Beca de formación de personal investigador en el ámbito de la metodología de la enseñanza del euskera a adultos
- Organismo:
- HABE - Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos
- Estado:
Descripción
Objeto
Concesión de una beca para la capacitación de personal investigador en el campo de la metodología aplicada a la euskaldunización de adultos, a partir del análisis de la situación del alumnado con discapacidad, con el fin de adquirir formación en materias relacionadas con el ámbito de los procesos de enseñanza-aprendizaje de segundas lenguas y discapacidad.
Dotación presupuestaria
45.500Prestación económica
En los presupuestos generales de HABE se destinan cuarenta y cinco mil quinientos euros (45.500 €) para el sostenimiento de este programa distribuidos en los siguientes ejercicios:
- Dieciocho mil trescientos euros (18.300 €) en el presupuesto del ejercicio 2025.
- Veintidós mil seiscientos euros (22.600 €) en crédito de compromiso del ejercicio 2026.
- Cuatro mil seiscientos euros (4.600 €) en crédito de compromiso del ejercicio 2027.
Forma de pago:
- La beca se hará efectiva mediante entregas mensuales por importe bruto de mil setecientos dieciocho euros (1.718,00 €), a la que se aplicarán las retenciones tributarias, previa presentación del informe mencionado en el punto XI.f de la convocatoria.
- Además de esa dotación, correrán a cargo de HABE los siguientes gastos:
- Los gastos de cotización de la Seguridad Social que mensualmente resulte de aplicación a la persona becaria en cada caso,
- Gastos de inscripción en cursos o Congresos relacionados con la formación, así como los gastos de viaje cuando asista a reuniones o visitas con su tutor, por un máximo de 2.000 euros, siempre y cuando sean autorizados previamente por la dirección de HABE y posteriormente justificados documentalmente. A estos efectos, se utilizarán preferentemente los servicios públicos de transporte; en caso de no ser posible su uso, se abonarán dichos gastos a razón de 0,29 euros/km (Decreto 121/2006 sobre indemnizaciones por razón del servicio).
En los presupuestos generales de HABE se destinan cuarenta y cinco mil quinientos euros (45.500 €) para el sostenimiento de este programa distribuidos en los siguientes ejercicios:
- Dieciocho mil trescientos euros (18.300 €) en el presupuesto del ejercicio 2025.
- Veintidós mil seiscientos euros (22.600 €) en crédito de compromiso del ejercicio 2026.
- Cuatro mil seiscientos euros (4.600 €) en crédito de compromiso del ejercicio 2027.
- La beca se hará efectiva mediante entregas mensuales por importe bruto de mil setecientos dieciocho euros (1.718,00 €), a la que se aplicarán las retenciones tributarias, previa presentación del informe mencionado en el punto XI.f de la convocatoria.
- Además de esa dotación, correrán a cargo de HABE los siguientes gastos:
- Los gastos de cotización de la Seguridad Social que mensualmente resulte de aplicación a la persona becaria en cada caso,
- Gastos de inscripción en cursos o Congresos relacionados con la formación, así como los gastos de viaje cuando asista a reuniones o visitas con su tutor, por un máximo de 2.000 euros, siempre y cuando sean autorizados previamente por la dirección de HABE y posteriormente justificados documentalmente. A estos efectos, se utilizarán preferentemente los servicios públicos de transporte; en caso de no ser posible su uso, se abonarán dichos gastos a razón de 0,29 euros/km (Decreto 121/2006 sobre indemnizaciones por razón del servicio).
A quién va dirigido
Personal investigador
Requisitos:
- Tener 35 años como máximo el 1 de enero del año de la convocatoria de la beca.
-
Estar en posesión de una titulación universitaria superior.
Preferentemente pedagogía, lingüística o filología y psicología. En todo caso, los títulos obtenidos en el extranjero o centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud.
