Obtención del carné para el uso profesional de productos fitosanitarios
Descripción
El Real Decreto 1311/20212, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios dispone en su artículo 17 que, a partir del 26 de noviembre de 2015, los usuarios Y usuarias profesionales y las personas que vendan productos fitosanitarios deberán estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad. Así, dependiendo de la responsabilidad de la persona que manipule el producto se establecen los siguientes niveles de capacitación:
- Básico: para el personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos, incluyendo los no agrícolas, y los agricultores que los realizan en la propia explotación sin emplear personal auxiliar y utilizando productos fitosanitarios que no sean ni generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales. También se expedirán para el personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.
- Cualificado: para los usuarios y usuarias profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, y para los agricultores y agricultoras que realicen tratamientos empleando personal auxiliar. También se expedirán para el personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos. El nivel cualificado no otorga capacitación para realizar tratamientos que requieran los niveles de fumigador o de piloto aplicador.
- Fumigador: para personas que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carné de fumigador o fumigadora será condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado.
- Piloto aplicador: para el personal que realice tratamientos fitosanitarios desde o mediante aeronaves, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que regula la concesión de licencias en el ámbito de la navegación aérea.
Asimismo, se establece que estará exento de la obligación de realizar el correspondiente curso quien solicite el carné que habilita para nivel básico y cualificado y acredite una formación equivalente, según lo establecido en este Real Decreto 1311/2012 y en la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Cuadros de titulaciones y certificados de profesionalidad que acreditan estar exento de la obligación de realizar el curso de nivel cualificado y básico.
El certificado de dicha formación no habilita directamente para poder comprar o usar productos fitosanitarios de uso profesional. La persona en posesión de estas titulaciones deberá solicitar la expedición del carné de uso básico o profesional que corresponda.
Por todo ello, si no se dispone de la titulación que habilite, para la obtención de cualquier tipo de carné para el uso profesional de productos fitosanitarios será requisito indispensable haber superado el curso de capacitación correspondiente impartido por las entidades autorizadas (Entidades de Formación autorizadas de acuerdo art.19 RD 1311_2012).
Dicho carné tendrá una validez de diez años para todo el territorio estatal, excepto que sea retirado por el órgano competente antes de finalizar este plazo, por incumplimiento de requisitos o por infracción.
Una vez superado el curso y obtenido el carné se deberán inscribir en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) en la Diputación Foral del Territorio Histórico en el que tenga domicilio legal.
Diputación Foral de Álava - 945 18 18 18
Diputación Foral de Bizkaia - 944 06 68 70
Diputación Foral de Gipuzkoa - 943 11 20 65
A quién va dirigido
Todas las personas que tengan que aplicar, manipular o comprar algún producto fitosanitario de uso profesional en cualquier situación y que tengan su domicilio legal en el País Vasco.
Empresas homologadas para impartir cursos de formación para obtener el carné de uso profesional de productos fitosanitarios.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Agricultura y Ganadería
Organismo que resuelve
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Agricultura y Ganadería
Información de contacto
Datos de contacto
Para la obtención del carné de aplicador
Gobierno Vasco - Departamento De Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Dirección de Agricultura y Ganadería. Servicio Agrícola
Tfno.: 945 01 96 52
Para la inscripción en el ROPO
Diputación Foral de Álava
Dirección de agricultura. Servicio de Ayudas Directas
Tfno.: 945 18 18 18
Diputación Foral de Bizkaia
Dirección de Agricultura. Sección Producción Vegetal y Sección Mejora Agrícola y Protección Vegetal
Tfno.: 944 06 68 70 / 944 06 68 69
Diputación Foral de Gipuzkoa
Dirección de Agricultura y Equilibrio Territorial. Servicio de Sanidad Agroganadera y Servicio de Inspección y Control
Tfno.: 943 11 20 65
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
Solicitud individual
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
- Acceda al siguiente formulario online.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
- Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
- Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
- Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Rellene el formulario online y adjunte la documentación en formato digital.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Si dispone de una impresora:
- Imprima la solicitud que ha cumplimentado.
- Firme la solicitud de forma manuscrita.
- Entregue la solicitud y la documentación no aportada en el formulario, en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
- Si no dispone de una impresora:
- Acuda dentro del plazo a uno de los lugares de presentación establecidos en el procedimiento. (Importante: debe acudir la persona que figura en la solicitud).
- Cuando le atiendan, muestre su DNI/NIE para que puedan acceder a su solicitud.
- Para finalizar, le pedirán que firme la solicitud.
- Entregue la documentación no aportada en el formulario de solicitud, si es el caso.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Solicitud colectiva
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
- Acceda al siguiente formulario online.
-
- Resultado del examen
- Acreditación de la asistencia
- Resultado de la evaluación de la acción formativa por parte del alumnado
- Resultado de la evaluación de la acción formativa por parte del profesoradoLos documentos originales (exámenes, hojas de control de asistencia, y encuestas de satisfacción de alumnado y profesorado) no han de entregarse. Los conservará la empresa de formación ya que pueden serle requeridos en caso de inspección.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.