Ayudas económicas a los y las deportistas del Cuerpo de la Policía Autónoma Vasca que participen en los X Juegos Europeos de Policías y Bomberos del año 2024 en Braga.

[Juegos Mundiales de Policías y Bomberos del año 2024]

Descripción


Objeto

Ayudas económicas a los y las deportistas del Cuerpo de la Policía Autónoma Vasca que participen en los X Juegos Europeos de Policías y Bomberos del año 2024 en Braga.

Dotación presupuestaria

20 000 €

Prestación económica

  1. La dotación económica de esta orden es de veinte mil (20 000,00) euros. La cuantía máxima a subvencionar para cada persona solicitante será el 60 % del gasto efectivamente generado y justificado por su participación, con los límites establecidos en la presente Orden, sin que la cuantía máxima subvencionable por solicitud pueda superar la cantidad de mil (1000,00) euros.
  2. El importe de los gastos acreditados se computará en euros y las ayudas se abonarán en dicha moneda.
  3. Se considerarán gastos, a los efectos de la presente Orden, los gastos de viaje, alojamiento y manutención, así como la/s cuota/s de inscripción, con las siguientes condiciones:
    1. Los gastos de viaje se satisfarán por el importe del billete de ida y vuelta efectivamente abonado y justificado, en el medio de transporte elegido, desde la Comunidad Autónoma de Euskadi, hasta Braga (Portugal). De haber optado por la utilización del vehículo particular se abonará el kilometraje y los gastos de peaje en que se haya incurrido.

      Asimismo, se abonarán los gastos de desplazamiento entre el alojamiento y las instalaciones de celebración de las competiciones en las fechas señaladas para ello, así como a las ceremonias de apertura y clausura de los juegos.

      Se abonarán los gastos justificados mediante el billete de ida y vuelta en transporte público o, en su caso, el kilometraje y peaje, conforme a las previsiones del Decreto 5/2012, de 17 de enero, sobre indemnizaciones por razón de servicio del personal al servicio de la Ertzaintza, en cuyo caso, se deberá acreditar la distancia entre ambos puntos.

    2. Se considerarán como gastos de alojamiento los correspondientes a habitación y desayuno. El hospedaje se efectuará en establecimientos hoteleros de hasta cuatro estrellas; no obstante, se admitirán alojamientos compartidos, en cuyo caso se abonará la parte proporcional.

      El importe a percibir por gastos de alojamiento será el realmente abonado y justificado, con sujeción a los límites establecidos en el apartado siguiente.

      Si el hospedaje no incluyera el desayuno, este se satisfará por el importe realmente gastado y justificado, hasta un máximo de 6 euros.

    3. Los gastos de manutención se satisfarán por el importe realmente abonado y justificado, y no podrán sobrepasar el importe establecido en el Decreto 5/2012, de 17 de enero, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Ertzaintza.

      A los efectos del devengo de la cantidad correspondiente se entenderán como gastos de manutención, individualmente considerados, los del almuerzo y/o cena.

    4. Se considerarán gastos de cuota/s de inscripción los generados por la inscripción en la modalidad o modalidades objeto de inscripción.
  4. Las ayudas objeto de esta convocatoria serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que para la misma finalidad pudieran otorgar otras administraciones o entes públicos o privados y con cualesquiera otros ingresos o recursos, siempre que ello no dé lugar a sobrefinanciación. En tal supuesto, se reducirá el importe de la ayuda concedida en virtud de la presente convocatoria en la cantidad correspondiente al exceso.

Forma de pago:

El importe de los gastos acreditados se computará en euros y las ayudas se abonarán en dicha moneda.

A quién va dirigido


Deportistas de la Policía Autónoma Vasca

Deportistas de la Policía Autónoma Vasca que reúnan los requisitos establecidos.

Requisitos:

  • Personas beneficiarias de las ayudas

  • Obligaciones de las personas beneficiarias para obtener las ayudas

  • Criterios deportivos para obtener las ayudas

  • Documentación a presentar

Organismos


Organismo que convoca

  • Seguridad / Viceconsejería de Administración y Servicios > Dirección de Recursos Humanos

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Administración y Servicios > Dirección de Recursos Humanos

Información de contacto


Código

1217803

Solicitud y aportación de documentación


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites