Licencias de Pesca Marítima Recreativa Submarina
Descripción
ATENCIÓN:
Para tramitar esta licencia de manera presencial debe dirigirse a las siguientes oficinas:
- Servicio de Estructuras Pesqueras de Bilbao – se atiende mediante CITA PREVIA
- Servicio de Estructuras Pesqueras de Donostia
- Servicio de Inspección Pesquera de Bermeo
- Servicio de Ordenación Pesquera de Lakua en Vitoria-Gasteiz
Este tipo de licencias NO se tramita a través del servicio de atención ciudadana ZUZENEAN.
Licencia necesaria para el ejercicio de la pesca marítima recreativa que autoriza a su ejercicio nadando o buceando a pulmón libre. La licencia tiene carácter personal e intransferible y para su validez debe ir acompañada del DNI o de cualquier otro documento que acredite la personalidad del poseedor/a. La licencia tiene una vigencia de un año.
Para tramitar tu licencia on line deberás rellenar tus datos en el formulario, y elegir cómo deseas realizar el pago de la tasa (bien en sucursal o cajero, o bien on line) y dónde recoger el carné (en una oficina o en tu domicilio).
También puedes solicitar tu Licencia en las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura del Gobierno Vasco de Vitoria-Gasteiz, Bilbo y Donostia.
TASA 2024: 18,31 €
Forma de Pago
Pago en ENTIDAD BANCARIA (OFF LINE). Elige esta opción si deseas abonar la tasa de la licencia en cualquiera de las entidades financieras siguientes o en sus cajeros si disponen de lector de código de barras:
- KutxaBank (BBK, Vital, Kutxa), Santander, Laboral Kutxa, Bankoa, Bankia, BBVA, SabadellGuipuzcoano y La Caixa.
Deberás imprimir la liquidación bancaria en tu ordenador.
Pago mediante banca electrónica (ON LINE). Elige esta opción si dispones de alguna de las tarjetas de pago o eres usuario de la banca on-line de cualquiera de estas entidades financieras:
- KutxaBank (BBK, Vital, Kutxa), Santander, Laboral Kutxa, Bankoa, Bankia, BBVA, SabadellGuipuzcoano y La Caixa.
PRESTEN ATENCIÓN ANTES DE INGRESAR LA TASA CORRESPONDIENTE Y COMPRUEBEN QUE VAN A INGRESAR LA CORRECTA; LES INFORMAMOS QUE LAS TASAS NO SE DEVUELVEN SALVO CUANDO POR ERROR INGRESEN LA MISMA TASA DE MISMO IMPORTE POR DUPLICADO.
Para cualquier duda, antes de efectuar el ingreso consulta en alguna de las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura del Gobierno Vasco de Vitoria-Gasteiz, Bilbao y Donostia. Recuerda que una vez realizado el pago, no puedes solicitar su devolución.
Recogida del carné
Puedes recoger tu carné de las dos siguientes maneras:
1. Recepción por correo. Elige esta opción si deseas recibirlo en tu domicilio en el plazo de unos 8 días.
Esta opción estará activada en el caso de licencia de superficie y si ya eres titular de alguna licencia de pesca marítima.
Las licencias nuevas pueden recibirse en el domicilio enviando copia del DNI (por ambas caras)
Sólo podrán elegir esta opción, los residentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en Comunidades Autónomas sin litoral.
Para los solicitantes de Comunidades Autónomas que ya expiden licencias de pesca marítima y que no obstante deseen solicitar la licencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco, deberán de tener en cuenta que SOLO PODRÁN RECOGERLA EN NUESTRAS oficinas.
2. Recogida en los Puntos de Emisión (en las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura del Gobierno Vasco de Vitoria-Gasteiz, Bilbo y Donostia).
Para asistir a la oficina, es imprescindible pedir cita previa, llamando por teléfono.
Para obtener la licencia, deberás haber entregado la documentación necesaria en cada caso y haber realizado el pago de la misma.
El artículo 6 del Decreto 198/2000 que regula la pesca marítima recreativa en el País Vasco, dice:
“Artículo 6.– Validez de las licencias expedidas por otras Administraciones
1. Las licencias de pesca marítima recreativa, expedidas por otras Comunidades Autónomas con competencia en la materia o por la Administración Central, tendrán validez para el ejercicio de la pesca marítima recreativa en aguas del País Vasco siempre que exista reciprocidad en aguas de competencia de esas Administraciones debiendo, en caso contrario, disponer de la correspondiente autorización expedida de acuerdo a lo ordenado en este Decreto.
2. Las licencias de pesca marítima recreativa submarina deberán, no obstante, ser ratificadas por la dirección competente en materia de pesca para poder ejercer esa modalidad en aguas del País Vasco.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, las personas autorizadas deberán ajustar su actividad a las normas establecidas en este Reglamento.”
Los requisitos de la Comunidad Autónoma del País Vasco de las licencias de pesca submarina son:
- Seguro de responsabilidad civil: 150.000 euros
- Certificado médico de ser apto para la pesca submarina.
Los titulares de licencias de pesca submarina emitidas por otras CC.AA. que quieran realizar esta actividad en aguas competencia de la CAPV deberán cumplir con los anteriores requisitos y acreditarlo documentalmente en caso de que cualquier servicio de inspección se lo requiera.
Información básica sobre protección de datos
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento denominada “Ordenación sector pesquero”
• Responsable: Dirección de Pesca y Acuicultura - Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
• Finalidad: Constancia pública de las licencias y embarcaciones de pesca y expedientes sancionadores. Registro de flota pesquera, venta de productos pesqueros, inspección y planificación.
• Legitimación: Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
• Destinatarios: otros órganos de la Comunidad Autónoma, Ministerio de Agricultura,Pesca y Alimentación, Servicio de Estadísticas Oficiales de Agricultura y Pesca (SEAS)
• Derechos: tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos que se recogen en la información adicional.
• Información adicional y detallada sobre la Protección de Datos
Normativa:
Reglamento General de Protección de Datos
La Decisión de Ejecución UE 2016/1251 (Unión Europea) sobre la recopilación y gestión de datos en el sector pesquero obliga a proporcionar al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) los datos de la pesca recreativa de determinadas especies. En consecuencia, las personas poseedoras de licencias de pesca recreativa consienten en qu ese pueda recabar información sobre las capturas realizadas mediante la realización de encuestas por parte del Gobierno Vasco.
A quién va dirigido
Personas físicas que hayan cumplido 16 años. Se requiere además, disponer de un certificado médico deportivo oficial de aptitud para la práctica de este deporte y ser titular de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, específico para el ejercicio de esta actividad y con una cobertura mínima de veinticinco millones de pesetas, que cubra los daños que pudiere originar el titular de la licencia durante el periodo de validez de la misma.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Pesca y Acuicultura
Organismo que resuelve
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Pesca y Acuicultura
Información de contacto
Datos de contacto
Servicio de Estructuras Pesqueras (Bilbao) - Se atiende mediante CITA PREVIA.
General Concha 23, 2ª planta. 48010
Marisol Díez ms-diezmolero@euskadi.eus
Mertxe Iturralde mm-iturralde@euskadi.eus
Teléfono: 944 03 14 65 / 944 03 14 60
Servicio de Estructuras Pesqueras (Donostia)
Easo, 10. 20006
Leire Ruiz l-ruizaizpurua@euskadi.eus
Maite Chueca m-chueca@euskadi.eus
Teléfono: 943 02 25 75
Servicio de Inspección Pesquera (Bermeo)
Muelle Matxikorta s/n. 48370
Cristina Llaguno c-llaguno@euskadi.eus
Teléfono: 944 03 13 26
Servicio de Ordenación Pesquera (Vitoria–Gasteiz)
Donostia-San Sebastian 1. 01010
Cristina Argote c-argote@euskadi.eus
Begoña Alonso beg-alonso@euskadi.eus
Teléfono: 945 01 96 50 / 945 01 96 77
Código(s)
- Licencias de pesca marítima recreativa submarina : 0108301
Licencia marítima submarina
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.