Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Cofradías de pescadores

Las cofradías de pescadores son corporaciones de derecho público dotadas de personalidad jurídica  y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se instituyen legalmente como cauce participativo y colaborador del sector pesquero con las administraciones públicas en defensa del interés general de la pesca, el marisqueo y la acuicultura, y de la organización y comercialización de sus productos.

Las cofradías de pescadores están constituídas por los armadores y por el personal laboral dependiente de los mismos que ejercen la actividad pesquera como actividad profesional y que se encuentren embarcados en los buques de pesca con puerto base en el ámbito territorial de la cofradía. Asímismo, podrán formar parte de las cofradías como socios colaboradores con voz pero sin voto las personas que hayan pertenecido a las mismas durante los últimos cinco años de su actividad profesional y se encuentren en situación de invalidez absoluta o jubilación.

Todas las cofradías de pescadores de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como sus Federaciones se encuentran inscritas en un Registro adscrito a la Dirección de Pesca y Acuicultura. En este Registro, se inscriben los estatutos de las cofradías y federaciones, los acuerdos que afecten a la composición y titularidad de los órganos rectores, la modificación, fusión, disolución y supresión de las mismas y los acuerdos o convenios que se pueden formalizar entre sí y con otras organizaciones para la defensa de los intereses generales. La inscripción registral es un requisito necesario para su existencia y validez jurídica.

Normativa

  • Ley 16/1998  de 25 de junio, de Cofradías de Pescadores.
  • Decreto 115/2005, de 17 de mayo, del Registro de Cofradías de Pescadores y Federaciones de Cofradías del País Vasco y régimen de comunicaciones.

Fecha de última modificación: