Comunicaciones de afecciones al tráfico y emisión de instrucciones para la realización de obras y otras actividades en las carreteras

Descripción


La realización de obras u otras actividades en las vías objeto de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial necesita autorización previa del titular de las mismas, y así mismo se debe comunicar con anterioridad a su inicio a la autoridad de Tráfico competente, que dictará las instrucciones procedentes en relación a la regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico.

Procedimiento

  • Este procedimiento se iniciará mediante comunicación efectuada a esta Administración por la persona responsable de la obra o actividad que ocasiona una afección al tráfico, acompañada de la documentación acreditativa oportuna.
  • Recibida la comunicación, la Dirección de Tráfico dictará las instrucciones procedentes a los efectos de regular, ordenar, gestionar y vigilar el tráfico en la zona concernida por la afección.

 

A quién va dirigido


A las personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, responsables de las obras o actividades causantes de la afección al tráfico.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Tráfico

Organismo que resuelve

  • Seguridad > Viceconsejería de Seguridad > Oficinas Territoriales de Tráfico

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Comunicaciones de afecciones al tráfico: 1103401

Comunicación a la Administración


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

En caso de tramitar la comunicación de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita,
  2. entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento,
  3. guardar la documentación en el sistema informático de la Administración.
  • Si utiliza esta opción, cuando su comunicación a la administración y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Otros trámites