Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Gobernanza Pública y Autogobierno > Viceconsejería de Relaciones Institucionales
ÁREAS / FUNCIONES
- La Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales ejercerá, además de las señaladas en el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes competencias:
- Diseñar y desarrollar los procesos e instrumentos para la implantación y despliegue de la Gobernanza Pública Vasca en la definición, ejecución y evaluación de las políticas públicas.
- Elaborar, coordinar e impulsar los planes y proyectos corporativos de innovación y mejora de la estructura y organización de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su sector público, así como de los procesos de trabajo y gestión.
- Elaborar proyectos de disposiciones de carácter general, iniciativas normativas e instrucciones en materia de organización, procesos de gestión y procedimientos, procurando su simplificación, la reducción de cargas administrativas y la mejora de su calidad y eficiencia para la ciudadanía.
- Analizar y evaluar las actuaciones departamentales y los proyectos de disposiciones de carácter general en materia de la Gobernanza Pública Vasca, la estructuración interna, organización, y creación de entes institucionales y emitir informes preceptivos en dichas materias.
- Garantizar que el modelo unificado multicanal de atención a la ciudadanía avala el derecho que tienen las personas físicas a elegir el canal de relación de la Administración pública con la ciudadanía.
- Impulsar la organización, los procesos y las tecnologías que sustenten la tramitación de los procedimientos y atención a la ciudadanía con calidad, eficacia y eficiencia.
- Gestionar los servicios corporativos transversales de atención a la ciudadanía en el primer nivel en todos los canales de forma centralizada.
- Elaborar y coordinar, en colaboración con los Departamentos, el calendario corporativo de convocatorias públicas, para la correlación y equilibrio entre la demanda generada en la ciudadanía y la mejor atención y prestación de servicio.
- Informar la viabilidad de la prestación del servicio de atención a la ciudadanía y el respeto a sus derechos reconocidos en la normativa vigente en las convocatorias de los procedimientos con carácter previo a su aprobación y, en todo caso, a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
- Gestionar el Registro Electrónico General y asistir a la ciudadanía en el uso de medios electrónicos en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Gobierno Vasco, así como gestionar el registro electrónico de apoderamientos e implementar el registro de personal funcionario habilitado.
- Establecer el modelo de gestión de los servicios electrónicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Implementar de forma efectiva la Administración electrónica en los procedimientos administrativos y en la gestión de los asuntos públicos.
- Establecer los mecanismos de colaboración interinstitucional para el despliegue de la transformación digital de los servicios públicos y el impulso del ejercicio de los derechos de la ciudadanía como interesada en los mismos.
- Declarar, gestionar y mantener los servicios comunes de tramitación electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Digitalizar los servicios y procedimientos administrativos con visión centrada en la ciudadanía, reingeniería de procesos, simplificación administrativa, reducción de cargas y normalización de trámites y documentos con un lenguaje claro.
- Dirigir, organizar, coordinar y supervisar el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet.
- Diseñar, desarrollar y gestionar la intranet corporativa de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi como instrumento de información y para facilitar el trabajo en equipo, el conocimiento compartido y el aprendizaje organizacional.
- Definir la política de gestión de documentos electrónicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sin perjuicio de las funciones del Archivo General y de las establecidas en el Decreto 174/2003, de 22 de julio, de organización y funcionamiento del Sistema de Archivo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Supervisar y evaluar la transformación digital de los servicios públicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi en coordinación con el órgano estadístico del Departamento.
- Poner a disposición pública, para su reutilización, la información elaborada o custodiada por el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi en aplicación de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
- Impulsar y fomentar la cultura de la reutilización de datos abiertos.
- Ejercer las funciones como responsable del tratamiento de datos personales en el Sistema de Gestión de los Órganos Colegiados de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración Institucional.
- El Director o la Directora de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales ostentará la Secretaría de la Comisión Sectorial de Administraciones Públicas del Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales.
Artículo 5.- Directoras y Directores.