-
Estar en posesión de un certificado que acredite el conocimiento del euskera del nivel C1 ALTE = C1 de HABE; EGA; PL3-IVAP; nivel C1 EOI, como mínimo, o:
Estar en posesión de un título universitario oficial y con validez en todo el territorio nacional regulado por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Numeración
de condicionesEstudios en
euskeraRequisito
adicionalCréditos
específicos de formación lingüística en euskera1 48 ECTS Trabajo
Fin de Grado o Trabajo Fin de Master Oficial en euskera12 ECTS 2 84 ECTS 12 ECTS 3 114 ECTS 6 ECTS 4 144 ECTS 5 Título
de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)6 Grado
en Estudios Vascos o Grado en Filología Vasca7 Grado
en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua AO, estar en posesión de un título universitario oficial y con validez en todo el territorio nacional previo a los regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, obtenido con posterioridad al 16 de abril de 2008, y cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Numeración
de condicionesEstudios en
euskeraRequisito
adicionalCréditos específicos de formación lingüística en euskera 1 52 ECTS Proyecto fin de carrera o
Trabajo Fin de Master Oficial en euskera12 ECTS 2 84 ECTS 12 ECTS 3 114 ECTS 6 ECTS 4 144 ECTS 5 Título
de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)6 Licenciatura en Filología Vasca 7 Licenciatura
en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua A - No haber disfrutado de una beca igual o relacionada con la formación en elámbito de la enseñanza del Euskara.
-
No encontrarse en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre:
- No estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Estar sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas o estar incursos en prohibición legal que les inhabilite para ello.
- El disfrute de la beca es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda de carácter institucional, excepto las vinculadas a consideraciones personales, y es incompatible con la realización de cualquier trabajo remunerado, ya sea por cuenta propia o ajena
- La duración de la actividad de formación e investigación promovida con las becas será de veinticuatro (24) meses, contados a partir del día de aceptación de la beca.
- La concesión y disfrute de la beca, dado su carácter formativo, no establece relación contractual o estatutaria alguna ni con HABE ni con la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Ni el calendario, ni la jornada, ni el horario de presencia de los beneficiarios de la beca en las dependencias de la Administración tendrán por qué coincidir con el personal propio, laboral o funcionario, de la Administración. El personal becario tendrá calendario propio.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- HABE - Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos > Dirección de HABE
Organismo que resuelve
- HABE - Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos > Dirección de HABE
Información de contacto
- Teléfono: 943 022600
- Email: prestakuntz@habe.eus
- Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Código
1095503Solicitud y aportación de documentación
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda al siguiente formulario online.
-
Si usted ha utilizado un certificado electrónico (DNI o certificado de ciudadano) para identificarse, no es necesario que adjunte ningún documento.
-
Deberá presentarse mediante copia auténtica.
-
Deberá recoger lo siguiente:
- Másters y cursos de postgrado en las materias que constituyen el objeto de la beca, y otros méritos académicos o en investigación y desarrollo de metodología en enseñanza de segundas lenguas a adultos.
- Los cursos recibidos o impartidos en materia de enseñanza de euskera a adultos.
- Las publicaciones sobre metodología de enseñanza de euskera a adultos.
- Cursos recibidos o impartidos dirigidos a promover la inclusión de las personas con discapacidad.
- Publicaciones sobre inclusión de personas con discapacidad.
- La experiencia laboral o profesional.
- El conocimiento de idiomas, expresando los certificados o títulos obtenidos.
- Cualquier otro mérito estrictamente relacionado con el objeto de la beca.
-
Deberá presentarse mediante copia auténtica.
- Tener 35 años como máximo el 1 de enero del año de la convocatoria de la beca.
-
Estar en posesión de una titulación universitaria superior.
Preferentemente pedagogía, lingüística o filología y psicología. En todo caso, los títulos obtenidos en el extranjero o centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud.
