Normativa
ImprimirORDEN de 20 de octubre de 2023, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se procede al cese y nombramiento de las personas titulares que integran la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 218
- Nº orden: 5135
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 20/10/2023
- Fecha de publicación: 15/11/2023
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Educación
- Submateria: Gobierno y Administración Pública
Texto legal
El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, estableció un nuevo modelo de gestión integrando en un único sistema el conjunto de las actuaciones de Formación Profesional para el Empleo que se desarrollan en nuestro territorio. El artículo 10 de dicho Decreto crea la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, como órgano de asesoramiento de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, estando ésta adscrita a ese organismo autónomo.
Por Orden de 30 de julio de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, se regula la composición y el régimen de funcionamiento de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.
El artículo 4 de dicha Orden dispone, que la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas estará integrada por 10 miembros en representación de la Administración, por 5 miembros en representación de las organizaciones empresariales más representativas y por 5 miembros en representación de las organizaciones sindicales, en proporción a su representatividad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, de la Orden de 30 de julio de 2019, la duración del mandato de las personas integrantes de dicha Comisión será de 4 años, pudiendo ser reelegidas al término de su mandato. No obstante, el apartado 3 de dicho artículo, dispone que el mandato de las y los miembros de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas podrá expirar antes de la finalización del período de duración de su cargo en los casos en que hubiese habido una revocación o cese acordado por el órgano competente para el nombramiento, bien a iniciativa propia o previa petición razonada de la Administración, organización empresarial u organización sindical que propuso el nombramiento, o cuando hubiese acontecido la pérdida de la condición en virtud de la cual fue nombrada la persona integrante, en aquellas personas que hubieran sido nombradas integrantes de la Comisión por razón de su cargo.
Mediante Orden de 27 de diciembre de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, publicada en el BOPV n.º 21, de 31 de enero de 2020, se procedió al nombramiento inicial de las personas integrantes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, conforme a lo determinado en la Orden reguladora de la misma.
Como consecuencia del inicio de la XII Legislatura, mediante Orden de 24 de febrero de 2021, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, se procedió a realizar, nuevamente, el cese y nombramiento de diversos integrantes de la mencionada comisión.
Con posterioridad, se ha producido el cese de varias de las personas designadas por parte de las Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi de modo que se hace necesario proceder a efectuar nuevamente los ceses y nombramientos correspondientes.
Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas,
D. Francisco Pedraza Moreno, designado como titular por el Departamento de Trabajo y Empleo en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Dña. María Gloria Mújica Conde, designada como titular por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
D. Enrique Ramos Vispo, Director de Empleo e Inclusión, designado como titular por el Departamento de Trabajo y Empleo en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
D. Francisco Pedraza Moreno, Director General de Lanbide, designado como titular por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La presente Orden surtirá efectos desde su aprobación.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de octubre de 2023.
La Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo,
IDOIA MENDIA CUEVA.
Contenidos relacionados.
Historia normativa (3)
- Véase: ORDEN de 18 de febrero de 2025, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se procede a la renovación total de las personas titulares y suplentes que integran la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.
- Véase: ORDEN de 25 de septiembre de 2024, del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se procede al cese y nombramiento de las personas titulares y suplentes que integran la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.
- Véase: ORDEN de 24 de febrero de 2021, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se procede al cese y nombramiento de las personas titulares y suplentes que integran la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.