Normativa
ImprimirOrden de la Consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Justicia y Derechos Humanos para el periodo 2025-2028
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Justicia y Derechos Humanos
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: ---
- Nº boletín: ---
- Nº orden: ---
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: ---
- Fecha de publicación: ---
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Institucional
Texto legal
ORDEN DE LA CONSEJERA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PARA EL PERIODO 2025-2028
La Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, en su artículo 6 establece que la actividad subvencional a desarrollar por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi debe ser objeto de planificación previa para lo cual se procederá a aprobar el correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones (PES).
Del mismo modo establece que tendrán carácter programático y su contenido no creará derechos ni obligaciones. Tendrán un periodo de vigencia de cuatro años, salvo que por la naturaleza de las actuaciones a las que atiendan sea necesario un plazo mayor, circunstancia que será debida¬mente motivada en el propio documento.
El Plan Estratégico de Subvenciones se configura como el instrumento planificador de la política subvencional, entendiéndose por tal aquella que implica la disposición de fondos públicos a favor de personas, públicas o privadas, sin que exista contraprestación directa a cambio; pero en todo caso condicionada al cumplimiento de un determinado objetivo o comportamiento, o a la realización de una actividad o proyecto concretos, o al cumplimiento de determinadas obligaciones materiales y formales; y siempre en el marco del fomento de una actividad de utilidad o interés social o de la promoción de la consecución de un fin público.
Por Orden de 8 de febrero de 2024, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para el periodo 2024-2027.
Posteriormente y en virtud del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modifi¬cación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma, para garantizar la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar interrupciones en las mismas, y ordenar el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el citado decreto, todo ello, con el fin último de llevar a cabo con la máxima eficacia el Programa de Gobierno de la XIII legislatura.
El artículo 20 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, determina las funciones y áreas de actua¬ción del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, el cual está integrado, de acuerdo con lo dispuesto en su Disposición Adicional Decimosegunda, por los órganos y unidades del extinto Departamento de Igualdad, Justicia y Asuntos Sociales, con excepción de la Viceconsejería de Políticas Sociales.
Como consecuencia de ello, se aprueba el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcio¬nal del Departamento de Justicia y Derechos Humanos.
Por todo lo anterior, se hace necesaria la aprobación de un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Justicia y Derechos Humanos para el periodo 2025-2028.
Dicho Plan debe contener los objetivos y efectos pretendidos junto con el plazo necesario para su consecución y los costes previsibles; así como las fuentes de financiación y las acciones e indicadores relacionados con los objetivos que permitan su seguimiento y evaluación, estando supeditado en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Del mismo modo y en atención a los principios de publicidad y transparencia que deben integrar la actuación subvencional de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el Plan será objeto de publicación en su sede electrónica.
Según establece la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones los planes de subvenciones referidos a los departamentos y a las entidades del sector público a ellos adscritas serán aprobados por la persona titular de cada departamento; si bien se admite la posibilidad de que por la especialidad de la materia se elaboren planes de subvenciones de ámbito inferior al departamento referidos exclusivamente a sus entidades adscritas, como ocurre en el presente caso; quedando en definitiva circunscrito el ámbito de actuación del presente Plan a la actividad de fomento del Departamento de Justicia y Derechos Humanos para los ejercicios presupuestarios 2025, 2026, 2027 y 2028.
Para su elaboración se ha hecho una estimación de los recursos disponibles para los próximos ejercicios presupuestarios tomando como referencia Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025. Sin embargo, se ha de considerar que el carácter meramente programático de la acción de planificación impide el nacimiento de derechos y obligaciones concretas.
Integran el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2028 del Departamento de Justicia y Derechos Humanos además de los programas subvenciones previstos para ese ámbito temporal, un anexo correspondiente a las subvenciones nominativas expresamente consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en los que ya se encuentran precisamente delimitados además de su objeto y su máxima cuantía, las personas beneficiarias. Del mismo modo y a medida que se vayan aprobando los presupuestos de los tres próximos ejercicios presupuestarios, se irán incorporando en sucesivos anexos a este Plan las subvenciones nominativas consignadas en los mismos.
Por todo ello, y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 4 del Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos
RESUELVO
Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2028 del Departamento de Justicia y Derechos Humanos.
Segundo.- Ordenar que se dé publicidad a la presente Orden a través de los medios oficiales procedentes y, en todo caso, mediante la inserción en el espacio correspondiente al Departamento de Justicia y Derechos Humanos en la web euskadi.eus.
En Vitoria-Gasteiz, a la fecha de la firma electrónica.
MARÍA JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PARA EL AÑO 2025-2028. (Firmado electrónicamente) (ver PDF (PDF, 205 KB))