Departamento de Salud

Becas y ayudas para la formaci髇 de profesionales del 醡bito sanitario 2024

[becas-formacion]

Descripci髇


Objeto

Becas y ayudas para financiar actividades formativas en el ámbito de la salud, que se inicien en 2024:

  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado impartidos por centros universitarios estatales o Institutos de Salud, dependientes del Ministerio de Sanidad o Escuelas de Salud dependientes de las comunidades autónomas, o cursos que, aun no siendo impartidos por estas entidades, adquieran esa condición a consecuencia de un convenio, y sean generadores de un título de posgrado propio de la universidad, dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en áreas específicas. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado y los cursos relacionados con la investigación en las áreas en las que no esté explícitamente recogida.
  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado impartidos en centros universitarios extranjeros que vayan dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en áreas específicas. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado y los cursos relacionados con la investigación en las áreas en las que no esté explícitamente recogida.
  • Becas y ayudas para estancias formativas en centros sanitarios o de investigación sanitaria extranjeros para realizar programas de formación individualizados dirigidos a aumentar los conocimientos y habilidades en todas las áreas relacionadas con las ciencias de la salud. Se excluyen de esta convocatoria los programas de doctorado.

Dotaci髇 presupuestaria

180.000 €

Prestaci髇 econ髆ica

Límite prestación

Los importes máximos subvencionables son: 

  • a) Gastos de alojamiento en caso de desplazamiento: 1.000 euros mensuales, si el periodo de la actividad es inferior a un mes se ajustará proporcionalmente.
  • b) Tasas académicas: 8.000 euros.
  • c) Gastos de viaje: cantidad abonada por la utilización de cualquier medio de transporte, 2.000 euros.
  • d) Suplemento por acompañamiento: 300 euros mensuales por hija o hijo.
  • e) Gastos de comida (sólo para cursos y estancias formativas en el extranjero): 500 euros mensuales, si el periodo de la actividad es inferior a un mes se ajustará proporcionalmente.
  • f) Total máximo de la beca o ayuda, teniendo en cuenta todos los conceptos anteriormente señalados: 10.000 euros.

Forma de pago:

El 60% de la totalidad de la ayuda se abonará en el momento de la concesión, el 40% restante al finalizar el periodo formativo tras presentar la documentación exigida. La documentación justificativa se presentará en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada.

A qui閚 va dirigido


Pueden resultar beneficiarias de las becas y ayudas aquellas personas f韘icas que adem醩 de cumplir con los requisitos generales recogidos en el art韈ulo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del R間imen de Subvenciones, en particular re鷑an las siguientes condiciones:

Requisitos:

  • Disponer de t韙ulo universitario superior o medio.
  • Hallarse empadronadas en municipios de la Comunidad Aut髇oma de Euskadi desde al menos un a駉 antes a la fecha de presentaci髇 de la solicitud de la beca o ayuda.
  • Realizar alguna de las actividades formativas establecidas en el art韈ulo 1.
  • No encontrarse realizando formaci髇 bajo el sistema de residencia.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud > Consejero/a de Salud

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejer韆 de Salud

Informaci髇 de contacto


Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias

Servicio de Docencia y Desarrollo Profesional

  • Persona de contacto: Gixane Dañobeitia Olaeta (g-danobeitia@euskadi.eus)
  • Teléfono: 945 019 240

Zuzenean: Servicio de atenci髇 a la ciudadan韆

C骴igo

0086111

Solicitud y aportaci髇 de documentaci髇


Antes de comenzar a rellenar el formulario de solicitud es importante que lea atentamente la orden que convoca y regula la concesión de estas ayudas

Para solicitar la subvención hay que presentar el formulario de solicitud junto con la documentación que se describe en las instrucciones y en el apartado DOCUMENTACIÓN. La tramitación telemática se realiza a través de “Mi carpeta”.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentaci髇 requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicaci髇 de tramitaci髇 electr髇ica a trav閟 del bot髇.
    Aseg鷕ese de disponer de un medio de identificaci髇 electr髇ica admitido.

Resoluci髇 y recursos


Plazo de resoluci髇

Tres meses desde el d韆 siguiente a la finalizaci髇 del plazo de presentaci髇 de solicitudes.

Tipo de concesi髇 de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificaci髇


A los efectos de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, deberán presentar la documentación que aparece en el desplegable + Documentación, a través del canal telématico en euskadi.eus desde “Mi carpeta”

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentaci髇 requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicaci髇 de tramitaci髇 electr髇ica a trav閟 del bot髇.
    Aseg鷕ese de disponer de un medio de identificaci髇 electr髇ica admitido.

Otros tr醡ites