Medidas flexibilizadoras para empresas beneficiarias acogidas a los programas Gauzatu-Industria, Bideratu Berria, Bideratu Covid-19, Indartu, Bateratu Covid-19 y Bilakatu Covid-19

[Medidas flexibilizadoras 2023]

Descripción


Objeto

Adoptar medidas flexibilizadoras para garantizar la liquidez y la financiación, así como para evitar problemas de solvencia a las empresas que se enfrentan a retos económicos como consecuencia de la crisis actual ocasionada por la agresión militar rusa contra Ucrania.
Las medidas se dirigen a las empresas beneficiarias de los programas de ayudas, cualquiera que sea su convocatoria:

  • Gauzatu-Industria
  • Bideratu Berria
  • Indartu
  • Bideratu Covid-19,
  • Bateratu Covid-19
  • Bilakatu Covid-19

Medidas flexibilizadoras para empresas beneficiarias consistentes en:

  • Aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables
  • Ampliación del periodo de realización de inversión y empleo



Prestación económica

Modalidad de las ayudas

  • 1.– Aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables.

    Supondrá  ingresar dichas cuotas tras la finalización del calendario de reintegros previsto en la resolución de concesión inicial o prórrogas concedidas.

    • Programas Gauzatu-Industria, Bideratu Berria y Bideratu Covid-19:

      Aplazar el reintegro de las cuotas de febrero y/o julio de 2023. 

  • 2.- Ampliación del periodo de realización de inversión y empleo.

    Aplazamiento adicional del periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo, a partir de la fecha de su finalización incluidas las prórrogas ordinarias u extraordinarias, si las hubiera.

    • Programas Gauzatu-Industria e Indartu: Aplazamiento de hasta 6 meses.
    • Programa Bateratu Covid-19 y Programa Bilakatu Covid-19: Aplazamiento hasta 12 meses.

A quién va dirigido


Empresas

Requisitos

  • Empresas Beneficiarias y Excluidas

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Consejero/a de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Industria > Dirección de Industria y Transición Energética

Información de contacto


GOBIERNO VASCO - Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Dirección de Industria y Transición Energética

C/ Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 01 82 63;  945 01 99 49;   945 01 82 14,

e-mail: info-direccionindustria@euskadi.eus

SPRI- Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial

Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4ª planta

48011 – Bilbao

Tfno.: 944037040

e-mail: icuetara@spri.eus;

e-mail: maguirrezabal@spri.eus

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12:00 horas del día 29 de septiembre de 2023.

Solicitud Telemática

  • Se presentará antes de que venzan los plazos previstos en la resolución de concesión y prórrogas, si las hubiera. En el caso de reintegros, antes de finalizar febrero y/o antes de finalizar julio.
  • La solicitud deberá estar firmada por la persona o entidad solicitante.
  • Junto a la solicitud, se aportará la documentación soporte que se establece en el artículo 4 de la orden reguladora.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

1 mes desde la presentación de la solicitud de aplazamiento.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios