Plan Estratégico de Gobernanza, Innovación Pública y Gobierno Digital, ARDATZ 2030
Dirección de Política e Industria Alimentaria
- Titular: Iker Iglesias Eguia
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca > Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 11.– La Dirección de Política e Industria Alimentaria.
La Dirección de Política e Industria Alimentaria, además de las señaladas en el artículo 7 del presente Decreto, realizará las siguientes funciones:
- Elaboración y ejecución de programas, planes estratégicos y sectoriales, así como otras actuaciones dirigidas a la mejora de la competitividad de las industrias agrarias, pesqueras y alimentarias, así como de la producción alimentaria artesanal y al fomento de la cadena de valor alimentaria desde la producción primaria hasta la gastronomía.
- Gestión del Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la CAPV, en el que está integrado el Registro de Embotelladores y Envasadores de Vinos y Bebidas Alcohólicas de la CAPV y el Censo de las Asociaciones Agrarias y Alimentarias de la CAPV, y los demás registros, censos y listados del ámbito de competencia de la Dirección, incluidos el registro de declaraciones obligatorias de sectores productivos vitivinícola (aplicación INFOVI) y oleico (aplicación SIMO).
- Elaboración y ejecución de programas de ayuda e instrumentos de financiación dirigidos a la inversión, gestión empresarial y mejora de la competitividad de las industrias de transformación y comercialización de productos de los sectores agrario, y alimentario, promoviendo el desarrollo e implantación de nuevos proyectos de productos de los sectores agrario y alimentario.
- Apoyo al asesoramiento a las iniciativas y proyectos sectoriales o empresariales para el desarrollo de la comercialización de productos agrarios y alimentarios.
- Colaboración en la redacción y ejecución con la correspondiente Autoridad Responsable de Gestión, programas derivados de las actuaciones de la Unión Europea u otros organismos internacionales, en las materias propia de la Dirección.
- Promoción y gestión de la participación del sector agrario, pesquero y alimentario vasco en ferias, exposiciones, misiones comerciales y promociones tanto en la Comunidad Autónoma del País Vasco como en el exterior.
- Elaboración y ejecución de programas de ayuda a la diversificación y promoción de los productos transformados y comercializados por las industrias en los sectores agrario, pesquero y alimentario.
- Promoción y gestión de prácticas enológicas en las industrias de vinos y bebidas alcohólicas, así como fomentar el desarrollo enoturístico sostenible.
- Establecimiento de políticas de apoyo y fomento del asociacionismo, profesionalidad y cooperación empresarial de la industria agraria, pesquera y alimentaria; y, en general, de aquellas prácticas que fomentan la vertebración del sector, incluidas las organizaciones interprofesionales agrarias y alimentarias.
- Ordenación forestal y promoción de las Industrias de primera y segunda transformación del sector forestal de la madera.
- Planificación e impulso, en el marco del PCTI, la I+D+i agraria, alimentaria, pesquera, así como las condiciones de sanidad y calidad de los productos alimentarios, coordinando, impulsando y gestionando las diferentes líneas de actuación en dicha materia, en colaboración con el resto de las Direcciones, en los ámbitos de sus competencias.
- Promoción de la formación de personas investigadoras y tecnólogas en las materias agropesqueras y alimentarias y divulgar los resultados de la investigación agraria, alimentaria, pesquera y oceanográfica para su aplicación en los sistemas productivos primarios y de transformación.
- Impulso de la colaboración con empresas del sector agropesquero, alimentario y gastronómico en la generación de proyectos de I+D+I.
- Impulso y coordinación de la investigación en seguridad alimentaria y en la producción y consumo de alimentos sostenibles.
- Promoción y reforzamiento de la cooperación científica de los Centros de Investigación agraria, pesquera, alimentaria y gastronómica con otros Centros de I+D, participando conjuntamente en programas de la Unión Europea, o de otros organismos que financian la investigación.
- Impulso a la prevención del desperdicio alimentario y la sostenibilidad en la cadena de valor de la alimentación, así como la gestión de los residuos provenientes de la industria alimentaria.
