Delegado/a de Protección de Datos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi
- Titular:
RESUMEN
Objeto
La Delegada de protección de datos está adscrita, orgánicamente, a la Viceconsejería de Régimen Jurídico del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, pero desempeña su trabajo con total independencia y sin relación jerárquica alguna dentro del Gobierno. Entre sus funciones está la de coordinar y apoyar a los órganos responsables del sistema de información pública designados por los departamentos, los organismos autónomos y los entes públicos de derecho privado de Euskadi, y asesorarles en el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos.
MARCO LEGAL
ÁREAS / FUNCIONES
Según el artículo 39 del Reglamento General de Protección de Datos la delegada de protección de datos tendrá como mínimo las siguientes funciones:
- Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del presente Reglamento y de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros.
- Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes.
- Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35;
- Cooperar con la autoridad de control.
- Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el artículo 36, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
Además la delegada de protección de datos desempeñará sus funciones prestando la debida atención a los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento, teniendo en cuenta la naturaleza, el alcance, el contexto y fines del tratamiento.
Datos de contacto
Dirección
Teléfono/s
CARGOS
ENTIDADES RELACIONADAS
Entidades relacionadas
- Gobernanza, Administración Digital y AutogobiernoLegislatura XIII
- Gobernanza Pública y AutogobiernoLegislatura XII
EQUIPAMIENTOS RELACIONADOS
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La Delegada de protección de datos está adscrita, orgánicamente, a la Viceconsejería de Régimen Jurídico del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, pero desempeña su trabajo con total independencia y sin relación jerárquica alguna dentro del Gobierno. Entre sus funciones está la de coordinar y apoyar a los órganos responsables del sistema de información pública designados por los departamentos, los organismos autónomos y los entes públicos de derecho privado de Euskadi, y asesorarles en el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos.
MARCO LEGAL
ÁREAS / FUNCIONES
Según el artículo 39 del Reglamento General de Protección de Datos la delegada de protección de datos tendrá como mínimo las siguientes funciones:
- Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del presente Reglamento y de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros.
- Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes.
- Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35;
- Cooperar con la autoridad de control.
- Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el artículo 36, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
Además la delegada de protección de datos desempeñará sus funciones prestando la debida atención a los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento, teniendo en cuenta la naturaleza, el alcance, el contexto y fines del tratamiento.
Datos de contacto
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