Normativa
ImprimirDECRETO 253/2011, de 29 de noviembre, de nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Empleo y Asuntos Sociales
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 233
- Nº orden: 5938
- Nº disposición: 253
- Fecha de disposición: 29/11/2011
- Fecha de publicación: 12/12/2011
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Economía y Hacienda
- Submateria: Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Economía
Texto legal
La Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, señala en su artículo 7 que el Consejo de Administración es el órgano superior de gobierno del citado organismo, y que está integrado por las y los miembros siguientes:
Presidente o presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo.
Vicepresidente o vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo.
El Director o la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Dos vocales nombrados y, en su caso, cesados por el Gobierno Vasco a propuesta del departamento competente en materia de empleo.
Cinco vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas del País Vasco.
Cinco vocales en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas del País Vasco.
La designación de los o las vocales que integran la representación empresarial en el Consejo corresponde a la Confederación Empresarial Vasca-Confebask.
Por otro lado, y atendiendo a la representatividad actual de las organizaciones sindicales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la distribución inicial de los cinco vocales del grupo sindical del Consejo de Administración es la siguiente:
Euzko Langileen Alkartasuna / Solidaridad de Trabajadores Vasco (ELA-STV): dos vocales.
Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi (CCOO): un o una vocal.
Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB): un o una vocal.
Unión General de Trabajadores de Euskadi (UGT): un o una vocal.
Una vez finalizado el plazo conferido a las organizaciones sindicales y empresariales para proceder a las designaciones de vocales, la organización sindical UGT ha notificado a este Departamento las designaciones de vocal titular y suplente. El resto de las organizaciones sindicales y empresariales con representación en el Consejo de Administración no han comunicado ninguna designación, por lo que, tal y como consta en la comunicación de 11 de noviembre de 2011, se entienden tácitamente designadas aquellas personas que fueron nombradas vocales del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en representación de tales organizaciones por Decreto 5/2011, de 18 de enero.
Por todo lo anterior, a propuesta de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2011,
Vocales:
En representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi:
D. José Felipe Yarritu Díaz, Director de Economía Social y Responsabilidad Social Empresarial y Dña. María Jose Madariaga Rola, Directora de Formación Profesional como titulares y Dña. Gloria Múgica Conde, Directora de Planificación e Innovación en el Empleo y D. José Carlos Crespo Velasco, Viceconsejero de Formación Profesional y Educación Permanente como suplentes.
En representación de las organizaciones empresariales:
D. José Miguel Ayerza Mendiburu, D. Francisco Javier Azpiazu Lasuen, D. Juan Ugarte Aguirrezabal, D. Jon Bilbao Saralegui y Dña. Nuria López de Guereñu Ansola, como titulares, y D. Juan Ramón Apezetxea Escudero, D. Matías Gómez Conde, Dña. Yoana Arambalza Zalbidea, D. Asier Aloria Sánchez y D. Carlos Pereda Martínez de Musitu, como suplentes, todos/as ellos/as de la Confederación Empresarial Vasca-Confebask.
En representación de las organizaciones y confederaciones sindicales:
D. Mikel Noval Fernández y D. Joseba Villarreal Olaizola como titulares y Dña. Janire Landaluze Pérez y Dña. Julene Gabiola Amallobieta, como suplentes, de Euzko Langileen Alkartasuna / Solidaridad de Trabajadores Vascos (ELA-STV).
Dña. María Dolores García Garcia como titular y D. Goio Martín Benito como suplente, de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi (CCOO).
D. Oihan Ostolaza Arruabarrena como titular y D. Rafael Izquierdo Sánchez como suplente, de Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB).
D. Felipe García Miravalles como titular y D. José Ramón Lopategui Martín como suplente, de la Unión General de Trabajadores de Euskadi (UGT).
Los referidos nombramientos tendrán la duración que establezcan los Estatutos del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 2011.
El Lehendakari,
FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.
La Consejera de Empleo y Asuntos Sociales,
MARÍA GEMMA ARÁNZAZU ZABALETA ARETA.
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Historia normativa (8)
- Véase: DECRETO 324/2024, de 5 de noviembre, por el que se renueva la composición del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Véase: DECRETO 432/2013, de 22 de octubre, de cese y nombramiento de un miembro del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Véase: DECRETO 334/2013, de 22 de abril, de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Véase: DECRETO 192/2012, de 2 de octubre, de cese y nombramiento de un miembro del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Véase: DECRETO 165/2019, de 22 de octubre, de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Véase: DECRETO 177/2017, de 20 de junio, de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Véase: DECRETO 222/2014, de 2 de diciembre, de cese y nombramiento de un miembro del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Véase: DECRETO 33/2014, de 11 de marzo, de cese y nombramiento de un miembro del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.