Multas y/o sanciones de seguridad privada
Descripción
La Ley Orgánica 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada (LSP), establece en su Título VI un régimen sancionador. En él se tipifican las conductas constitutivas de infracción (arts. 56-60) y las sanciones que llevan aparejadas (arts. 61-63). Para la imposición de estas sanciones se sigue el procedimiento regulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
El órgano competente para la iniciación e instrucción del procedimiento sancionador es el Director de Coordinación de Seguridad (art. 19 del Decreto 83/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad)
Organismo que resuelve
El órgano competente para dictar la resolución sancionadora es el Director de la Ertzaintza, si se tratara de infracciones leves y graves, y el Viceconsejero de Seguridad, si se sigue por infracciones muy graves (art. 13 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada; art. 55 de la ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi; art. 9 del Decreto 207/2014, de 21 de octubre, de regulación del ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de seguridad privada; art. 18 del Decreto 83/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad)
Información de contacto
Datos de contacto
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
- Procedimiento sancionador en materia de seguridad privada: 1045201
Pago voluntario de la multa antes de la finalización de procedimiento
El pago de la multa en cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación del procedimiento con estas consecuencias (
- La reducción del 20% del importe de la multa.
- La efectividad de ese pago estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra dicha sanción.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para realizar la Comunicación a la Administración, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica,
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador,
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador,
- acceder al servicio electrónico.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartadoDocumentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Reconocimiento de la responsabilidad
Si reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda. Si la sanción tuviera únicamente carácter pecuniario, su importe se reducirá en un 20%, si bien su efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra dicha sanción (
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recusación
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento se podrá promover la recusación respecto de las autoridades y el personal al servicio de la Administración en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en dichas disposiciones.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Alegaciones y prueba
El interesado dispone de un plazo de diez días hábiles a contar desde la notificación de la incoación para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. Asimismo, tiene derecho a presentar alegaciones y a aportar los documentos que estime convenientes en cualquier momento del procedimiento (
En caso de no efectuar alegaciones en el plazo de diez días, la resolución que da inicio al expediente podrá ser considerada propuesta de resolución [artículo 64.2 f) LPACAP].
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceder a Mi carpeta, para lo que debe disponer de un medio de identificación admitido
- Utilizar la opción aportar documentos disponible
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
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Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Caducidad
El procedimiento caducará transcurridos seis meses desde su incoación sin que se haya notificado la resolución. No obstante, el plazo máximo para resolver se podrá suspender en los supuestos establecidos en el
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
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Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de ingreso de la multa una vez finalizado el procedimiento.
Las multas notificadas del 1 al 15 del mes pueden ser ingresadas sin recargo hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Las notificadas, entre los días 16 y último de cada mes pueden serlo, sin recargo, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Cuando el plazo de un mes para la interposición de recurso de alzada frente a esta resolución finalice con posterioridad al citado plazo establecido con carácter general, el plazo de pago se extenderá hasta el día hábil siguiente a la finalización del plazo de interposición de recurso, siempre que no se produzca dicha interposición.
Si, no obstante, deja transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva con recargo del 20%, así como con los correspondientes intereses de demora.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
A fin de realizar las alegaciones que estime convenientes, reconocer voluntariamente su responsabilidad o solicitar copia del expediente podrá dirigirse indicando su nombre y nº de expediente, al Departamento de Seguridad, Dirección de Coordinación de Seguridad, ÁREA DE RÉGIMEN JURÍDICO PÚBLICO, Larrauri Mendotxe Bidea, 18 – 48950 Erandio.
Los documentos y escritos podrán presentarse de las formas que se relacionan en el artículo 16 de la LPACAP, entre las que se encuentran:
- El registro de esta Administración.
- Los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local.
- Las oficinas de Correos.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.