Normativa
ImprimirORDEN de 3 de febrero de 2025, de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se nombran funcionarios y funcionarias de carrera de la Agrupación profesional de personal de apoyo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, a las personas seleccionadas en el proceso selectivo de acceso al empleo público convocado por Orden de 6 de noviembre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 25
- Nº orden: 581
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 03/02/2025
- Fecha de publicación: 06/02/2025
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
- Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública; Función pública
Texto legal
La Orden de 6 de noviembre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, convocó y aprobó las bases del proceso selectivo de acceso para cinco plazas de Ordenanza de la Agrupación profesional de personal de apoyo, personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
La Resolución del/de la Directora/a del IVAP, de 28 de enero de 2025 publicó la relación definitiva de personas definitivamente seleccionadas en el citado proceso.
Habiendo resultado acreditado el cumplimiento de los requisitos por parte de todas las personas definitivamente seleccionadas, procede su nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.5 de Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco, los destinos adjudicados a los funcionarios y a las funcionarias de nuevo ingreso se considerarán, a todos los efectos, como obtenidos por el sistema al que estuviera reservada su provisión.
Por lo expuesto, y en uso de las facultades recogidas en el artículo 18.2.r) de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco,
Quienes en el día establecido, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión perderán todos los derechos para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos derivados de la convocatoria.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de febrero de 2025.
La Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
(Véase el .PDF)
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