Dirección de Recursos Generales
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Gobernanza Pública y Autogobierno > Viceconsejería de Administración y Servicios Generales
ÁREAS / FUNCIONES
La Dirección de Recursos Generales ejercerá, además de las competencias señaladas en el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes:
- Proponer la racionalización técnica de la contratación de obras, suministros y servicios, así como intervenir en la elaboración de la documentación preparatoria para la declaración de contratación centralizada de obras, suministros y servicios, cuando así le sea requerida, y participar en la Mesa de Contratación que se constituya al efecto.
- Respecto a las obras que hayan de realizarse en los inmuebles declarados de gestión unificada:
- Establecer las normas de diseño y calidad a las que deban ajustarse los planes de obras y sus programas de desarrollo en los inmuebles de gestión unificada, así como definir sus estándares de uso, superficies y condiciones de confort.
- Redactar los proyectos correspondientes, realizar las actuaciones administrativas preparatorias de los contratos, dirigir la ejecución de las obras y realizar las actuaciones precisas para el abono de las correspondientes certificaciones y para el abono y para la recepción y liquidación de las obras.
- Ejercer todas las funciones de apoyo técnico y material que precise el órgano de contratación.
- Actuar como servicio específico de supervisión de los proyectos, inspección técnica y control de calidad, y seguimiento de certificaciones, conforme a lo previsto en la normativa vigente en materia de contratación.
- El mantenimiento de los inmuebles declarados de gestión unificada y de las instalaciones sitas en los mismos, la gestión energética y de sus sistemas de comunicaciones, así como la elaboración de las bases técnicas y de los estudios de ofertas necesarios cuando dicho mantenimiento deba ser objeto de contrato y todo lo relativo a su ejecución, abono, recepción y liquidación.
- La adquisición y suministro de bienes y servicios cuando su destino sean los inmuebles declarados de gestión unificada.
- Organizar y gestionar la distribución en planta de los espacios en inmuebles declarados de gestión unificada y el uso de salas comunes y otras instalaciones de naturaleza análoga, así como gestionar los aspectos relativos a la seguridad de las instalaciones.
- Gestionar los Almacenes Centralizados.
- Planificar y gestionar la recogida y tratamiento de los residuos generados en los inmuebles declarados de gestión unificada.
- Dirigir el Servicio Central de Publicaciones y ejercer las funciones en materia editorial atribuidas al Departamento en el Decreto 135/2018, de 25 de septiembre, sobre la actividad editorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, salvo las señaladas en sus artículos 9 y 10.
- Las funciones sobre el Sistema de Archivo atribuidas en el Decreto 174/2003, de 22 de julio, de organización y funcionamiento del Sistema de Archivo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como la prestación del servicio de documentación de carácter general.
- La definición y actualización de la política de gestión de documentos electrónicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en colaboración con la Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales, así como la ejecución de las auditorias establecidas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia y del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba la política de gestión de documentos electrónicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- La planificación, dirección y supervisión del sistema de bibliotecas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de la implantación del programa informático de gestión bibliotecaria, así como la prestación de los servicios de la Biblioteca General.
- La gestión de forma centralizada de los servicios de cartería, mensajería, franqueo de correspondencia, adquisición de prensa, reprografía, imprenta y de otros servicios de análoga naturaleza.
- La ordenación, gestión y administración de los servicios y vehículos del Parque Móvil de la Administración.
- La recepción y gestión de la ciudadanía como la del personal externo e interno de la Administración en la sede principal del Gobierno.
- La gestión de los aspectos relativos a la seguridad de los inmuebles declarados de gestión unificada, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Seguridad.
- La gestión del personal e instalaciones y servicio de comedor de los servicios centrales del Gobierno.
Artículo 5.- Directoras y Directores.
A las Directoras y los Directores les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes competencias:
- Ejecutar las resoluciones de la Consejera o del Consejero y de las Viceconsejeras y de los Viceconsejeros, así como ejercitar las competencias que les sean delegadas.
- Representar al Departamento por delegación de la Consejera o del Consejero.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de la Dirección.
- Organizar los registros y archivos de expedientes, así como los servicios internos y los sistemas de trabajo de la Dirección correspondiente, de acuerdo con las normas establecidas por los órganos competentes y sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
- Realizar propuestas a los órganos superiores en materia de su competencia.
- El estudio y, en su caso, el informe técnico y jurídico de los proyectos de disposiciones normativas, propuestas de Acuerdo de Consejo de Gobierno o convenios a suscribir a iniciativa del Departamento.
- Resolver los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Remitir a la Dirección de Servicios la información pertinente sobre los datos estadísticos en materias propias de cada Dirección.
- Las funciones asignadas al Departamento en relación con el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet en las materias atribuidas a su Dirección.
- Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como leves y graves de acuerdo con la legislación aplicable.
- Las que les atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras o a los Directores del Gobierno.
- Definir los objetivos del Plan de Normalización del Euskera vigente en los ámbitos de su competencia y desarrollar y evaluar, con los responsables de su Dirección, las acciones encaminadas a la consecución de los mismos, llevando a cabo una gestión integrada del euskera, todo ello bajo la dirección de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
- Establecer los Criterios de Utilización de las Lenguas Oficiales y realizar su seguimiento en los ámbitos de actuación de la Dirección, y concretar, entre otros, los criterios de traducción, la formación general continua del personal, los nombramientos oficiales y los actos de carácter público organizados por el Departamento. Asimismo, en su caso, incluir criterios lingüísticos en la contratación administrativa y en las convocatorias de subvenciones.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
CARGOS
Fernando Uriondo Ispizua
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Recursos Generales
Dirección de Recursos Generales
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Gobernanza Pública y Autogobierno > Viceconsejería de Administración y Servicios Generales
Áreas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
ÁREAS / FUNCIONES
La Dirección de Recursos Generales ejercerá, además de las competencias señaladas en el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes:
- Proponer la racionalización técnica de la contratación de obras, suministros y servicios, así como intervenir en la elaboración de la documentación preparatoria para la declaración de contratación centralizada de obras, suministros y servicios, cuando así le sea requerida, y participar en la Mesa de Contratación que se constituya al efecto.
- Respecto a las obras que hayan de realizarse en los inmuebles declarados de gestión unificada:
- Establecer las normas de diseño y calidad a las que deban ajustarse los planes de obras y sus programas de desarrollo en los inmuebles de gestión unificada, así como definir sus estándares de uso, superficies y condiciones de confort.
- Redactar los proyectos correspondientes, realizar las actuaciones administrativas preparatorias de los contratos, dirigir la ejecución de las obras y realizar las actuaciones precisas para el abono de las correspondientes certificaciones y para el abono y para la recepción y liquidación de las obras.
- Ejercer todas las funciones de apoyo técnico y material que precise el órgano de contratación.
- Actuar como servicio específico de supervisión de los proyectos, inspección técnica y control de calidad, y seguimiento de certificaciones, conforme a lo previsto en la normativa vigente en materia de contratación.
- El mantenimiento de los inmuebles declarados de gestión unificada y de las instalaciones sitas en los mismos, la gestión energética y de sus sistemas de comunicaciones, así como la elaboración de las bases técnicas y de los estudios de ofertas necesarios cuando dicho mantenimiento deba ser objeto de contrato y todo lo relativo a su ejecución, abono, recepción y liquidación.
- La adquisición y suministro de bienes y servicios cuando su destino sean los inmuebles declarados de gestión unificada.
- Organizar y gestionar la distribución en planta de los espacios en inmuebles declarados de gestión unificada y el uso de salas comunes y otras instalaciones de naturaleza análoga, así como gestionar los aspectos relativos a la seguridad de las instalaciones.
- Gestionar los Almacenes Centralizados.
- Planificar y gestionar la recogida y tratamiento de los residuos generados en los inmuebles declarados de gestión unificada.
- Dirigir el Servicio Central de Publicaciones y ejercer las funciones en materia editorial atribuidas al Departamento en el Decreto 135/2018, de 25 de septiembre, sobre la actividad editorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, salvo las señaladas en sus artículos 9 y 10.
- Las funciones sobre el Sistema de Archivo atribuidas en el Decreto 174/2003, de 22 de julio, de organización y funcionamiento del Sistema de Archivo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como la prestación del servicio de documentación de carácter general.
- La definición y actualización de la política de gestión de documentos electrónicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en colaboración con la Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales, así como la ejecución de las auditorias establecidas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia y del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba la política de gestión de documentos electrónicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- La planificación, dirección y supervisión del sistema de bibliotecas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de la implantación del programa informático de gestión bibliotecaria, así como la prestación de los servicios de la Biblioteca General.
- La gestión de forma centralizada de los servicios de cartería, mensajería, franqueo de correspondencia, adquisición de prensa, reprografía, imprenta y de otros servicios de análoga naturaleza.
- La ordenación, gestión y administración de los servicios y vehículos del Parque Móvil de la Administración.
- La recepción y gestión de la ciudadanía como la del personal externo e interno de la Administración en la sede principal del Gobierno.
- La gestión de los aspectos relativos a la seguridad de los inmuebles declarados de gestión unificada, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Seguridad.
- La gestión del personal e instalaciones y servicio de comedor de los servicios centrales del Gobierno.
Artículo 5.- Directoras y Directores.
A las Directoras y los Directores les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes competencias:
- Ejecutar las resoluciones de la Consejera o del Consejero y de las Viceconsejeras y de los Viceconsejeros, así como ejercitar las competencias que les sean delegadas.
- Representar al Departamento por delegación de la Consejera o del Consejero.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de la Dirección.
- Organizar los registros y archivos de expedientes, así como los servicios internos y los sistemas de trabajo de la Dirección correspondiente, de acuerdo con las normas establecidas por los órganos competentes y sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
- Realizar propuestas a los órganos superiores en materia de su competencia.
- El estudio y, en su caso, el informe técnico y jurídico de los proyectos de disposiciones normativas, propuestas de Acuerdo de Consejo de Gobierno o convenios a suscribir a iniciativa del Departamento.
- Resolver los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Remitir a la Dirección de Servicios la información pertinente sobre los datos estadísticos en materias propias de cada Dirección.
- Las funciones asignadas al Departamento en relación con el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet en las materias atribuidas a su Dirección.
- Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como leves y graves de acuerdo con la legislación aplicable.
- Las que les atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras o a los Directores del Gobierno.
- Definir los objetivos del Plan de Normalización del Euskera vigente en los ámbitos de su competencia y desarrollar y evaluar, con los responsables de su Dirección, las acciones encaminadas a la consecución de los mismos, llevando a cabo una gestión integrada del euskera, todo ello bajo la dirección de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
- Establecer los Criterios de Utilización de las Lenguas Oficiales y realizar su seguimiento en los ámbitos de actuación de la Dirección, y concretar, entre otros, los criterios de traducción, la formación general continua del personal, los nombramientos oficiales y los actos de carácter público organizados por el Departamento. Asimismo, en su caso, incluir criterios lingüísticos en la contratación administrativa y en las convocatorias de subvenciones.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
CARGOS
Fernando Uriondo Ispizua
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Recursos Generales