-
Estar en posesión de un certificado que acredite el conocimiento del euskera del nivel C1 ALTE = C1 de HABE; EGA; PL3-IVAP; nivel C1 EOI, como mínimo, o:
Estar en posesión de un título universitario oficial y con validez en todo el territorio nacional regulado por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Numeración
de condicionesEstudios en
euskeraRequisito
adicionalCréditos
específicos de formación lingüística en euskera1 48 ECTS Trabajo
Fin de Grado o Trabajo Fin de Master Oficial en euskera12 ECTS 2 84 ECTS 12 ECTS 3 114 ECTS 6 ECTS 4 144 ECTS 5 Título
de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)6 Grado
en Estudios Vascos o Grado en Filología Vasca7 Grado
en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua AO, estar en posesión de un título universitario oficial y con validez en todo el territorio nacional previo a los regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, obtenido con posterioridad al 16 de abril de 2008, y cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Numeración
de condicionesEstudios en
euskeraRequisito
adicionalCréditos específicos de formación lingüística en euskera 1 52 ECTS Proyecto fin de carrera o
Trabajo Fin de Master Oficial en euskera12 ECTS 2 84 ECTS 12 ECTS 3 114 ECTS 6 ECTS 4 144 ECTS 5 Título
de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)6 Licenciatura en Filología Vasca 7 Licenciatura
en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua A - No haber disfrutado de una beca igual o relacionada con la formación en elámbito de la enseñanza del Euskara.
-
No encontrarse en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre:
- No estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Estar sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas o estar incursos en prohibición legal que les inhabilite para ello.
- El disfrute de la beca es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda de carácter institucional, excepto las vinculadas a consideraciones personales, y es incompatible con la realización de cualquier trabajo remunerado, ya sea por cuenta propia o ajena
- La duración de la actividad de formación e investigación promovida con las becas será de veinticuatro (24) meses, contados a partir del día de aceptación de la beca.
- La concesión y disfrute de la beca, dado su carácter formativo, no establece relación contractual o estatutaria alguna ni con HABE ni con la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Ni el calendario, ni la jornada, ni el horario de presencia de los beneficiarios de la beca en las dependencias de la Administración tendrán por qué coincidir con el personal propio, laboral o funcionario, de la Administración. El personal becario tendrá calendario propio.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
- Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
- Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita.
- Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
-
Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporte ningún documento. Marque el consentimiento en la solicitud.
Si usted no da su consentimiento, deberá aportar una copia de uno de los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Número de Identificación de Extranjería (NIE)
- Pasaporte
-
Deberá presentarse mediante copia auténtica.
-
Deberá recoger lo siguiente:
- Másters y cursos de postgrado en las materias que constituyen el objeto de la beca, y otros méritos académicos o en investigación y desarrollo de metodología en enseñanza de segundas lenguas a adultos.
- Los cursos recibidos o impartidos en materia de enseñanza de euskera a adultos.
- Las publicaciones sobre metodología de enseñanza de euskera a adultos.
- Cursos recibidos o impartidos dirigidos a promover la inclusión de las personas con discapacidad.
- Publicaciones sobre inclusión de personas con discapacidad.
- La experiencia laboral o profesional.
- El conocimiento de idiomas, expresando los certificados o títulos obtenidos.
- Cualquier otro mérito estrictamente relacionado con el objeto de la beca.
-
Deberá presentarse mediante copia auténtica.
Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Tener 35 años como máximo el 1 de enero del año de la convocatoria de la beca.
-
Estar en posesión de una titulación universitaria superior.
Preferentemente pedagogía, lingüística o filología y psicología. En todo caso, los títulos obtenidos en el extranjero o centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud.
