integrada del euskera en colaboraci髇 con las jefaturas de servicio de su Direcci髇; Implementar los Criterios de Uso de las Lenguas Oficiales y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuaci髇 de la Direcci髇; Todo ello bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de Servicios y en colaboraci髇 con la Viceconsejer韆 de Pol韙ica Lingstica.
    5. Definir en su 醡bito de actuaci髇 los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Aut髇oma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gesti髇 integrada de las pol韙icas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinaci髇 de la Direcci髇 de Servicios y en colaboraci髇 con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
    6. Emitir las resoluciones pertinentes en los 醡bitos de su competencia, as como elevar las propuestas de resoluci髇 a los 髍ganos superiores cuando as proceda.
    7. Realizar propuestas, en materia de su competencia, a los 髍ganos superiores.
    8. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jur韉ico vigente o tengan el car醕ter de comunes por venir atribuidas con car醕ter general a las Directoras y Directores de la Administraci髇.
  3. Las Asesor韆s jur韉icas de las Direcciones desarrollar醤, cada una dentro de su 醡bito competencial, las funciones recogidas en el art韈ulo 4 de la Ley 7/2016, de 2 de junio, de Ordenaci髇 del Servicio Jur韉ico del Gobierno Vasco, excepto las de los apartados d), e) y f), que corresponden al Servicio jur韉ico de la Direcci髇 de Servicios.

Datos de contacto

Direcci髇

Donostia-San Sebasti醤, 1
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CARGOS

Esteban Elola Irulegui
(30/01/2021 - 26/06/2024) Director de Gabinete

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