Este documento recoge las directrices generales para el uso de las dos lenguas oficiales de la CAE y pretende fijar una serie de criterios lingüísticos para su aplicación en todos los departamentos del Sector Público de la CAE, así como en el resto de entidades dependientes de los mismos. Estos criterios generales se plasmarán en los planes de uso lingüístico de las entidades citadas, pudiendo ser complementados y redefinidos en los casos en los que se considere necesario. Su grado de cumplimiento será objeto de seguimiento en las evaluaciones periódicas de los planes que se llevan a cabo. Este documento sustituye, a partir de su aprobación, al aprobado por el Consejo de Gobierno el 13 de abril de 2021.