Exenciones a Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio
EXENCIÓN DE TODA LA PRUEBA
• Quienes tengan superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
• Quienes hayan superado la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior.
EXENCIÓN DE LA PARTE CIENTÍFICO-TECNOLÓGICA
• Quienes estén en posesión de un Certificado de Profesionalidad.
• Quienes acreditan una experiencia laboral de al menos el equivalente a un año a jornada completa.
• Quienes hayan superado dos módulos relacionados con unidad de competencia de un Título de Ciclo Formativo de Grado Medio.
• Quienes han superado el ámbito Científico-Tecnológico de Educación de Personas Adultas o de un Programa de Cualificación Profesional Inicial (módulo voluntario). Nivel de Grado III, módulo IV en ambos casos.
EXENCIÓN DE LA PARTE SOCIAL
• Quienes han superado el ámbito Social de Educación de Personas Adultas o de un Programa de Cualificación Profesional Inicial (módulo voluntario). Nivel de Grado III, módulo IV en ambos casos.
EXENCIÓN DE LA PARTE LINGÜÍSTICA
• Quienes han superado el ámbito de la Comunicación de Educación de Personas Adultas o de un Programa de Cualificación Profesional Inicial (módulo voluntario). Nivel de Grado III, módulo IV en ambos casos.
Quien tenga superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, o la prueba de acceso a un Ciclo Formativo de Grado Superior, y quiera cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio, al quedar exento de realizar prueba alguna de acceso a ciclos, puede realizar la matrícula directamente en un ciclo formativo acreditando esa condición, y sin necesidad de presentarse a la prueba. A efectos del proceso de admisión de alumnos/as, pasa a formar parte del turno reservado a procedentes de prueba de acceso a ciclos, con la calificación que conste en la prueba de acceso a la Universidad o en la prueba de Ciclo Formativo de Grado Superior.