Normativa
ImprimirDECRETO 3/2025, de 23 de enero, del Lehendakari, de nombramiento de las personas que componen el Consejo de Dirección del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Lehendakaritza
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 19
- Nº orden: 448
- Nº disposición: 3
- Fecha de disposición: 23/01/2025
- Fecha de publicación: 29/01/2025
Ámbito temático
- Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa; Economía y Hacienda; Seguridad y justicia
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Economía; Justicia
Texto legal
El artículo 8.1 de la Ley 4/2014 de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, establece que el Consejo de Dirección del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos estará compuesto, además de por la presidencia y el director de este, por los siguientes miembros:
Catorce miembros en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, nombrados previa designación del departamento de adscripción del instituto entre quienes reúnan la condición de alto cargo de la Administración.
Un miembro designado por cada uno de los grupos parlamentarios constituidos de acuerdo con el artículo 24.1 del Reglamento del Parlamento Vasco.
Tres miembros en representación de las instituciones forales, nombrados previa designación de uno por cada diputación foral de entre los componentes de su respectivo consejo de diputados.
Tres miembros en representación de los municipios del País Vasco, nombrados previa designación por la asociación de municipios de mayor implantación en la Comunidad Autónoma del País Vasco, entre personas titulares de alcaldías.
Cinco miembros independientes, nombrados previa designación del Parlamento Vasco de entre personas de reconocido prestigio en la promoción de la memoria y en la defensa de las libertades cívicas y de los principios de convivencia democrática.
La misma norma establece, en su artículo 8.2, que los miembros del Consejo de Dirección referidos en los apartados de a) a d), ambos inclusive, mantendrán su condición mientras cumplan el requisito establecido de pertenencia a la respectiva institución, salvo sustitución acordada por el órgano competente para realizar la designación.
Iniciada una nueva legislatura, por Orden de 13 de enero de 2024, de la Consejera de Justicia y Derechos Humanos, se han designado a los miembros del Consejo de Dirección del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos en representación de las Administración Pública de la Comunidad Autónoma, a los que se refiere el apartado a).
Por su parte, por Acuerdo del Parlamento Vasco, en sesión celebrada el 26 de septiembre de 2024, se ha designado a un miembro de cada uno de los grupos parlamentarios, a los que se refiere el apartado b) después de que el 25 de septiembre se hubieran designado los cinco miembros independientes por Acuerdo adoptado en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Parlamento, a los que se refiere en el apartado e).
Por Decreto 23/2015 de 29 de septiembre, Decreto 5/2020 de 2 de marzo y Decreto 25/2023 de 2 de octubre se procedió al nombramiento de las personas a los que se refiere en el apartado c) y d).
El Decreto 204/2015, de 3 de noviembre, de Estatutos del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos establece en su artículo 7.7 que, recibidas las designaciones, el nombramiento de los miembros del Consejo de Dirección del Instituto se realizará mediante Decreto del Lehendakari.
En su virtud,
En representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi:
Dña. María Jesús Carmen San José López, Consejera de Justicia y Derechos Humanos.
D. Alfredo Retortillo Paniagua, Viceconsejero de Derechos Humanos, Memoria y Convivencia.
D. Alfonso Gómez Fernández, Viceconsejero de Justicia.
D. Jagoba Álvarez Ereño, Director de Derechos Humanos y Atención a Víctimas.
Dña. Silvia Fernández Pérez, Directora de Gabinete y Comunicación de Justicia y Derechos Humanos.
D. Mikel Iriondo Bilbao, Secretario General de Coordinación y Proyectos Estratégicos.
D. Ander Caballero Barturen, Secretario General de Acción Exterior y Euskadi Global.
Dña. Miren Elgarresta Larrabide, Directora de Emakunde Instituto Vasco de la Mujer.
D. Andoni Iturbe Amorebieta, Viceconsejero de Cultura.
Dña. Urkiri Salaberria Gracia, Directora de Patrimonio Cultural, Propiedad Intelectual y Depósito Legal.
Dña. Lucia Torrealday Berrueco, Viceconsejera de Políticas Educativas.
D. Adrián López Sarachaga, Director de Juventud y Emancipación.
D. Adolfo Morais Ezquerro, Viceconsejero de Ciencia e Innovación.
D. Jakes Aguirrezabal Iribar, Viceconsejero de Turismo y Comercio.
En representación del Parlamento Vasco:
D. Xabier Barandiaran Irastorza.
Dña. Eraitz Sáez de Egilaz Ramos.
Dña. Miren Gallastegui Oyarzabal.
Dña. Laura Garrido Knörr.
Miembros independientes designados por el Parlamento Vasco:
D. Josu Elespe Peláez.
D. Paco Etxeberria Gabilondo.
Dña. María Jauregi Lasa.
Dña. Eider Landaberea Abad.
D. José Antonio Pérez Pérez.
El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de enero de 2025.
Lehendakaria,
IMANOL PRADALES GIL.