- Impulso y coordinación de políticas ad hoc vinculadas con el relevo generacional en el sector, y con el emprendimiento básico y avanzado en el ámbito agrario y gastroalimentario.
La Dirección de Política e Industria Alimentaria prestará el apoyo técnico y administrativo necesario al Foro de Innovación Agraria y Alimentaria.
Artículo 7.– Direcciones del Departamento.
Corresponde a las Directoras y a los Directores del Departamento, bajo la dependencia directa y jerárquica de la Viceconsejería correspondiente, o de la Consejería en el caso del Director o Directora de Gabinete y Comunicación y del Director o Directora de Servicios, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:
- Desarrollar las políticas de gestión pública correspondientes a sus áreas de actuación, determinando las actuaciones a realizar.
- Desplegar los objetivos asignados a sus áreas de actuación, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gestión.
- Proponer la organización operativa de sus áreas de actuación y definir los sistemas internos de trabajo.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de sus áreas de actuación.
- Coordinar las actuaciones en sus áreas de actuación en relación con las demás áreas, cuando hayan de intervenir varias en un procedimiento.
- Proponer el desarrollo normativo en sus áreas de actuación.
- Proponer la articulación de subvenciones en materias propias de la Dirección.
- Dictar los actos administrativos correspondientes para la ejecución de las funciones a ellos atribuidas.
- Iniciar y resolver los expedientes sancionadores relativos a infracciones tipificadas como leves y graves salvo que la legislación sectorial atribuya esta competencia a otro órgano.
- Resolver recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Proceder a la gestión, liquidación, administración y cobro en periodo voluntario de las tasas y precios públicos respecto a las actividades o servicios que deban prestar.
- Elaborar dictámenes, informes y estudios en las áreas funcionales de la Dirección.
- Resolver las solicitudes del derecho de acceso a la información pública.
- Definir en el área de su competencia, y en coordinación con la Dirección de Servicios, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras y Directores del Gobierno.
Datos de contacto
Dirección
Teléfono/s
Correo/s electrónico/s
CARGOS
Dirección de Política e Industria Alimentaria
- Titular: Iker Iglesias Eguia
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca > Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 11.– La Dirección de Política e Industria Alimentaria.
La Dirección de Política e Industria Alimentaria, además de las señaladas en el artículo 7 del presente Decreto, realizará las siguientes funciones:
- Elaboración y ejecución de programas, planes estratégicos y sectoriales, así como otras actuaciones dirigidas a la mejora de la competitividad de las industrias agrarias, pesqueras y alimentarias, así como de la producción alimentaria artesanal y al fomento de la cadena de valor alimentaria desde la producción primaria hasta la gastronomía.
- Gestión del Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la CAPV, en el que está integrado el Registro de Embotelladores y Envasadores de Vinos y Bebidas Alcohólicas de la CAPV y el Censo de las Asociaciones Agrarias y Alimentarias de la CAPV, y los demás registros, censos y listados del ámbito de competencia de la Dirección, incluidos el registro de declaraciones obligatorias de sectores productivos vitivinícola (aplicación INFOVI) y oleico (aplicación SIMO).
- Elaboración y ejecución de programas de ayuda e instrumentos de financiación dirigidos a la inversión, gestión empresarial y mejora de la competitividad de las industrias de transformación y comercialización de productos de los sectores agrario, y alimentario, promoviendo el desarrollo e implantación de nuevos proyectos de productos de los sectores agrario y alimentario.
- Apoyo al asesoramiento a las iniciativas y proyectos sectoriales o empresariales para el desarrollo de la comercialización de productos agrarios y alimentarios.
- Colaboración en la redacción y ejecución con la correspondiente Autoridad Responsable de Gestión, programas derivados de las actuaciones de la Unión Europea u otros organismos internacionales, en las materias propia de la Dirección.
- Promoción y gestión de la participación del sector agrario, pesquero y alimentario vasco en ferias, exposiciones, misiones comerciales y promociones tanto en la Comunidad Autónoma del País Vasco como en el exterior.
- Elaboración y ejecución de programas de ayuda a la diversificación y promoción de los productos transformados y comercializados por las industrias en los sectores agrario, pesquero y alimentario.
- Promoción y gestión de prácticas enológicas en las industrias de vinos y bebidas alcohólicas, así como fomentar el desarrollo enoturístico sostenible.
- Establecimiento de políticas de apoyo y fomento del asociacionismo, profesionalidad y cooperación empresarial de la industria agraria, pesquera y alimentaria; y, en general, de aquellas prácticas que fomentan la vertebración del sector, incluidas las organizaciones interprofesionales agrarias y alimentarias.
- Ordenación forestal y promoción de las Industrias de primera y segunda transformación del sector forestal de la madera.
- Planificación e impulso, en el marco del PCTI, la I+D+i agraria, alimentaria, pesquera, así como las condiciones de sanidad y calidad de los productos alimentarios, coordinando, impulsando y gestionando las diferentes líneas de actuación en dicha materia, en colaboración con el resto de las Direcciones, en los ámbitos de sus competencias.
- Promoción de la formación de personas investigadoras y tecnólogas en las materias agropesqueras y alimentarias y divulgar los resultados de la investigación agraria, alimentaria, pesquera y oceanográfica para su aplicación en los sistemas productivos primarios y de transformación.
- Impulso de la colaboración con empresas del sector agropesquero, alimentario y gastronómico en la generación de proyectos de I+D+I.
- Impulso y coordinación de la investigación en seguridad alimentaria y en la producción y consumo de alimentos sostenibles.
- Promoción y reforzamiento de la cooperación científica de los Centros de Investigación agraria, pesquera, alimentaria y gastronómica con otros Centros de I+D, participando conjuntamente en programas de la Unión Europea, o de otros organismos que financian la investigación.
- Impulso a la prevención del desperdicio alimentario y la sostenibilidad en la cadena de valor de la alimentación, así como la gestión de los residuos provenientes de la industria alimentaria.
- Impulso y coordinación de políticas ad hoc vinculadas con el relevo generacional en el sector, y con el emprendimiento básico y avanzado en el ámbito agrario y gastroalimentario.
La Dirección de Política e Industria Alimentaria prestará el apoyo técnico y administrativo necesario al Foro de Innovación Agraria y Alimentaria.
Artículo 7.– Direcciones del Departamento.
Corresponde a las Directoras y a los Directores del Departamento, bajo la dependencia directa y jerárquica de la Viceconsejería correspondiente, o de la Consejería en el caso del Director o Directora de Gabinete y Comunicación y del Director o Directora de Servicios, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:
- Desarrollar las políticas de gestión pública correspondientes a sus áreas de actuación, determinando las actuaciones a realizar.
- Desplegar los objetivos asignados a sus áreas de actuación, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gestión.
- Proponer la organización operativa de sus áreas de actuación y definir los sistemas internos de trabajo.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de sus áreas de actuación.
- Coordinar las actuaciones en sus áreas de actuación en relación con las demás áreas, cuando hayan de intervenir varias en un procedimiento.
- Proponer el desarrollo normativo en sus áreas de actuación.
- Proponer la articulación de subvenciones en materias propias de la Dirección.
- Dictar los actos administrativos correspondientes para la ejecución de las funciones a ellos atribuidas.
- Iniciar y resolver los expedientes sancionadores relativos a infracciones tipificadas como leves y graves salvo que la legislación sectorial atribuya esta competencia a otro órgano.
- Resolver recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Proceder a la gestión, liquidación, administración y cobro en periodo voluntario de las tasas y precios públicos respecto a las actividades o servicios que deban prestar.
- Elaborar dictámenes, informes y estudios en las áreas funcionales de la Dirección.
- Resolver las solicitudes del derecho de acceso a la información pública.
- Definir en el área de su competencia, y en coordinación con la Dirección de Servicios, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras y Directores del Gobierno.