-
Estar en posesión de un certificado que acredite el conocimiento del euskera del nivel C1 ALTE = C1 de HABE; EGA; PL3-IVAP; nivel C1 EOI, como mínimo, o:
Estar en posesión de un título universitario oficial y con validez en todo el territorio nacional regulado por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Numeración
de condicionesEstudios en
euskeraRequisito
adicionalCréditos
específicos de formación lingüística en euskera1 48 ECTS Trabajo
Fin de Grado o Trabajo Fin de Master Oficial en euskera12 ECTS 2 84 ECTS 12 ECTS 3 114 ECTS 6 ECTS 4 144 ECTS 5 Título
de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)6 Grado
en Estudios Vascos o Grado en Filología Vasca7 Grado
en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua AO, estar en posesión de un título universitario oficial y con validez en todo el territorio nacional previo a los regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, obtenido con posterioridad al 16 de abril de 2008, y cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Numeración
de condicionesEstudios en
euskeraRequisito
adicionalCréditos específicos de formación lingüística en euskera 1 52 ECTS Proyecto fin de carrera o
Trabajo Fin de Master Oficial en euskera12 ECTS 2 84 ECTS 12 ECTS 3 114 ECTS 6 ECTS 4 144 ECTS 5 Título
de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)6 Licenciatura en Filología Vasca 7 Licenciatura
en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua A - No haber disfrutado de una beca igual o relacionada con la formación en elámbito de la enseñanza del Euskara.
-
No encontrarse en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre:
- No estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Estar sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas o estar incursos en prohibición legal que les inhabilite para ello.
- El disfrute de la beca es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda de carácter institucional, excepto las vinculadas a consideraciones personales, y es incompatible con la realización de cualquier trabajo remunerado, ya sea por cuenta propia o ajena
- La duración de la actividad de formación e investigación promovida con las becas será de veinticuatro (24) meses, contados a partir del día de aceptación de la beca.
- La concesión y disfrute de la beca, dado su carácter formativo, no establece relación contractual o estatutaria alguna ni con HABE ni con la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Ni el calendario, ni la jornada, ni el horario de presencia de los beneficiarios de la beca en las dependencias de la Administración tendrán por qué coincidir con el personal propio, laboral o funcionario, de la Administración. El personal becario tendrá calendario propio.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Rellene el formulario online y adjunte la documentación en formato digital.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Si dispone de una impresora:
- Imprima la solicitud que ha cumplimentado.
- Firme la solicitud de forma manuscrita.
- Entregue la solicitud y la documentación no aportada en el formulario, en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
- Si no dispone de una impresora:
- Acuda dentro del plazo a uno de los lugares de presentación establecidos en el procedimiento. (Importante: debe acudir la persona que figura en la solicitud).
- Cuando le atiendan, muestre su DNI/NIE para que puedan acceder a su solicitud.
- Para finalizar, le pedirán que firme la solicitud.
- Entregue la documentación no aportada en el formulario de solicitud, si es el caso.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
En el plazo máximo de cuatro meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos solicitados (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
- Imprima el formulario que ha cumplimentado y fírmelo de forma manuscrita,
- entréguelo en el plazo y en los lugares de presentación establecidos.
Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos solicitados (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
- Imprima el formulario que ha cumplimentado y fírmelo de forma manuscrita,
- entréguelo en el plazo y en los lugares de presentación establecidos.
Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos solicitados (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
- Imprima el formulario que ha cumplimentado y fírmelo de forma manuscrita,
- entréguelo en el plazo y en los lugares de presentación establecidos.
Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos solicitados (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
- Imprima el formulario que ha cumplimentado y fírmelo de forma manuscrita,
- entréguelo en el plazo y en los lugares de presentación establecidos.
Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos solicitados (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
- Imprima el formulario que ha cumplimentado y fírmelo de forma manuscrita,
- entréguelo en el plazo y en los lugares de presentación establecidos.
Oficinas de HABE:
- Vitoria-Gasteiz: Samaniego kalea 2, planta 7ª, 01008
- Bilbao: Kale Nagusia 85, planta 1ª, 48011
- Donostia-San Sebastián: Vitoria-Gasteiz kalea 3, planta 6ª, 20018
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en los oficinas de HABE: solicitar cita previa.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas