Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Ayudas a las medidas de sanidad y bienestar de los animales 2024

[FEMPA 2024]

Descripción


Objeto

El objeto de esta línea de ayuda es compensar a las empresas acuícolas de la CAPV a través de los siguientes mecanismos:

a) compensación para los conquilicultores por la suspensión temporal de las actividades de cosecha de moluscos cultivados, cuando dicha suspensión se deba exclusivamente a motivos de salud pública;

b) concesión de capital circulante y compensación a las empresas de acuicultura de la CAPV.

La compensación a que se refiere la letra b) del párrafo primero podrá concederse por la suspensión temporal o la reducción de la producción y ventas o por los costes adicionales de almacenamiento que hayan tenido lugar entre el 1 de febrero y el 30 de junio de 2020 como consecuencia del brote de COVID-19.

La compensación conforme al apartado 1, letra a), solamente podrá concederse cuando la suspensión de las actividades de cosecha debida a la contaminación de los moluscos obedezca a la proliferación de plancton que produzca toxinas o a la presencia de plancton que contenga biotoxinas, y siempre que:

a) la contaminación tenga una duración superior a cuatro meses consecutivos, o

b) las pérdidas derivadas de la suspensión de la cosecha se cifren en más del 25% del volumen anual de negocios de la empresa en cuestión, calculado sobre la base del volumen de negocios medio de la empresa durante los tres años naturales anteriores a aquel en que se suspendieron las actividades de cosecha.

La compensación conforme al apartado 1, letra a), podrá concederse por un máximo de 12 meses durante todo el período de programación. En casos debidamente justificados, podrá prorrogarse por un máximo adicional de 12 meses hasta un máximo combinado de 24 meses.

De conformidad con el artículo 65, apartado 9, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, y no obstante lo dispuesto en su párrafo primero, los gastos de las operaciones financiadas en el marco del apartado 1, letra b), del presente artículo serán subvencionables a partir del 1 de febrero de 2020.

Organismos


Organismo que convoca

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Pesca y Acuicultura

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Pesca y Acuicultura

Organismo financiador/cofinanciador

  • Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA)

Información de contacto


Dirección de Pesca y Acuicultura

Iñaki Zubiete

Teléfono: 944 03 14 62

Email: i-zubiete@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1230247

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de cada una de las solicitudes que se presenten, transcurrido el cual sin resolución expresa, las personas interesadas podrán entender estimadas sus solicitudes.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
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  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

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