Dirección de Innovación Social
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Lehendakaritza > Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030
ÁREAS / FUNCIONES
Corresponde a la Dirección de Innovación Social, además de las funciones genéricas atribuidas en el artículo 6 las siguientes:
- Formular propuestas de innovación social en materia de transición social y Agenda 2030.
- Impulsar estrategias de coordinación y seguimiento entre los Departamentos, orientadas hacia una acción conjunta de Gobierno en materia de transición social y Agenda 2030.
- Promover el seguimiento del cumplimiento de los contenidos y disposiciones de cada actualización del Plan Bizi Berri de transición socio-sanitaria.
- Impulsar y hacer seguimiento de las líneas de actuación y acciones de la estrategia en materia de reto demográfico.
- Impulsar y hacer seguimiento de la implementación de nuevas propuestas de actuación en relación con el desarrollo del Pacto Social Vasco para la Migración, en colaboración con las instituciones firmantes del mismo.
- Dinamizar la colaboración interdepartamental, interinstitucional y social del Programa Vasco de Prioridades de la Agenda 2030, y realizar su seguimiento.
Artículo 6.- De las Direcciones.
Corresponde a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:
- Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
- Realizar las autorizaciones de gasto de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
- Definir en el área de su competencia, en coordinación con la dirección de servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la Igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
CARGOS
Dirección de Innovación Social
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Lehendakaritza > Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030
ÁREAS / FUNCIONES
Corresponde a la Dirección de Innovación Social, además de las funciones genéricas atribuidas en el artículo 6 las siguientes:
- Formular propuestas de innovación social en materia de transición social y Agenda 2030.
- Impulsar estrategias de coordinación y seguimiento entre los Departamentos, orientadas hacia una acción conjunta de Gobierno en materia de transición social y Agenda 2030.
- Promover el seguimiento del cumplimiento de los contenidos y disposiciones de cada actualización del Plan Bizi Berri de transición socio-sanitaria.
- Impulsar y hacer seguimiento de las líneas de actuación y acciones de la estrategia en materia de reto demográfico.
- Impulsar y hacer seguimiento de la implementación de nuevas propuestas de actuación en relación con el desarrollo del Pacto Social Vasco para la Migración, en colaboración con las instituciones firmantes del mismo.
- Dinamizar la colaboración interdepartamental, interinstitucional y social del Programa Vasco de Prioridades de la Agenda 2030, y realizar su seguimiento.
Artículo 6.- De las Direcciones.
Corresponde a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:
- Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
- Realizar las autorizaciones de gasto de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
- Definir en el área de su competencia, en coordinación con la dirección de servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la Igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.