El euskera en las instituciones de la UE
LA UTILIZACIÓN DEL EUSKERA EN LAS INSTITUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA
Lenguas oficiales en la UE (lenguas de uso y lenguas de trabajo) y uso del euskera en la UE
La Unión Europea cuenta con 24 lenguas de uso oficial en las instituciones de la UE, siendo estas las siguientes: alemán, búlgaro, checo,croata, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finlandés, frrancés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano y sueco.
El primer Reglamento comunitario que regula el régimen lingüístico de la Unión Europea se aprobó en 1958: Reglamento del Consejo 1/1958 (PDF, 157 KB) , que regula el régimen lingüístico de la Unión. En él se establecían como lenguas oficiales de la UE el alemán, el francés, el italiano y el neerlandés, que eran las lenguas de los Estados miembros de aquel momento. Desde entonces, el número de lenguas oficiales ha aumentado con la sucesiva incorporación de nuevos países. Sin embargo, hay menos lenguas oficiales que Estados miembros, puesto que algunos de ellos comparten las mismas. Por ejemplo, en Bélgica, las lenguas oficiales son el alemán, el francés y el neerlandés, y en Chipre la mayoría de la población habla griego, que tiene rango de lengua oficial.
Lengua oficial supone, principalmente, dos derechos:
- Poder enviar documentos a las instituciones de la UE en cualquier lengua oficial o recibir respuesta en la misma lengua.
- Los reglamentos, otros documentos legislativos y el Diario Oficial de la UE se publican en todas las lenguas oficiales.
Por razones de tiempo y presupuesto, son relativamente pocos los documentos de trabajo que se traducen a todas las lenguas. La Comisión Europea emplea el inglés, el francés y el alemán siendo tres lenguas de trabajo, mientras que el Parlamento Europeo proporciona traducciones a diferentes lenguas según las necesidades de sus diputados y diputadas.
Siempre en el ámbito de las lenguas y el multilingüismo hay que destacar:
- El nombramiento, en enero de 2007, del Comisario europeo encargado de la cartera de Multilingüismo -Leonard Orban-, uno de cuyos objetivos de trabajo fue fomentar el multilingüismo y el conocimiento del patrimonio lingüístico de la UE.
- El apoyo de la Comisión Europea a diversas redes europeas creadas con el objetivo de promover la diversidad lingüística.
Paralelamente a las instituciones de la Unión Europea, destaca la existencia de redes europeas relacionadas con el multilingüismo y las lenguas regionales y minoritarias. En este contexto, el Gobierno Vasco es miembro de la red europea Network to Promote Linguistic Diversity (NPLD). En dicha red, co-financiada por la Comisión Europea, participan regiones, gobiernos, instituciones, redes europeas sobre multilingüismo y lenguas minoritarias y regionales.
Entre los trabajos realizados por la NPLD destaca "The European Roadmap for Linguistic Diversity: towards a new approach on languages as part of the European Agenda 2020", presentado en la sede del Parlamento Europeo en 2015. El objetivo consiste en proponer un nuevo enfoque sobre los idiomas como parte de la Agenda Europea 2020, y reafirmar el compromiso de la Unión Europea con la diversidad lingüística asegurando que todos los idiomas hablados en Europa se consideren como bienes comunes que deben ser apoyados, promovidos y protegidos. La Hoja de ruta está disponible en sus versiones catalana, vasca francesa, friulana y española.
Como resultado de la evaluación de la Hoja de Ruta que se lleva a cabo en 2019, se publicaron un documento de posición y un Plan de Acción para 2019-2020.
- La celebración del "Año europeo de las lenguas. 2001", así como del "Día Europeo de las Lenguas. 26 de septiembre de 2019".
Utilización del euskera en la Unión Europea:
Tras distintos acuerdos de España con la instituciones de la Unión Europea, se posibilitó un uso oficial aunque limitado, del euskera en la Unión Europea, siendo el acuerdo del Consejo de la UE de junio de 2005 el que propició el avance.
Las Conclusiones del Consejo de la UE de 13 de junio de 2005 (PDF, 88 KB) relativas al uso oficial "de otras lenguas" (fuera de las lenguas oficiales, anteriormente mencionadas) en el Consejo de la UE y, en su caso, en otras instituciones y órganos de la UE, posibilitaron un incipiente reconocimiento oficial del uso del euskera y de otras lenguas en la Unión Europea, aunque no logren el estatus de plena oficialidad que reconoce el Reglamento 1/1958.
Sobre las base de aquellas conclusiones, España suscribió acuerdos administrativos con distintas instituciones y órganos de la Unión Europea para permitir, en su seno, el uso de las lenguas co-oficiales. Los acuerdos son:
- Consejo de la Unión Europea (Acuerdo administrativo de 07/11/2005) (PDF, 92 KB)
- Comité de las Regiones (Acuerdo administrativo de 16/11/2055) (PDF, 74 KB)
- Comisión Europea (Acuerdo administrativo de 21/12/2005) (PDF, 65 KB)
- Comité Económico y Social Europeo (Acuerdo administrativo de 07/06/2006) (PDF, 117 KB)
- Parlamento Europeo (Decisión de la Mesa - 03/07/2006)
- Defensor del Pueblo Europeo (Acuerdo administrativo de 30/11/2006) (PDF, 1 MB)
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Acuerdo administrativo de 27/04/2009) (PDF, 164 KB)
Parlamento Europeo:
Es la única institución europea que ha avanzado parcialmente con respecto a la comunicación o utilización de las lenguas co-oficiales. La Mesa del Parlamento Europeo adoptó en su reunión de 3 de julio de 2006 un acuerdo para dar cabida al uso de las lenguas oficiales españolas distintas del español en sus comunicaciones a la ciudadanía, de modo que, sin necesidad de formalizar un Acuerdo administrativo entre dicha institución y el Reino de España, los servicios de traducción del Parlamento Europeo se encargan de las traducciones necesarias para que éste puede responder a la ciudadanía en la lengua de la comunicación original. Por acuerdo de la Mesa, únicamente se centra en las comunicaciones con o de la ciudadanía, y en ningún caso en la posibilidad de que los Diputados y Diputadas del Parlamento Europeo puedan utilizar las lenguas co-oficiales en sus intervenciones en los plenos del Parlamento Europeo.
Los siete acuerdos posibilitan cierta oficialidad, pero limitada a los siguientes aspectos:
- Redacción en euskera de las comunicaciones escritas de la ciudadanía a las siete instituciones y órganos de la Unión Europea
- Intervenciones orales en euskera en los Consejos de la Unión Europea y sesiones plenarias del Comité Europeo de las Regiones
Intervenciones en euskera en el Comité de las Regiones y en el Consejo de la Unión Europea:
- Comité de las Regiones: en la sesión plenaria número 62 del Comité de las Regiones los días 16 y 17 de noviembre de 2005, el representante de Euskadi en el Comité de las Regiones -Comisionado del Lehendakari para las Relaciones Exteriores- fue el primer representante del Gobierno Vasco que intervino en euskera en una instancia comunitaria.
- Consejo de la Unión Europea: los consejeros y consejeras del Gobierno Vasco pueden intervenir en euskera en los cuatro Consejos de la Unión Europea abiertos a la participación de las Comunidades Autónomas (CCAA). La consejera de Cultura del Gobierno Vasco fue la primera representante del Gobierno Vasco que intervino en el Consejo de la Unión Europea. En dicha intervención se presentó una posición común de las CCAA en la formación de Juventud en el Consejo de Educación, Juventud y Cultura de la Unión Europea, en noviembre de 2007.
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