A las Directoras y los Directores les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes competencias:
- Ejecutar las resoluciones de la Consejera o del Consejero y de las Viceconsejeras y de los Viceconsejeros, así como ejercitar las competencias que les sean delegadas.
- Representar al Departamento por delegación de la Consejera o del Consejero.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de la Dirección.
- Organizar los registros y archivos de expedientes, así como los servicios internos y los sistemas de trabajo de la Dirección correspondiente, de acuerdo con las normas establecidas por los órganos competentes y sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
- Realizar propuestas a los órganos superiores en materia de su competencia.
- El estudio y, en su caso, el informe técnico y jurídico de los proyectos de disposiciones normativas, propuestas de Acuerdo de Consejo de Gobierno o convenios a suscribir a iniciativa del Departamento.
- Resolver los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Remitir a la Dirección de Servicios la información pertinente sobre los datos estadísticos en materias propias de cada Dirección.
- Las funciones asignadas al Departamento en relación con el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet en las materias atribuidas a su Dirección.
- Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como leves y graves de acuerdo con la legislación aplicable.
- Las que les atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras o a los Directores del Gobierno.
- Definir los objetivos del Plan de Normalización del Euskera vigente en los ámbitos de su competencia y desarrollar y evaluar, con los responsables de su Dirección, las acciones encaminadas a la consecución de los mismos, llevando a cabo una gestión integrada del euskera, todo ello bajo la dirección de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
- Establecer los Criterios de Utilización de las Lenguas Oficiales y realizar su seguimiento en los ámbitos de actuación de la Dirección, y concretar, entre otros, los criterios de traducción, la formación general continua del personal, los nombramientos oficiales y los actos de carácter público organizados por el Departamento. Asimismo, en su caso, incluir criterios lingüísticos en la contratación administrativa y en las convocatorias de subvenciones.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
CARGOS
Matxalen Lauzirika Jauregi
(19/02/2023 - 26/06/2024) Directora de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales
Javier Bikandi Irazabal
(30/01/2021 - 18/11/2022) Director de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales
Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Gobernanza Pública y Autogobierno > Viceconsejería de Relaciones Institucionales
Áreas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
ÁREAS / FUNCIONES
- La Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales ejercerá, además de las señaladas en el artículo 5 del presente Decreto, las siguientes competencias:
- Diseñar y desarrollar los procesos e instrumentos para la implantación y despliegue de la Gobernanza Pública Vasca en la definición, ejecución y evaluación de las políticas públicas.
- Elaborar, coordinar e impulsar los planes y proyectos corporativos de innovación y mejora de la estructura y organización de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su sector público, así como de los procesos de trabajo y gestión.
- Elaborar proyectos de disposiciones de carácter general, iniciativas normativas e instrucciones en materia de organización, procesos de gestión y procedimientos, procurando su simplificación, la reducción de cargas administrativas y la mejora de su calidad y eficiencia para la ciudadanía.
- Analizar y evaluar las actuaciones departamentales y los proyectos de disposiciones de carácter general en materia de la Gobernanza Pública Vasca, la estructuración interna, organización, y creación de entes institucionales y emitir informes preceptivos en dichas materias.
- Garantizar que el modelo unificado multicanal de atención a la ciudadanía avala el derecho que tienen las personas físicas a elegir el canal de relación de la Administración pública con la ciudadanía.
- Impulsar la organización, los procesos y las tecnologías que sustenten la tramitación de los procedimientos y atención a la ciudadanía con calidad, eficacia y eficiencia.
- Gestionar los servicios corporativos transversales de atención a la ciudadanía en el primer nivel en todos los canales de forma centralizada.
- Elaborar y coordinar, en colaboración con los Departamentos, el calendario corporativo de convocatorias públicas, para la correlación y equilibrio entre la demanda generada en la ciudadanía y la mejor atención y prestación de servicio.
