Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Homologación de funciones de la experimentación animal

Tener una Categoría según la anterior legislación, permite realizar determinadas Funciones con la siguiente equivalencia (Disposición transitoria de la Orden ECC/566/2015):

• Categoría A: Cuidado de los animales (función a) y Eutanasia de los animales (función b)

• Categoría B: Eutanasia de los animales (función b) y Realización de los procedimientos (función c)

• Categoría C:  Realización de los procedimientos (función c)  y Diseño de los proyectos y procedimientos (función d)

• Categoría D1: Asunción de la responsabilidad de la supervisión «in situ» del bienestar y cuidado de los animales (función e)

• Categoría D2: Asunción de las funciones de veterinario designado (función f) y Eutanasia de los animales (función b)

El Gobierno Vasco entregará la homologación de dichas categorías/funciones junto con el mantenimiento de la capacitación en experimentación animal.

Correo electrónico de contacto: animalia-esp@euskadi.eus

Fecha de última modificación: