Dirección de Acción Exterior

ÁREAS / FUNCIONES

Corresponde a la Dirección de Acción Exterior, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 6 del presente Decreto, ejecutar las funciones que tiene encomendadas la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior en su ámbito de actuación, y en especial:

  1. Asistir a la persona titular de la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior en la gestión y ejecución de la política vinculada a las relaciones exteriores.
  2. Elaborar, impulsar, coordinar, ejecutar y evaluar las líneas de actuación y acciones contenidas en el plan estratégico de acción exterior que defina la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior.
  3. Proponer y gestionar los instrumentos de coordinación de las actividades realizadas en el exterior por la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior en orden a asegurar la estrategia político-institucional de la acción exterior del Gobierno.
  4. Impulsar, realizar el seguimiento y coordinar las acciones fuera de la Unión Europea de los distintos Departamentos, Organismos Autónomos y Sociedades Públicas del Gobierno Vasco, con la finalidad de garantizar la coherencia y eficacia de la promoción económica, empresarial y cultural de Euskadi.
  5. Proponer e impulsar cuantas actuaciones sean precisas para el buen funcionamiento de las Delegaciones de Euskadi en el Exterior.
  6. Proporcionar asistencia y soporte técnico a las Delegaciones en la preparación de informes, memorias, identificación y localización de interlocutores o agentes y, en general, en su funcionamiento ordinario.
  7. Coordinar los intereses del Gobierno Vasco en Madrid, a través de la oficina de Euskadi en Madrid.
  8. Impulsar y facilitar las relaciones del Gobierno Vasco con Organizaciones Internacionales y Multilaterales.
  9. Participar en organismos y redes de carácter horizontal, bien para impulsar las relaciones con los mismos, como para realizar el seguimiento de las relaciones de otros Departamentos, Organismos Autónomos y Sociedades Públicas del Gobierno Vasco con dichos organismos.
  10. Impulsar acciones para dar a conocer Euskadi en el exterior, apoyándose en su industria, su conocimiento, sus singularidades institucionales, su lengua y su cultura.
  11. Proporcionar asistencia y soporte a la apertura de sedes de organismos internacionales en Euskadi.
  12. Servir de canal de comunicación en las Relaciones con el cuerpo Consular en Euskadi.

Artículo 6.- De las Direcciones.

Corresponde a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:

  1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
  2. Realizar las autorizaciones de gasto de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
  3. Definir en el área de su competencia, en coordinación con la dirección de servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  4. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la Igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Datos de contacto

Dirección

Navarra, 2
01007 Vitoria-Gasteiz
Álava

Teléfono/s

Correo/s electrónico/s

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CARGOS

Concepcion Quintana Aguirre
(15/04/2023 - 26/06/2024) Directora de Acción Exterior
Myriam Larroulet Rotaeche
(05/12/2020 - 04/11/2022) Directora de Relaciones Exteriores

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Corresponde a la Dirección de Acción Exterior, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 6 del presente Decreto, ejecutar las funciones que tiene encomendadas la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior en su ámbito de actuación, y en especial:

  1. Asistir a la persona titular de la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior en la gestión y ejecución de la política vinculada a las relaciones exteriores.
  2. Elaborar, impulsar, coordinar, ejecutar y evaluar las líneas de actuación y acciones contenidas en el plan estratégico de acción exterior que defina la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior.
  3. Proponer y gestionar los instrumentos de coordinación de las actividades realizadas en el exterior por la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior en orden a asegurar la estrategia político-institucional de la acción exterior del Gobierno.
  4. Impulsar, realizar el seguimiento y coordinar las acciones fuera de la Unión Europea de los distintos Departamentos, Organismos Autónomos y Sociedades Públicas del Gobierno Vasco, con la finalidad de garantizar la coherencia y eficacia de la promoción económica, empresarial y cultural de Euskadi.
  5. Proponer e impulsar cuantas actuaciones sean precisas para el buen funcionamiento de las Delegaciones de Euskadi en el Exterior.
  6. Proporcionar asistencia y soporte técnico a las Delegaciones en la preparación de informes, memorias, identificación y localización de interlocutores o agentes y, en general, en su funcionamiento ordinario.
  7. Coordinar los intereses del Gobierno Vasco en Madrid, a través de la oficina de Euskadi en Madrid.
  8. Impulsar y facilitar las relaciones del Gobierno Vasco con Organizaciones Internacionales y Multilaterales.
  9. Participar en organismos y redes de carácter horizontal, bien para impulsar las relaciones con los mismos, como para realizar el seguimiento de las relaciones de otros Departamentos, Organismos Autónomos y Sociedades Públicas del Gobierno Vasco con dichos organismos.
  10. Impulsar acciones para dar a conocer Euskadi en el exterior, apoyándose en su industria, su conocimiento, sus singularidades institucionales, su lengua y su cultura.
  11. Proporcionar asistencia y soporte a la apertura de sedes de organismos internacionales en Euskadi.
  12. Servir de canal de comunicación en las Relaciones con el cuerpo Consular en Euskadi.

Artículo 6.- De las Direcciones.

Corresponde a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:

  1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
  2. Realizar las autorizaciones de gasto de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
  3. Definir en el área de su competencia, en coordinación con la dirección de servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  4. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la Igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

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01007 Vitoria-Gasteiz
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Concepcion Quintana Aguirre
(15/04/2023 - 26/06/2024) Directora de Acción Exterior
Myriam Larroulet Rotaeche
(05/12/2020 - 04/11/2022) Directora de Relaciones Exteriores

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