- Informar la viabilidad de la prestación del servicio de atención a la ciudadanía y el respeto a sus derechos reconocidos en la normativa vigente en las convocatorias de los procedimientos con carácter previo a su aprobación y, en todo caso, a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
- Gestionar el Registro Electrónico General y asistir a la ciudadanía en el uso de medios electrónicos en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Gobierno Vasco, así como gestionar el registro electrónico de apoderamientos e implementar el registro de personal funcionario habilitado.
- Establecer el modelo de gestión de los servicios electrónicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Implementar de forma efectiva la Administración electrónica en los procedimientos administrativos y en la gestión de los asuntos públicos.
- Establecer los mecanismos de colaboración interinstitucional para el despliegue de la transformación digital de los servicios públicos y el impulso del ejercicio de los derechos de la ciudadanía como interesada en los mismos.
- Declarar, gestionar y mantener los servicios comunes de tramitación electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Digitalizar los servicios y procedimientos administrativos con visión centrada en la ciudadanía, reingeniería de procesos, simplificación administrativa, reducción de cargas y normalización de trámites y documentos con un lenguaje claro.
- Dirigir, organizar, coordinar y supervisar el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet.
- Diseñar, desarrollar y gestionar la intranet corporativa de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi como instrumento de información y para facilitar el trabajo en equipo, el conocimiento compartido y el aprendizaje organizacional.
- Definir la política de gestión de documentos electrónicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sin perjuicio de las funciones del Archivo General y de las establecidas en el Decreto 174/2003, de 22 de julio, de organización y funcionamiento del Sistema de Archivo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Supervisar y evaluar la transformación digital de los servicios públicos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi en coordinación con el órgano estadístico del Departamento.
- Poner a disposición pública, para su reutilización, la información elaborada o custodiada por el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi en aplicación de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
- Impulsar y fomentar la cultura de la reutilización de datos abiertos.
- Ejercer las funciones como responsable del tratamiento de datos personales en el Sistema de Gestión de los Órganos Colegiados de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración Institucional.
- El Director o la Directora de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales ostentará la Secretaría de la Comisión Sectorial de Administraciones Públicas del Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales.
Artículo 5.- Directoras y Directores.
A las Directoras y los Directores les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes competencias:
- Ejecutar las resoluciones de la Consejera o del Consejero y de las Viceconsejeras y de los Viceconsejeros, así como ejercitar las competencias que les sean delegadas.
- Representar al Departamento por delegación de la Consejera o del Consejero.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de la Dirección.
- Organizar los registros y archivos de expedientes, así como los servicios internos y los sistemas de trabajo de la Dirección correspondiente, de acuerdo con las normas establecidas por los órganos competentes y sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
- Realizar propuestas a los órganos superiores en materia de su competencia.
- El estudio y, en su caso, el informe técnico y jurídico de los proyectos de disposiciones normativas, propuestas de Acuerdo de Consejo de Gobierno o convenios a suscribir a iniciativa del Departamento.
- Resolver los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Remitir a la Dirección de Servicios la información pertinente sobre los datos estadísticos en materias propias de cada Dirección.
- Las funciones asignadas al Departamento en relación con el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet en las materias atribuidas a su Dirección.
- Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como leves y graves de acuerdo con la legislación aplicable.
- Las que les atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras o a los Directores del Gobierno.
- Definir los objetivos del Plan de Normalización del Euskera vigente en los ámbitos de su competencia y desarrollar y evaluar, con los responsables de su Dirección, las acciones encaminadas a la consecución de los mismos, llevando a cabo una gestión integrada del euskera, todo ello bajo la dirección de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
- Establecer los Criterios de Utilización de las Lenguas Oficiales y realizar su seguimiento en los ámbitos de actuación de la Dirección, y concretar, entre otros, los criterios de traducción, la formación general continua del personal, los nombramientos oficiales y los actos de carácter público organizados por el Departamento. Asimismo, en su caso, incluir criterios lingüísticos en la contratación administrativa y en las convocatorias de subvenciones.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
CARGOS
Matxalen Lauzirika Jauregi
(19/02/2023 - 26/06/2024) Directora de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales
Javier Bikandi Irazabal
(30/01/2021 - 18/11/2022) Director de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales