Autorizaciones establecimientos obligados a disponer medidas de seguridad

Descripción


Aquellos establecimientos incluidos en el ámbito del Reglamento de Seguridad Privada (Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre), que por la singularidad de su actividad, deben contar, de forma obligatoria, con una serie de medidas de seguridad, estarán obligados a tramitar las siguientes autorizaciones:

  • Solicitud de exenciones de medidas de seguridad

 Medidas de seguridad específicas (resumen):

*Para obtener una información completa: Reglamento de Seguridad Privada (R.D. 2364/1994, BOE de 10-01-1995, modificación BOE 23-11-01) y Orden INT/317/2011 (BOE 18-02-2011).

  1. Joyerías y/o platerías/compraventas de oro

    1. Sistema grado 3 -UNE-EN 50131-1-, conectado con central de alarmas.
    2. Equipos de captación y registro de imágenes (conectado, en lugar no visible,soporte protegido con retardo 10 min.).
    3. Libro-catálogo de las medidas de seguridad instaladas.
    4. Carteles anunciadores medidas (tamaño no inferior a 18 x 12 cm).
    5. Pulsadores antiatraco.
    6. Puerta blindada (P6B-cristal- UNE EN 356, 5-opaco- UNE EN 1627) enaccesos, cercos adecuados y cerraduras seguridad.
    7. Caja fuerte con nivel de seguridad 4 -UNE EN 1143-1- (anclada < 2000 Kg–según UNE 108136-) o cámara acorazada nivel 7 -UNE EN 1143-1-; bloqueo y retardo.
    8. Sísmicos en paredes, techos y suelos de la cámara acorazada o local decaja fuerte.
    9. Escaparates blindados (> 90 151,82 euros / nivel P6B). También obligatorioen ventanas o huecos que den al exterior.
    10. Rejas en huecos que den a patios y pasos interiores del inmueble, y cierresmetálicos en el exterior.
    11. Protección electrónica (escaparates, ventanas, puertas y cierres metálicos.
    12. Detectores de intrusión de manera redundante.
  2. Galerías de arte y tiendas de antigüedades (cuándo el valor de obras u objetos que posean supere los 500 000 euros.)

    1. Medidas 1, 3, 4, 5 ,6, 9, 10, 11 y 12 de las joyerías y platerías.
    2. Sísmicos en techos, suelos y paredes medianeras con otros locales.
  3. Estaciones de servicio / bingos (más de 150 jugadores) / salones de juego (más de 75 máquinas)

    1. Sistema grado 3 -UNE-EN 50131-1-, conectado con central de alarmas.
    2. Equipos de captación y registro de imágenes (conectado, en lugar no visible, soporte protegido con retardo 10 min.).
    3. Caja fuerte nivel 4 según norma UNE EN 1143-1, con mecanismo que impida la extracción del dinero a través de la abertura destinada a suintroducción en la caja, y dos cerraduras protegidas; empotrada, en zona reservada al personal, fuera vista del público.
  4. Oficinas de farmacia

    1. Dispositivo de tipo túnel, bandeja de vaivén o bandeja giratoria con seguro, ubicados en un elemento separador o bien persianas metálicas, rejas, cristal blindado, una pequeña ventana practicada en el elemento separador, u otrodispositivo que ofrezca similares niveles de seguridad.
  5. Administraciones de lotería / Casinos de juego

    1. Sistema grado 3 -UNE-EN 50131-1-, conectado con central de alarmas.
    2. Equipos de captación y registro de imágenes (conectado, en lugar no visible, soporte protegido con retardo 10 min.).
    3. Caja fuerte nivel 4 (UNE EN 1143-1), dentro de un recinto cerrado, en la que se custodiarán los efectos y el dinero en metálico, - (anclada < 2.000 Kg –según UNE 108136-), bloqueo y retardo (10 min) y sísmico.
    4. La parte del recinto destinada al público estará totalmente separada, por elementos de blindaje nivel BR2 (UNE-EN 1063 –parte acristalada- y UNE 108132 – parte opaca-) de la zona reservada a los empleados que realicen las transacciones, zona permanentemente cerrada desde su interior.
    5. Transacciones a través de ventanillas con un dispositivo de tipo túnel,bandeja de vaivén o bandeja giratoria con seguro que impida el ataque a los empleados.
  6. Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito

    1. Sistema de seguridad grado 3 conectado con central receptora de alarmas (identificación singularizada).
    2. Equipos de captación y registro de imágenes (protegidos).
    3. Dispositivos electrónicos con capacidad para detectar el ataque a cualquier elemento de seguridad física donde se custodien efectivo o valores.
    4. Pulsadores de accionamiento fácil de las señales de alarma.
    5. Recinto de caja blindado (nivel BR-2).
    6. Control individualizado de accesos con detección de metales.
    7. Dispensadores de efectivo (blindaje, retardo, límite por operación, anclaje, alarma directa; bloqueo y sísmico si depósito nocturno)
    8. Cajas auxiliares de operación con depósito de efectivo con apertura retardada.
    9. Cajas Fuertes (sísmico, bloqueo, retardo, blindaje, anclaje).
    10. Cajeros automáticos:
      1. anclaje (<2.000 kg)
      2. detector sísmico.
      3. retardo (10 min.).
      4. nivel IV, UNE EN 1143-1
      5. puerta acceso y acristalamiento nivel resistencia P5A, u opaca 5, con bloqueo
      6. cabina anclada al suelo
    11. Cámaras acorazadas (trampón, pasillo ronda, blindaje, bloqueo y retardo,sísmicos y volumétricos, doble vía conexión, mirilla)/Cajas de alquiler (blindajes,bloqueo, doble vía conexión)
    12. Cajas de tránsito (blindaje, anclaje, sísmico, bloqueo interior y retardo,regulación horaria, imposible apertura simultánea de puertas)
    13. Libro-catálogo de las medidas de seguridad instaladas 14.- Carteles anunciadores medidas

    Medidas de seguridad obligatorias en sucursales:

    1. Locales sitos en poblaciones de >10000 habitantes:
      • 1,2,3,4,9,13 y 14.
      • A elegir una entre las siguientes: 5 (con 8), 6 (con 8), 7.
    2. Locales sitos en poblaciones de < 10000 habitantes:
      • 1,2,3,4,9,13 y 14.
      • 8, siempre que no disponga de 5,6 ó 7

    Medidas de seguridad obligatorias en cajeros automáticos:

    1. Cajero instalado en vestíbulo de establecimiento:
      • 1, 2, 10.1, 10.2, 10.3, 10.4, 10.5, 13
    2. Cajero instalado en fachada o dentro del perímetro interior de un inmueble:
      • 1, 2, 10.1, 10.2, 10.3, 10.4, 13
    3. Cajero en espacio abierto que no forma parte del perímetro de un edificio:
      • 1, 2, 10.1, 10.2, 10.3, 10.4, 10.6, 13

    Medidas de seguridad obligatorias en oficinas de cambio de divisas:

    • 1,2, 5 (con ventanilla tipo túnel), 9, 13.

    Medidas de seguridad obligatorias en módulos transportables:

    • 1,2,5 o 7 , 8, 9, 13 y 14 - señal luminosa exterior y pulsadores de la misma en el interior

A quién va dirigido


  • Entidades bancarias
  • Joyerias y/o platerias / Compraventas oro
  • Galerias de arte y tiendas de antiguedades
  • Estaciones de servicio / Bingos (más de 150 jugadores) / Salones juego (más de 75 máquinas)
  • Oficinas de farmacia
  • Administraciones de loteria / Casinos de juego

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de la Ertzaintza

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de la Ertzaintza

Información de contacto


Datos de contacto

Unidad de seguridad privada

Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco.

Teléfono: 946079260

Email: seguridadprivada@ertzaintza.eus

Código(s)

  • Exenciones de medidas de seguridad para establecimientos: 1041303

Exenciones de medidas de seguridad para establecimientos


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.