Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

ELKARTEAK AGRARIO - Ayudas a las asociaciones y federaciones profesionales y empresariales del sector agrario de la CAPV 2023

[Programa ELKARTEAK]

Descripción


Objeto

Financiar a las asociaciones y federaciones profesionales y empresariales de los sectores agrario y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco previstas en el Decreto 233/2011, de 15 de noviembre.

Dotación presupuestaria

250.000 €

Prestación económica

La determinación de la cuantía concreta de la ayuda que corresponde a cada beneficiaria se obtiene aplicando los porcentajes acumulativos de valoración que a continuación se desglosan por sectores, al importe del gasto admitido, y siempre dentro de los límites fijados en el presente artículo.

a) Importancia de los intereses económicos y sociales que defiende la entidad solicitante (hasta 30 %).

b) Grado de implantación que acredite en el sector concreto de la Comunidad Autónoma del País Vasco (hasta 25 %).

c) Grado de colaboración de la entidad en las actividades e iniciativas promovidas por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente en orden a la modernización y mejora del sector en cuestión (hasta 15 %).

d) Interés técnico y científico de los proyectos presentados, así como las ventajas que sus resultados puedan aportar a la mejora, desarrollo y modernización del sector en cuestión (hasta 15 %).

e) Utilización de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco tanto en las comunicaciones internas como externas de la asociación o federación (hasta 15 %).

A quién va dirigido


Las asociaciones profesionales, así como sus federaciones y confederaciones de los sectores agrario y alimentario de la CAE.

Quedan excluidas las organizaciones profesionales agrarias de carácter sindical entendiéndose por tales aquellas que tengan por objeto la representación y defensa de los intereses generales del sector agrario de la CAPV, así como las asociaciones que se enmarcan en el Decreto 240/2017, de 24 de octubre, que regula la concesión de subvenciones a las asociaciones ganaderas de razas puras de la CAPV.

Requisitos

  • Figurar legalmente constituidas e inscritas, con anterioridad al 1 de enero de 2023, en el registro correspondiente y/o en el Centro de Asociaciones Agrarias o Alimentarias representativas creado en el artículo 86 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.
  • Domicilio social radicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • Objeto social vinculado única y exclusivamente a la defensa y representación de los intereses del sector agrario y/o alimentario.
  • Que no tenga finalidad lucrativa.
  • Que su ámbito territorial de actuación se extienda al término de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco > Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Agricultura y Ganadería

Información de contacto


Resu Abasolo

Teléfono: 945 01 63 03

E-mail: r-abasolo@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0113510

Solicitud y aportación de documentación


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites