Departamento de Salud

Delegación de Euskadi para la Unión Europea

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 17.– Delegación de Euskadi para la Unión Europea.

La Delegación de Euskadi para la Unión Europea, con sede en Bruselas, que actuará bajo la dependencia directa y jerárquica de la Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global, y en coordinación con la Dirección de Asuntos Europeos, es el órgano de representación de Euskadi y de defensa y promoción de los intereses multisectoriales de la Comunidad Autónoma en las instituciones de la Unión Europea y, a tal fin, ejerce las siguientes funciones:

  1. Representar los intereses de la Comunidad Autónoma de Euskadi ante las Instituciones y órganos de la Unión Europea y de aquellas organizaciones multilaterales y órganos con sede en Bruselas.
  2. Gestionar los intereses socioeconómicos, sectoriales y profesionales de Euskadi, en la medida en que las iniciativas comunitarias incidan en ellos.
  3. Apoyar a la Dirección de Asuntos Europeos en el desarrollo de sus funciones, en particular en el asesoramiento a los departamentos del Gobierno sobre la normativa, políticas y actuaciones comunitarias de su interés.
  4. Realizar el seguimiento del proceso de toma de decisiones y obtención de información en relación con aquellas iniciativas legislativas de la Unión Europea que afecten las competencias o los intereses de la Comunidad Autónoma.
  5. Servir de infraestructura para el establecimiento de encuentros entre agentes socioeconómicos y autoridades autonómicas con las instituciones comunitarias.
  6. Facilitar asesoramiento técnico, como centro logístico de apoyo, a las entidades públicas y privadas autonómicas con voluntad de intervenir a nivel comunitario.
  7. Actuar como órgano de relación de la Comunidad Autónoma con la Representación Permanente Española ante la Unión Europea.
  8. Llevar a cabo las actuaciones directas con las Instituciones Europeas y otras organizaciones con sede en Bruselas que sea preciso realizar para la intervención departamental en la elaboración y aplicación de las normativas y de las políticas comunitarias, y conocer de aquellas realizadas por los departamentos cuando razones de urgencia así lo requieran.
  9. Colaborar con otras oficinas de Comunidades Autónomas, de Länder o de Regiones en Bruselas.
  10. Facilitar la colaboración de entidades y órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma con otras entidades públicas y privadas ubicadas en Bruselas para la defensa y promoción de los intereses multisectoriales de Euskadi.
  11. Acometer las actuaciones necesarias para la participación de representantes de la Comunidad Autónoma en los órganos y grupos de trabajo de las Instituciones Europeas y, en particular, de las de la Unión Europea.

La persona titular de la Delegación de Euskadi para la Unión Europea actuará como órgano de contratación en los contratos celebrados en su concreto ámbito territorial y que se refieran a los contratos menores regulados en la legislación de contratos del sector público y a los contratos de arrendamiento de inmuebles, en los términos previstos en las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 41 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre. Asimismo, le corresponderá autorizar el gasto que tales contrataciones conlleven.

Datos de contacto

Dirección

Rue des Deux Églises / Tweekerkenstraat, 27B
1000 Bruxelles
Bélgica

Teléfono/s

Correo/s electrónico/s

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CARGOS

Marta Marin Sanchez
(27/06/2024 - ) Delegada de Euskadi para la Unión Europea

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Artículo 17.– Delegación de Euskadi para la Unión Europea.

La Delegación de Euskadi para la Unión Europea, con sede en Bruselas, que actuará bajo la dependencia directa y jerárquica de la Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global, y en coordinación con la Dirección de Asuntos Europeos, es el órgano de representación de Euskadi y de defensa y promoción de los intereses multisectoriales de la Comunidad Autónoma en las instituciones de la Unión Europea y, a tal fin, ejerce las siguientes funciones:

  1. Representar los intereses de la Comunidad Autónoma de Euskadi ante las Instituciones y órganos de la Unión Europea y de aquellas organizaciones multilaterales y órganos con sede en Bruselas.
  2. Gestionar los intereses socioeconómicos, sectoriales y profesionales de Euskadi, en la medida en que las iniciativas comunitarias incidan en ellos.
  3. Apoyar a la Dirección de Asuntos Europeos en el desarrollo de sus funciones, en particular en el asesoramiento a los departamentos del Gobierno sobre la normativa, políticas y actuaciones comunitarias de su interés.
  4. Realizar el seguimiento del proceso de toma de decisiones y obtención de información en relación con aquellas iniciativas legislativas de la Unión Europea que afecten las competencias o los intereses de la Comunidad Autónoma.
  5. Servir de infraestructura para el establecimiento de encuentros entre agentes socioeconómicos y autoridades autonómicas con las instituciones comunitarias.
  6. Facilitar asesoramiento técnico, como centro logístico de apoyo, a las entidades públicas y privadas autonómicas con voluntad de intervenir a nivel comunitario.
  7. Actuar como órgano de relación de la Comunidad Autónoma con la Representación Permanente Española ante la Unión Europea.
  8. Llevar a cabo las actuaciones directas con las Instituciones Europeas y otras organizaciones con sede en Bruselas que sea preciso realizar para la intervención departamental en la elaboración y aplicación de las normativas y de las políticas comunitarias, y conocer de aquellas realizadas por los departamentos cuando razones de urgencia así lo requieran.
  9. Colaborar con otras oficinas de Comunidades Autónomas, de Länder o de Regiones en Bruselas.
  10. Facilitar la colaboración de entidades y órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma con otras entidades públicas y privadas ubicadas en Bruselas para la defensa y promoción de los intereses multisectoriales de Euskadi.
  11. Acometer las actuaciones necesarias para la participación de representantes de la Comunidad Autónoma en los órganos y grupos de trabajo de las Instituciones Europeas y, en particular, de las de la Unión Europea.

La persona titular de la Delegación de Euskadi para la Unión Europea actuará como órgano de contratación en los contratos celebrados en su concreto ámbito territorial y que se refieran a los contratos menores regulados en la legislación de contratos del sector público y a los contratos de arrendamiento de inmuebles, en los términos previstos en las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 41 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre. Asimismo, le corresponderá autorizar el gasto que tales contrataciones conlleven.

Datos de contacto

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Marta Marin Sanchez
(27/06/2024 - ) Delegada de Euskadi para la Unión Europea

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